CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

KAREN COLARTE BRANCHY Y COMPAÑIA LIMITADA

CVE 2264775
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
29 de diciembre de 2022
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
29 de diciembre de 2022
Notario
FÉLIX JARA CADOT
Oficio
41° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

N. fantasía
“Colsevet LTDA";
Capital
$5.000.000 CLP
Domicilio
Dos) Asesorías médicas veterinarias a empresas o personas naturales o jurídicas, en la gestión, administración y cuidado de animales, funcionamiento de clínicas veterinarias, y establecimientos asistenciales y las actividades complementarias de laboratorios, farmacología, análisis, imagenología o diagnóstico por imágenes; Tres) Capacitación en materias clínico- veterinarias a empresas, personas naturales o jurídicas. Todo tipo de actos o contratos vinculados directa o indirectamente con el giro principal. La
Duración
La sociedad empezará a regir a contar de la fecha de la escritura social que se extracta y tendrá una duración de 5 años prorrogables automática y sucesivamente por periodos iguales, si ninguna de las socias manifiesta su voluntad de poner término a la sociedad mediante declaración hecha por escritura pública anotada al margen de la inscripción social efectuada con anticipación no menor a 6 meses a la expiración del plazo o prórroga que estuviere vigente
Ley aplicable
Ley 3.918.

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto Uno) la prestación de servicios profesionales relacionados con la medicina veterinaria, comprendiendo la atención médica profesional a los animales, el diagnóstico de enfermedades o lesiones, la prescripción de planes de tratamiento y medicamentos, la realización de cirugías, visitas a

Administración

La administración, representación, uso de la razón social y del nombre de fantasía, corresponderá a doña KAREN ANDREA COLARTE BRANCHY, quien representará con las más amplias facultades que indican los estatutos. Se acuerda suplencia para el caso de su ausencia o impedimento ; El capital social, es la suma de $5.000.000, los que se aportarán por las socias de la siguiente manera: A) KAREN ANDREA COLARTE BRANCHY, aporta la suma de $4.950.000, que representan un 99 % del capital de la sociedad, suma que será enterada con su trabajo personal y servicios profesionales, avaluados de común acuerdo por las socias en la suma de cuatro millones de pesos, y el saldo de $950.000 lo pagará en dinero en efectivo dentro del plazo de doce meses contados desde la fecha de suscripción del presente contrato; B)SUMIYO NISHIMURA, aporta la suma de $50.000, que representa el 1% del capital de la sociedad, suma que será enterada dentro del plazo de un mes contado desde la fecha de suscripción del presente contrato

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FÉLIX JARA CADOT, Notario Público, Titular de la 41° Notaría de Santiago, con oficio en Paseo Huérfanos número 1.160, Subsuelo, Comuna de Santiago, certifica que por escritura de hoy, ante mi comparecen: doña KAREN ANDREA COLARTE BRANCHY, domiciliada en calle Las Aralias número 1456, comuna de Quilicura, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; y doña SUMIYO NISHIMURA, con domicilio en Avenida Carolina Rabat número 904, departamento 12, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, quienes constituyen sociedad de responsabilidad limitada, que se regirá por estatutos sociales que a continuación se extractan, y por la Ley 3.918. El Nombre de la sociedad será “KAREN COLARTE BRANCHY Y COMPAÑIA LIMITADA”, sin perjuicio de poder actuar para fines de publicidad, propaganda y otros, incluso ante los Bancos e Instituciones Financieras, con el nombre de fantasía: “Colsevet LTDA"; Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto Uno) la prestación de servicios profesionales relacionados con la medicina veterinaria, comprendiendo la atención médica profesional a los animales, el diagnóstico de enfermedades o lesiones, la prescripción de planes de tratamiento y medicamentos, la realización de cirugías, visitas a domicilio. Dos) Asesorías médicas veterinarias a empresas o personas naturales o jurídicas, en la gestión, administración y cuidado de animales, funcionamiento de clínicas veterinarias, y establecimientos asistenciales y las actividades complementarias de laboratorios, farmacología, análisis, imagenología o diagnóstico por imágenes; Tres) Capacitación en materias clínico- veterinarias a empresas, personas naturales o jurídicas. Todo tipo de actos o contratos vinculados directa o indirectamente con el giro principal. La Administración: La administración, representación, uso de la razón social y del nombre de fantasía, corresponderá a doña KAREN ANDREA COLARTE BRANCHY, quien representará con las más amplias facultades que indican los estatutos. Se acuerda suplencia para el caso de su ausencia o impedimento ; El capital social, es la suma de $5.000.000, los que se aportarán por las socias de la siguiente manera: A) KAREN ANDREA COLARTE BRANCHY, aporta la suma de $4.950.000, que representan un 99 % del capital de la sociedad, suma que será enterada con su trabajo personal y servicios profesionales, avaluados de común acuerdo por las socias en la suma de cuatro millones de pesos, y el saldo de $950.000 lo pagará en dinero en efectivo dentro del plazo de doce meses contados desde la fecha de suscripción del presente contrato; B)SUMIYO NISHIMURA, aporta la suma de $50.000, que representa el 1% del capital de la sociedad, suma que será enterada dentro del plazo de un mes contado desde la fecha de suscripción del presente contrato. Duración: La sociedad empezará a regir a contar de la fecha de la escritura social que se extracta y tendrá una duración de 5 años prorrogables automática y sucesivamente por periodos iguales, si ninguna de las socias manifiesta su voluntad de poner término a la sociedad mediante declaración hecha por escritura pública anotada al margen de la inscripción social efectuada con anticipación no menor a 6 meses a la expiración del plazo o prórroga que estuviere vigente. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago. 29-12-2022, FÉLIX JARA CADOT, N.T.