INVERSIONES SAFUMAR LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 7 de diciembre de 2022
- Notario
- MODIFICACION DE SOCIEDAD INVERSIONES SAFUMAR LIMITADA HUMBERTO QUEZADA MORENO
- Oficio
- 26ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $12.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
- Ley aplicable
- Ley 3.918
Objeto social
a) La compra, venta, importación, exportación, distribución y comercialización nacional e internacional, sea por cuenta propia o ajena, en asociación con terceros o a través de sociedades que constituya o a la cual se incorpore, de todo tipo de mercaderías productos, bienes y servicios que la empresa determine; b) la administración, compra, venta y arriendo de bienes inmuebles; c) El transporte de mercaderías, equipajes y toda clase de bienes muebles, en vehículos propios o tomados en arrendamiento, leasing o en virtud de otro contrato de mera tenencia, o encomendado a terceros; d) La realización de todas aquellas actividades comerciales que fueren complementarias o anexas al giro principal; e) Participar y formar parte de todo y cualquier tipo de sociedades, empresas o asociaciones, que se encuentren actualmente constituidas o se formen en lo sucesivo; f) Realización de todo tipo de inversiones, tanto en el área mobiliaria como inmobiliaria; g) La explotación de bienes muebles e inmuebles; h) El arrendamiento y subarrendamiento de toda clase de bienes y maquinarias; i) El ejercicio de cualquiera otra actividad análoga, complementaria o conexa a las anteriormente señaladas
Administración
La administración corresponderá de consuno a doña Namar Tamini Atal Martínez y a don Sahlim Kasser Atal Martínez, quienes, anteponiendo a su nombre la razón social, podrán obligarla válidamente, celebrando todo tipo de contratos, sin perjuicio de las limitaciones que se señalan más adelante
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMODIFICACION DE SOCIEDAD INVERSIONES SAFUMAR LIMITADA HUMBERTO QUEZADA MORENO, Notario Público, Titular de la 26ª Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo Nº 3196, comuna de Las Condes, certifica: por escritura pública de fecha 7 de diciembre de 2022, Repertorio Nro. 11.520, ante mí, don CLAUDIO EUGENIO ATAL RAMOS, chileno, casado, técnico universitario en control industrial, C.I. Nro. 10.555.947-K, y doña PAOLA MONTSERRAT MARTÍNEZ QUEZADA, chilena, casada con el anterior compareciente, bajo el régimen de separación de bienes, enfermera, C.I. Nro. 10.388.484-5, por una parte, ambos también denominados colectivamente como “cedente” o “cedentes”; y, por otra, en adelante denominados colectivamente como “cesionario” o “cesionarios”, doña NAMAR TAMINI ATAL MARTÍNEZ, chilena, soltera, sicóloga, C.I. Nro. 19.644.524-2, del mismo domicilio anterior; y don SAHLIM KASSER ATAL MARTÍNEZ, chileno, soltero, ingeniero comercial, C.I. Nro. 19.031.712-9, del mismo domicilio anterior; todos del mismo domicilio en Av. Isidora Goyenechea Nro. 3.000, dpto. 1.901, Las Condes, Región Metropolitana de Santiago; vienen en modificar los estatutos sociales de la sociedad Inversiones Safumar Limitada conforme se extracta: 1° La sociedad Inversiones Safumar Limitada, fue constituida por escritura pública de fecha 2 de julio de 2021, ante el Notario Público de Santiago don Humberto Quezada Moreno, por don Claudio Eugenio Atal Ramos y por doña Paola Montserrat Martínez Quezada y cuyo extracto se encuentra inscrito a Fs. 59.614, N° 27.753, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2021, y debidamente publicado en el Diario Oficial con fecha 7 de Agosto de 2021. 2° La sociedad fue modificada por escritura pública de fecha 16 de agosto de 2022, ante el Notario Público de Santiago don Humberto Quezada Moreno, cuyo extracto se inscribió a Fs. 74.364, N° 32.454, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2022, y debidamente publicado en el Diario Oficial con fecha 15 de Septiembre de 2022. 3º La modificación precedente fue resciliada por escritura pública de fecha 12 de octubre de 2022, ante el Notario Público de Santiago don Humberto Quezada Moreno, cuyo extracto se inscribió a Fs. 93.814, N° 41.085, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2022, y debidamente publicado en el Diario Oficial con fecha 22 de Noviembre de 2022. 4º La escritura que se extracta da cuenta de lo que sigue: A.- Don Claudio Eugenio Atal Ramos, cede y transfiere el 100% de sus derechos sociales, de los que es titular en la sociedad Inversiones Safumar Limitada, a doña NAMAR TAMINI ATAL MARTÍNEZ y a don SAHLIM KASSER ATAL MARTÍNEZ, a título de venta, quienes los aceptan y adquieren para sí en partes iguales para cada uno de ellos. El precio de esta cesión, venta y transferencia asciende a la suma de $800.000.-, que los cesionarios pagan por partes iguales al cedente, en este mismo acto, al contado en dinero efectivo, declarando don Claudio Eugenio Atal Ramos haberlo recibido a su entera conformidad, renunciando desde ya al ejercicio de la acción resolutoria que pudiere emanar del otorgamiento de la presente venta, cesión y transferencia de derechos sociales. B.- Doña Paola Montserrat Martínez Quezada, cede y transfiere el 100% de sus derechos sociales, de los que es titular en la sociedad Inversiones Safumar Limitada, a doña NAMAR TAMINI ATAL MARTÍNEZ y a don SAHLIM KASSER ATAL MARTÍNEZ, a título de venta, quienes los aceptan y adquieren para sí en partes iguales para cada uno de ellos. El precio de esta cesión, venta y transferencia asciende a la suma de $200.000.-, que los cesionarios pagan por partes iguales a la cedente, en este mismo acto, al contado en dinero efectivo, declarando doña Paola Montserrat Martínez Quezada haberlo recibido a su entera conformidad, renunciando desde ya al ejercicio de la acción resolutoria que pudiere emanar del otorgamiento de la presente venta, cesión y transferencia de derechos sociales. Los cedentes, salen de la compañía, autorizando expresamente de manera recíproca dichas cesiones. 5° Doña NAMAR TAMINI ATAL MARTÍNEZ y don SAHLIM KASSER ATAL MARTÍNEZ, ahora únicos socios, y en partes iguales, de la sociedad Inversiones Safumar Limitada, aceptan expresamente los estatutos sociales, y vienen en: A.- Modificar la cláusula número primera del pacto social en el sentido de declarar que la razón social de la compañía es “Inversiones Safumar Limitada”, pudiendo girar para todos los efectos con el nombre de fantasía “Safumar Ltda.”. Por tanto se reemplaza el artículo primero por el que sigue: “Artículo Primero: La razón social de la sociedad será “Inversiones Safumar Limitada”, pudiendo girar para todos los efectos legales con el nombre de fantasía “Safumar Ltda”.- B.- Aumentar el capital de la sociedad de la suma de $1.000.000.- a la suma de $12.000.000- , esto es en $11.000.000.-, suma que los socios aportan en este acto en dinero efectivo, enterando en las arcas sociales dicho monto, en partes iguales, como sigue: doña NAMAR TAMINI ATAL MARTÍNEZ paga la suma de $5.500.000.- y don SAHLIM KASSER ATAL MARTÍNEZ paga la suma de $5.500.000.- Producto del aumento de capital, loas actuales y únicos socios, modifican el artículo quinto de los estatutos sociales, cuyo texto final, queda como sigue: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad asciende a la suma de doce millones pesos que los socios aportan en la siguiente forma y proporción: Uno: Doña NAMAR TAMINI ATAL MARTÍNEZ, aporta la suma de seis millones de pesos, equivalentes a la mitad de los derechos sociales, que entera y paga en este acto en dinero efectivo que ingresa a la caja social; y, Dos: Don SAHLIM KASSER ATAL MARTÍNEZ, aporta la suma de seis millones de pesos, equivalentes a la mitad de los derechos sociales, que entera y paga en este acto en dinero efectivo que ingresa a la caja social.”; y, C.- Vienen en modificar el artículo Séptimo de los estatutos sociales, en el sentido que la facultad de administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá de consuno a doña Namar Tamini Atal Martínez y a don Sahlim Kasser Atal Martínez, quienes, anteponiendo a su nombre la razón social, podrán obligarla válidamente, celebrando todo tipo de contratos, sin perjuicio de las limitaciones que se señalan más adelante. 6º Doña NAMAR TAMINI ATAL MARTÍNEZ y don SAHLIM KASSER ATAL MARTÍNEZ, en su calidad de actuales y únicos socios de la sociedad Inversiones Safumar Limitada, refunden los estatutos sociales, que dan cuenta del único pacto vigente entre las partes, que se extracta: constituyen una sociedad comercial de responsabilidad limitada, la que se regirá por los estatutos que se indican a continuación y en su silencio, por las disposiciones de la Ley 3.918 y de los Códigos de Comercio y Civil en cuanto le fueren aplicables. RAZON SOCIAL: “Inversiones Safumar Limitada”, pudiendo girar para todos los efectos legales con el nombre de fantasía “Safumar Ltda”.- DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que puedan establecerse en otras ciudades del país.- OBJETO: a) La compra, venta, importación, exportación, distribución y comercialización nacional e internacional, sea por cuenta propia o ajena, en asociación con terceros o a través de sociedades que constituya o a la cual se incorpore, de todo tipo de mercaderías productos, bienes y servicios que la empresa determine; b) la administración, compra, venta y arriendo de bienes inmuebles; c) El transporte de mercaderías, equipajes y toda clase de bienes muebles, en vehículos propios o tomados en arrendamiento, leasing o en virtud de otro contrato de mera tenencia, o encomendado a terceros; d) La realización de todas aquellas actividades comerciales que fueren complementarias o anexas al giro principal; e) Participar y formar parte de todo y cualquier tipo de sociedades, empresas o asociaciones, que se encuentren actualmente constituidas o se formen en lo sucesivo; f) Realización de todo tipo de inversiones, tanto en el área mobiliaria como inmobiliaria; g) La explotación de bienes muebles e inmuebles; h) El arrendamiento y subarrendamiento de toda clase de bienes y maquinarias; i) El ejercicio de cualquiera otra actividad análoga, complementaria o conexa a las anteriormente señaladas. ADMINISTRACION: La administración corresponderá de consuno a doña Namar Tamini Atal Martínez y a don Sahlim Kasser Atal Martínez, quienes, anteponiendo a su nombre la razón social, podrán obligarla válidamente, celebrando todo tipo de contratos, sin perjuicio de las limitaciones que se señalan más adelante. CAPITAL: $12.000.000.- que los socios aportan en la siguiente forma y proporción: Uno: Doña NAMAR TAMINI ATAL MARTÍNEZ, aporta la suma de $6.000.000.-, equivalentes a la mitad de los derechos sociales, que entera y paga en este acto en dinero efectivo que ingresa a la caja social; y, Dos: Don SAHLIM KASSER ATAL MARTÍNEZ, aporta la suma de $6.000.000.-, equivalentes a la mitad de los derechos sociales, que entera y paga en este acto en dinero efectivo que ingresa a la caja social. Plazo: Indefinida. Responsabilidad: La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 25 de enero de 2023. Humberto Quezada Moreno. Notario Público.