CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ASESORÍAS CAYETANA LIMITADA

RUT 5907040-1 CVE 2266884
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
1 de febrero de 2023
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
1 de febrero de 2023
Repertorio
37033-2022
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
36° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Duración
El plazo de duración de la sociedad será de 30 años contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo prorrogable en la forma señalada en la escritura extractada

Objeto social

La sociedad tendrá por

Administración

La administración de la Sociedad y el uso de la razón social será ejercida por JORGE JUAN GUTIÉRREZ PUBILL, quien actuará en la forma y con las facultades indicadas en el Artículo Séptimo de los Estatutos Sociales

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular, 36° Notaría de Santiago, La Concepción N° 65, piso 2, comuna de Providencia, certifica: con fecha 29 de diciembre de 2022, ante la Notario Suplente Karina Alejandra Flores Muñoz, bajo el repertorio N°37.033-2022, JORGE JUAN GUTIÉRREZ PUBILL, C.I. N° 5.907.040-1; y JOSEFA GUTIÉRREZ MONTES, C.I. N° 16.371.074-9, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Alonso de Córdova número 5151, oficina 1102, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago constituyeron una Sociedad de Responsabilidad Limitada, de cuyo texto se extracta lo siguiente: Razón social: La razón social de la sociedad es “ASESORÍAS CAYETANA LIMITADA”. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) la prestación de servicios profesionales de cualquier especie, incluyendo dentro de éstos, la prestación de servicios de asesoría, consultoría, y la elaboración de informes y estudios diversos a personas naturales, empresas u organismos públicos o privados, nacionales o extranjeros en materias financieras, contables, comerciales, desarrollo de negocios, estructuraciones administrativas para empresas, entre otros; y b) Todo negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con estos cometidos y todos los actos y contratos que los socios estimen convenientes o necesarios para la realización del objeto social y las demás actividades que los socios acuerden. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su negocio o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad, en especial, podrá participar en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, ya sean colectivas, de responsabilidad limitada o en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en éstas últimas. Duración: El plazo de duración de la sociedad será de 30 años contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo prorrogable en la forma señalada en la escritura extractada. Capital social: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000.-, aportado y pagado por los socios en las siguientes proporciones: Uno) JORGE JUAN GUTIÉRREZ PUBILL, aportó la suma de $600.000, equivalentes al 60% del capital y derechos sociales, que pagó en el acto, al contado y en dinero efectivo; y, Dos) JOSEFA GUTIÉRREZ MONTES, aportó la suma de $400.000.-, equivalentes al 40% del capital y derechos sociales, que pagó en el acto, al contado y en dinero efectivo. Responsabilidad: La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Administración: La administración de la Sociedad y el uso de la razón social será ejercida por JORGE JUAN GUTIÉRREZ PUBILL, quien actuará en la forma y con las facultades indicadas en el Artículo Séptimo de los Estatutos Sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 1 de febrero de 2023.