Jose Balada y Compañía Limitada
Instrumento
- Fecha
- 29 de diciembre de 2022
- Repertorio
- 16575-2022
- Notario
- ANTONIETA MARINA ROJAS PONTIGO
- Oficio
- 48° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANTONIETA MARINA ROJAS PONTIGO, Abogado, Notario Público Interino de la 48° Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo N° 3.076, oficina 601, 6° piso, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifico que ante mí, con esta fecha, Don JUAN IGNACIO ZAMORANO VALENZUELA, domiciliado para estos efectos en Avenida Apoquindo dos mil novecientos treinta, piso nueve, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, debidamente facultado, rectifica escritura pública de fecha 29 de diciembre del año 2022 otorgada en la notaria de Santiago de doña Antonieta Marina Rojas Pontigo, Repertorio 16.575-2022, que modifica y fija texto refundido de la sociedad Jose Balada y Compañía Limitada y cuyo extracto se inscribió a fojas 6.538 número 3.081 en el Registro de Comercio de Santiago del año 2023 y se publicó en el Diario Oficial con fecha 16 de enero del mismo año, en el sentido de reemplazar la cláusula quinta y, el numeral cuarto de la cláusula duodécima de la escritura antes singularizada atendido que por un error involuntario se transcribio erroeneamente la informacion indicada, en la forma y sentido que se detalla acontinuacion; Uno) Donde dice: “QUINTO: Como consecuencia de la cesión, se retira de la sociedad el socio Balada Consultores SpA, quedando como únicos y actuales socios de la sociedad don José Ignacio Balada Valero con el ochenta y tres por ciento de los derechos sociales, doña María Paz Balada Valero con el quince por ciento de los derechos sociales, doña Cecilia Jeannette Carrión Fuentes con el uno por ciento de los derechos sociales y don Juan Ignacio Zamorano Valenzuela con el uno por ciento de los derechos sociales. De esta forma, el capital social ascendente a la cantidad de cuatro millones de pesos, se encuentra pagado y por pagar por los socios del modo siguiente: a) don José Ignacio Balada Valero, la cantidad de tres millones trescientos veinte mil pesos, equivalente a un ochenta y tres por ciento del interes social de los cuales la suma de setecientas doce Unidades de fomento se pagaran en una sola cuota en su equivalente en moneda nacional de curso legal dentro del plazo de tres años a contar de la fecha de la presente escritura y el resto se encuentra integramente pagado; b) doña María Paz Balada Valero, la cantidad de seiscientos mil pesos, equivalente a un quince porciento del interes social integramente pagado; c) doña Cecilia Jeannette Carrión Fuentes, la cantidad de cuarenta mil pesos, equivalente a un uno por ciento del interes social integramente pagado y d) Juan Ignacio Zamorano Valenzuela la cantidad de cuarenta mil pesos, equivalente a un uno por ciento del interes social integramente pagado. De esta forma, el capital ha quedado aportado, pagado y por pagar en la forma antes señalada”; Debe decir: QUINTO: Como consecuencia de la cesión, se retira de la sociedad el socio Balada Consultores SpA, quedando como únicos y actuales socios de la sociedad don José Ignacio Balada Valero con el ochenta y tres por ciento de los derechos sociales, doña María Paz Balada Valero con el quince por ciento de los derechos sociales, doña Cecilia Jeannette Carrión Fuentes con el uno por ciento de los derechos sociales y don Juan Ignacio Zamorano Valenzuela con el uno por ciento de los derechos sociales. De esta forma, el capital social ascendente a la cantidad de cuatro millones de pesos, se encuentra integramente pagado y enterados por los socios, del modo siguiente: a) don José Ignacio Balada Valero, la cantidad de tres millones trescientos veinte mil pesos, equivalente a un ochenta y tres por ciento del interes social integramente pagado; b) doña María Paz Balada Valero, la cantidad de seiscientos mil pesos, equivalente a un quince porciento del interes social integramente pagado; c) doña Cecilia Jeannette Carrión Fuentes, la cantidad de cuarenta mil pesos, equivalente a un uno por ciento del interes social integramente pagado y d) Juan Ignacio Zamorano Valenzuela la cantidad de cuarenta mil pesos, equivalente a un uno por ciento del interes social integramente pagado. De esta forma, el capital ha quedado aportado, pagado inegramente a la capital social en la forma antes señalada; y Dos) Donde dice: “CUARTO: El capital de la social asiende a la cantida de cuatro millones pesos, pagados y por pagar por los socios del modo siguiente: a) don José Ignacio Balada Valero, la cantidad de tres millones trescientos veinte mil pesos, equivalente a un ochenta y tres por ciento del interes social de los cuales la suma de setecientas doce Unidades de fomento se pagaran en una sola cuota en su equivalente en moneda nacional de curso legal dentro del plazo de tres años a contar de la fecha de la presente escritura y el resto se encuentra integramente pagado; b) doña María Paz Balada Valero, la cantidad de seiscientos mil pesos, equivalente a un quince porciento del interes social integramente pagado; c) doña Cecilia Jeannette Carrión Fuentes, la cantidad de cuarenta mil pesos, equivalente a un uno por ciento del interes social integramente pagado y d) Juan Ignacio Zamorano Valenzuela la cantidad de cuarenta mil pesos, equivalente a un uno por ciento del interes social integramente pagado. De esta forma, el capital ha quedado aportado, pagado y por pagar en la forma antes señalada”; Debe decir: CUARTO: El capital de la social asiende a la cantida de cuatro millones pesos, aportado y pagado inegramente por los socios del modo siguiente: a) don José Ignacio Balada Valero, la cantidad de tres millones trescientos veinte mil pesos, equivalente a un ochenta y tres por ciento del interes social integramente pagado; b) doña María Paz Balada Valero, la cantidad de seiscientos mil pesos, equivalente a un quince porciento del interes social integramente pagado; c) doña Cecilia Jeannette Carrión Fuentes, la cantidad de cuarenta mil pesos, equivalente a un uno por ciento del interes social integramente pagado y d) Juan Ignacio Zamorano Valenzuela la cantidad de cuarenta mil pesos, equivalente a un uno por ciento del interes social integramente pagado. De esta forma, el capital social ha quedado aportado, pagado integramente en la forma antes señalada. En todo lo no modificado se mantienen plenamente vigentes el resto de las estipulaciones de la escritura de 29 de Diciembre del año 2022 que se rectifica. Sociedad inscrita a fojas 7838 número 4302 Registro Comercio Santiago año 1974. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 30 de enero de 2023.