SERGIO GALAZ Y COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 27 de enero de 2023
- Repertorio
- 231
- Notario
- RUBÉN ANTONIO ESCOBAR GARCIA
- Oficio
- Cuarta Notaría de Iquique
- Comuna
- Iquique
Sociedad
- Capital
- $4.650.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRUBÉN ANTONIO ESCOBAR GARCIA, Notario Público Interino de la Cuarta Notaría de Iquique, Patricio Lynch N°525, certifica que: por escritura pública repertorio N°231, del 27 de Enero 2023, ante mí: SERGIO HUMBERTO GALAZ DÍAZ, chileno, médico cirujano oftalmólogo, por sí y en representación de CAMILA PAZ GALAZ AGUILAR, chilena, médico cirujano, y de FRANCISCA PILAR GALAZ AGUILAR, chilena, educadora de párvulos; y doña ENRIQUETA LUCRECIA AGUILAR TAPIA, chilena, médico cirujano pediatra, modifican sociedad “SERGIO GALAZ Y COMPAÑÍA LIMITADA” o “SERGIO GALAZ Y CÍA. LTDA.” constituida por escritura pública repertorio Nº1.848 del 03 de mayo 1991, otorgada ante el Notario Público de Iquique, don Manuel Schepeler Raveau, inscrita a fs. 247 Nº 248 del Registro de Comercio de 1991 del Conservador de Bienes Raíces de Iquique. Con capital vigente al día de hoy de $9.300.000, asignándosele el R.U.T. Nº78.105.410-0, modificada por escritura pública repertorio Nº5.290, de fecha 29 de diciembre de 2014, otorgada ante el Notario Público de Iquique don Carlos Vila Molina, incorporando como socias a doña CAMILA PAZ GALAZ AGUILAR y doña FRANCISCA PILAR GALAZ AGUILAR, quedando cada uno de los cuatro socios con el 25% de los derechos y capital social, escritura de modificación que se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador De Bienes Raíces de Iquique a fojas 33 Nº19 del año 2015; Modifican cláusula Tercera escritura pública de constitución de sociedad “SERGIO GALAZ Y COMPAÑÍA LIMITADA” o “SERGIO GALAZ Y CÍA. LTDA.”, la que queda como sigue: “TERCERO: El capital de la sociedad es la suma de $9.300.000 pesos, que socios aportan y enteran de la siguiente manera: socio SERGIO HUMBERTO GALAZ DÍAZ, aporta $4.650.000, que entera entregando en dominio a la sociedad bienes de equipo e instrumental médico de su exclusiva propiedad, queda así enterado el aporte de este socio, correspondiente al 50% del capital social. Socia doña ENRIQUETA LUCRECIA AGUILAR TAPIA aporta $4.650.000 pesos que entera en este acto en dinero efectivo, correspondiente al 50% del capital social, que queda depositado en la caja social”.- En éste acto CAMILA PAZ GALAZ AGUILAR, representada por don Sergio Humberto Galaz Díaz, vende cede y transfiere el 100% del total de sus derechos sociales en el capital, acciones, privilegios y beneficios acumulados en la sociedad de responsabilidad limitada denominada “SERGIO GALAZ Y COMPAÑÍA LIMITADA”, equivalentes al 25% del haber social, a don SERGIO HUMBERTO GALAZ DIAZ, quien los compra y acepta para sí. Precio de la cesión $2.325.000 de pesos que se pagan en este acto al contado y que la cesionaria declara recibir a su plena conformidad. En éste acto FRANCISCA PILAR GALAZ AGUILAR, representada por don Sergio Humberto Galaz Díaz, vende cede y transfiere el 100% del total de sus derechos sociales en el capital, acciones, privilegios y beneficios acumulados en la sociedad de responsabilidad limitada denominada “SERGIO GALAZ Y COMPAÑÍA LIMITADA”, equivalentes al 25% del haber social, a doña ENRIQUETA LUCRECIA AGUILAR TAPIA, quien los compra y acepta para sí. Precio de la cesión $2.325.000 de pesos que se pagan en este acto al contado y que la cesionaria declara recibir a su plena conformidad.- - Quedan como socios de la sociedad “SERGIO GALAZ Y COMPAÑÍA LIMITADA”, y con la siguiente participación en el haber social, los socios: a) don SERGIO HUMBERTO GALAZ DÍAZ, con un 50% de los derechos y capital social, y b) doña ENRIQUETA LUCRECIA AGUILAR TAPIA, con el 50% de los derechos y capital social.- Administración de la sociedad seguirá correspondiendo a los socios señalados en la escritura pública de constitución de sociedad y en los términos allí establecidos.- En todo lo demás que no haya sido modificado expresamente, la escritura originaria mantiene su plena vigencia y validez.- Demás estipulaciones escritura extractada.- IQUIQUE, 30 de enero de 2023.