SERVICIOS Y ASESORÍAS DENTALES SCHULZ LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 15 de diciembre de 2022
- Repertorio
- 18488-2022
- Notario
- María Pilar Gutiérrez Rivera
- Domicilio
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMaría Pilar Gutiérrez Rivera, abogado, Notario Público de Santiago, titular de la Décimo Octava Notaría, con domicilio en calle Huérfanos 669, Octavo piso, ciudad de Santiago, Certifico: Por escritura pública de fecha 15 de diciembre de 2022, Repertorio Nº 18488-2022, otorgada ante mi suplente doña Paula Andrea Luna Sáez; María Del Carmen Carril Quintana, domiciliada en Nilo Azul 1820, departamento 408, Vitacura, Santiago; Heidi Schulz Leiding, domiciliada en Santa Emilia sin número, María Pinto, Región Metropolitana; Karin Schulz Leiding, domiciliada en Santa Emilia sin número, María Pinto, Región Metropolitana; Christian Schulz Leiding, domiciliado en Santa Inés de Miraflores Parcela 13, Colina, Región Metropolitana; don Herbert Hans Christof Schulz Carril, domiciliado en Oslo número 330, departamento 602, Las Condes, Santiago; Francisco José Schulz Carril, domiciliado en Nilo Azul 1820, departamento 408, Vitacura, Santiago; y Juan Pablo Ignacio Schulz Carril, domiciliado en Avenida Chamisero número 16.360, casa 69, Colina, Región Metropolitana, vienen en modificar “SERVICIOS Y ASESORÍAS DENTALES SCHULZ LIMITADA” en lo siguiente. Los integrantes de la Sucesión de don Otto Schulz Rastl, señores doña María Del Carmen Carril Quintana, cónyuge sobreviviente del causante, Heidi, Christian, Karin, todos de apellidos Schulz Leiding, Francisco José, Herbert Hans Christof, y Juan Pablo Ignacio, todos ellos de apellidos Schulz Carril, vienen en dividir y liquidar parcialmente la comunidad hereditaria, únicamente respecto a los derechos que el causante tenía en la sociedad Servicios y Asesorías Dentales Schulz Limitada, que se avalúan de común acuerdo, y teniendo a la vista antecedentes que estiman suficientes, en la suma de $3.000.000.-, adjudicando tales derechos de la siguiente manera: a) Se adjudica a doña María del Carmen Carril Quintana, el 7,5% de los derechos sociales, en la suma de $375.000.-; b) Se adjudica a don Francisco José Schulz Carril, el 8,754% de los derechos sociales, en la suma de $437.700.-; Se adjudica a don Herbert Hans Christof Schulz Carril, el 16,248% de los derechos sociales, en la suma de $812.400.-; y, d) Se adjudica a don Juan Pablo Ignacio Schulz Carril el 27,498% de los derechos sociales, en la suma de $1.374.900.-, completándose así el 60% que le correspondía al causante en la sociedad. Adicionalmente, doña Heidi Schulz Leiding dueña y poseedora directa de un 10% de los derechos e intereses en la sociedad “Servicios y Asesorías Dentales Schulz Limitada, vende, cede y transfiere a don Juan Pablo Ignacio Schulz Carril quien compra, acepta y adquiere para sí el total de su participación en la sociedad, esto es, el 10% de participación social de la que es dueña individualmente. El precio de esta cesión es de $500.000.-, el que es pagado en este acto, en dinero efectivo, que la vendedora y cesionaria declara recibir a su entera conformidad. Con motivo de partición parcial de Sucesión de don Otto Schulz Rastl y de la venta y cesión de derechos sociales, convenidas en la escritura extractada, modifican artículo Quinto de los estatutos sociales, quedando de la siguiente forma: “QUINTO: CAPITAL. El capital social será la suma de cinco millones de pesos, que los socios han aportado y pagado de la siguiente manera: Uno) Doña María del Carmen Carril Quintana, con la suma de ochocientos setenta y cinco mil pesos en dinero efectivo, ya ingresados a la caja social, equivalente al diecisiete coma cinco por ciento del capital social; Dos) Don Herbert Hans Schulz Carril, con la suma de un millón trescientos doce mil cuatrocientos pesos en dinero efectivo, ya ingresados a la caja social, equivalente al veintiséis coma doscientos cuarenta y ocho por ciento del capital social; Tres) Don Francisco José Schulz Carril, con la suma de cuatrocientos treinta y siete mil setecientos pesos en dinero efectivo, ya ingresados a la caja social, equivalente al ocho coma setecientos cincuenta y cuatro por ciento del capital social; y Cuatro) Don Juan Pablo Ignacio Schulz Carril con un dos millones trescientos setenta y cuatro mil novecientos pesos en dinero efectivo, ya ingresados a la caja social, equivalente al cuarenta y siete coma cuatrocientos noventa y ocho por ciento del capital social.”. Asimismo, modifican el artículo Séptimo de los estatutos sociales, relativo a la administración y uso de la razón social, en cuanto a que ella corresponderá exclusivamente al socio Juan Pablo Ignacio Schulz Carril, quien actuando individualmente y anteponiendo su firma a la razón social representará a la sociedad con las más amplias facultades de administración, en especial con las facultades señaladas en el mismo artículo. En todo lo no modificado sigue vigente pacto social como hasta la fecha. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 20 de enero de 2023.