MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ASESORÍAS QUADRANT LEGAL LIMITADA

RUT 76611612-4 CVE 2266867
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
7 de diciembre de 2022
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
7 de diciembre de 2022
Repertorio
66073-2022
Notario
MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
Oficio
Trigésimo Octava Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
diez años, contados desde esta fecha, renovándose tácita y sucesivamente por períodos de cinco años c/u, según forma indicada en escritura extractada

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto exclusivo la prestación de servicios de asesoría legal en todo tipo de materias y en todas sus formas, cualquiera sean su naturaleza o denominación

Personas y entidades (2)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
INVERSIONES VO LIMITADA socio 76592417-0
INVERSIONES RD LIMITADA socio 76805097-K

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular de la Trigésimo Octava Notaria de Santiago, con domicilio en calle Miraflores N° 178, 5° piso, certifico: Por escritura pública fecha 07 de diciembre de 2022, Repertorio N° 66.073-2022, otorgada ante mí, i) Carlos Hardy Vergara Wistuba, C.I. 10.894.510-9, por sí y en representación de INVERSIONES VO LIMITADA, RUT 76.592.417-0; ii) Gonzalo Andrés Rivera Zaldívar, C.I. 15.376.580-4, por sí y en representación de INVERSIONES RD LIMITADA, RUT 76.805.097-K; y iii) don Gonzalo Rivera Besa, C.I. 7.095.684-5, todos domiciliados en El Bosque Norte 0177, piso 11, Las Condes, Región Metropolitana; modificaron la sociedad “ASESORÍAS QUADRANT LEGAL LIMITADA”, RUT 76.611.612-4, inscrita a fojas 72.777, número 39.253, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2016, en el siguiente sentido: /UNO/ Cesión de derechos. Don Gonzalo Rivera Besa se retira de la sociedad cediendo, vendiendo, y transfiriendo la totalidad de sus derechos sociales, equivalentes al 20% de derechos sociales, en la siguiente forma y proporción: a) Vende, cede, y transfiere el 10% de derechos sociales a Gonzalo Andrés Rivera Zaldívar quien los compra, adquiere y acepta para sí, en el precio y pagada en la forma establecida en escritura; y b) Vende, cede, y transfiere el 10% de derechos sociales a Carlos Hardy Vergara Wistuba quien los compra, adquiere y acepta para sí, en el precio y pagada en la forma establecida en escritura. Asimismo, INVERSIONES VO LIMITADA, debidamente representada, se retira de la sociedad cediendo, vendiendo, y transfiriendo la totalidad de sus derechos sociales, equivalentes al 40% de derechos sociales a Gonzalo Andrés Rivera Zaldívar quien los compra, adquiere y acepta para sí, en el precio y pagada en la forma establecida en escritura. Por último, INVERSIONES RD LIMITADA, debidamente representada, se retira de la sociedad cediendo, vendiendo, y transfiriendo la totalidad de sus derechos sociales, equivalentes al 40% de derechos sociales a Carlos Hardy Vergara Wistuba quien los compra, adquiere y acepta para sí, en el precio y pagada en la forma establecida en escritura. Como consecuencia de las cesiones de derechos, se retira de la sociedad Gonzalo Rivera Besa, INVERSIONES VO LIMITADA e INVERSIONES RD LIMITADA. La Sociedad queda, en consecuencia, conformada por don Gonzalo Andrés Rivera Zaldívar con el 50% del capital social; y por don Carlos Hardy Vergara Wistuba con el 50% del capital social. /DOS/ Modificación de la Razón Social. Los únicos y actuales socios de la Sociedad acordaron reemplazar el Artículo Primero de los estatutos de la Sociedad por el siguiente: “ARTICULO PRIMERO: Por este acto se constituye una sociedad de responsabilidad limitada cuyo nombre o razón social será “ASESORÍAS PROFESIONALES QUADRANT LEGAL LIMITADA” la que podrá usar también para todos los fines el nombre abreviado “QUADRANT LEGAL LIMITADA”, siglas que obligarán de la misma manera que la razón social.”. /TRES/ Modificación del Objeto de la Sociedad. Acordaron reemplazar el Artículo Segundo de los estatutos de la Sociedad por el siguiente: “ARTICULO SEGUNDO: La sociedad tendrá por objeto exclusivo la prestación de servicios de asesoría legal en todo tipo de materias y en todas sus formas, cualesquiera sean su naturaleza o denominación”. /CUATRO/ Estatutos refundidos. Por último, Carlos Hardy Vergara Wistuba, y don Gonzalo Andrés Rivera Zaldívar, en su calidad de únicos socios de la Sociedad, acordaron y dictaron un texto refundido, coordinado y sistematizado de los estatutos sociales de ASESORÍAS PROFESIONALES QUADRANT LEGAL LIMITADA, incluyendo todas las modificaciones referidas anteriormente, cuyo tenor es el siguiente: Razón Social: ASESORÍAS PROFESIONALES QUADRANT LEGAL LIMITADA, pudiendo usar también para todos los fines el nombre abreviado “QUADRANT LEGAL LIMITADA”. Objeto: La sociedad tendrá por objeto exclusivo la prestación de servicios de asesoría legal en todo tipo de materias y en todas sus formas, cualquiera sean su naturaleza o denominación. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de establecer agencias y sucursales en otros puntos del país o en el extranjero. Duración: diez años, contados desde esta fecha, renovándose tácita y sucesivamente por períodos de cinco años c/u, según forma indicada en escritura extractada. Capital: $1.000.000.- íntegramente pagado por los socios, en el acto, en la siguiente forma y proporciones: a) Carlos Hardy Vergara Wistuba, aportó la suma de $500.000.-, la que se encuentra pagada e ingresada en arcas sociales, equivalente al 50% de los derechos sociales; b) Gonzalo Andrés Rivera Zaldívar, aportó la suma de $500.000.-, la que se encuentra pagada e ingresada en arcas sociales, equivalente al 50% de los derechos sociales. Responsabilidad Socios: Limitada a sus respectivos aportes. Administración y uso razón social: Corresponderá exclusivamente a los socios Carlos Hardy Vergara Wistuba y Gonzalo Andrés Rivera Zaldívar, quienes actuando individualmente la ejercerán directamente o a través de mandatarios especialmente designados por escritura pública, con las facultades descritas en el pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 02 de febrero de 2023.