EQUIPOS PARA CONSTRUCCIÓN ESE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 5 de diciembre de 2022
- Repertorio
- 33099-2022
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- Trigésima Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción número 65, Piso 2, comuna de Providencia, certifico que, mediante escritura pública otorgada con fecha 5 de diciembre de 2022, bajo Repertorio N° 33.099-2022, las sociedades INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA LO BARNECHEA S.A., EQUIPOS Y CONSTRUCCIONES CRUZ DEL SUR LIMITADA y EQUIPOS Y CONSTRUCCIONES CRUZ DEL SUR II LIMITADA; todos con domicilio para estos efectos en Avenida Alonso de Córdova número 5.151, oficina 1.901, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; modificaron sociedad “EQUIPOS PARA CONSTRUCCIÓN ESE LIMITADA” (inscrita a fojas 5.696, número 2.991 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 1973, en adelante, la “Sociedad”), en el sentido de dar cuenta de la división de uno de los socios de la Sociedad, EQUIPOS Y CONSTRUCCIONES CRUZ DEL SUR LIMITADA, en dos sociedades de responsabilidad limitada, subsistiendo está bajo la misma razón social y constituyéndose, con motivo de la división, una nueva sociedad de responsabilidad limitada bajo la razón social de “EQUIPOS Y CONSTRUCCIONES CRUZ DEL SUR II LIMITADA”. En consecuencia, parte de los derechos sociales que EQUIPOS Y CONSTRUCCIONES CRUZ DEL SUR LIMITADA tenía sobre la Sociedad, equivalentes al 0,4105% de los derechos sociales totales en la Sociedad, fueron asignados a EQUIPOS Y CONSTRUCCIONES CRUZ DEL SUR II LIMITADA. En virtud de lo anterior, se reemplaza el artículo Quinto de los estatutos sociales por el siguiente: “QUINTO: Capital. El capital de la sociedad es la suma de dos millones quinientos treinta y nueve mil doscientos veinticinco pesos, que los socios aportan y pagan de la siguiente forma: A) “INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA LO BARNECHEA S.A.”, con la suma de dos millones quinientos trece mil ochocientos treinta y tres pesos, que el socio aportó y pagó con anterioridad, ya ingresados a la caja social, y que corresponden al noventa y nueve por ciento de los derechos sobre el capital social; B) “EQUIPOS Y CONSTRUCCIONES CRUZ DEL SUR LIMITADA”, con la suma de catorce mil novecientos sesenta y ocho pesos, que el socio aportó y pagó con anterioridad, ya ingresados a la caja social, y que corresponden al cero coma cinco ocho nueve cinco por ciento de los derechos sobre el capital social; y, C) “EQUIPOS Y CONSTRUCCIONES CRUZ DEL SUR II LIMITADA”, con la suma de diez mil cuatrocientos veinticuatro pesos, que fue aportada y pagada con anterioridad, ya ingresados a la caja social, y que corresponden al cero coma cuatro uno cero cinco por ciento de los derechos sobre el capital social”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Los socios limitan responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Santiago. 31 de enero de 2023.