DERAMOND CONSULTING SpA
Instrumento
- Fecha
- 13 de enero de 2023
- Notario
- VEGA LIMITADA HUMBERTO QUEZADA MORENO
- Oficio
- 26ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- La ciudad de Santiago
- Duración
- La sociedad regirá por el plazo de cinco años contados desde la fecha de esta escritura, entendiéndose renovada, en forma automática y sucesiva, por períodos de dos años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de ponerle término a la expiración del plazo original o de cualquiera de sus renovaciones, lo que se expresará por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio con a lo menos seis meses de anticipación al vencimiento del período correspondiente. Responsabilidad: La
Objeto social
Prestación de servicios profesionales en asesorías contables, tributarias, financieras y administrativas, auditorías operativas y de gestión; diseño e implementación de sistemas de control interno; organizar y dictar cursos de adiestramiento y de capacitación; efectuar selección de personal para terceros; efectuar consultorías y tomar la representación de otras empresas de auditoría nacionales o extranjeras
Administración
La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a ambos socios, quienes podrán actuar de separada e indistintamente. Contarán con amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de gestiones, actos o contratos, dentro y fuera del giro ordinario de la misma, ante cualquier persona, autoridad, institución, fundación o corporación y ante toda persona natural o jurídica. Facultades en artículo OCTAVO de Estatuto Social
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalTRANSFORMACION DE SOCIEDAD DERAMOND CONSULTING SpA AHORA ASESORÍAS CONTABLES DERAMOND & VEGA LIMITADA HUMBERTO QUEZADA MORENO, Notario Público, Titular de la 26ª Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo Nº 3196, comuna de Las Condes, certifica: por escritura pública de fecha 13 de enero de 2023, Repertorio Nro. 371, ante mí, PIERINO ANDRÉS DERAMOND DÍAZ, chileno, soltero, ingeniero comercial, C.I. Nro. 17.403.972-0, domiciliado en calle Nevería Nro. 4.940, dpto. 72, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; y, don SERGIO ISRAEL VEGA ABALLAY, chileno, soltero, contador auditor, C.I. Nro. 19.318.892-3, domiciliado en calle Santa Petronila Nro. 2.116, comuna de Maipú, Región Metropolitana, han convenido en transformar una sociedad por acciones en una sociedad de responsabilidad limitada la que se regirá por las disposiciones de la Ley Nro. 3918, y sus modificaciones posteriores, por las disposiciones aplicables del Código Civil y supletoriamente por el Comercio, demás Leyes pertinentes y por las disposiciones de su Estatuto, de conformidad a lo que sigue:1º a) Por escritura pública de fecha 14 de agosto de 2020, otorgada en la Notaria de Santiago de don Andrés Felipe Rieutord Alvarado, Repertorio Nro. 15.321-2.020, don Pierino Andrés Deramond Díaz, ya individualizado, constituyó una sociedad por acciones, cuya razón social corresponde a “DERAMOND CONSULTING SpA”, nombre de fantasía “DC SpA”. Un extracto de dicha escritura se inscribió a fj. 51.726, Nro. 24.491 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2020, publicado en el diario oficial con fecha 20 de agosto de 2020. b) Mediante escritura pública de fecha 6 de agosto de 2021, los comparecientes modificaron la sociedad, cediendo, vendiendo y transfiriendo don Pierino Andrés Deramond Díaz a don Sergio Israel Vega Aballay, la cantidad de 50 acciones, quien las compró, aceptó y adquirió para sí, en los términos expresados en dicho instrumento. Acto seguido los comparecientes como únicos dueños de la sociedad Deramond Consulting SpA, modificaron dicha sociedad, en el sentido de incluir al nuevo accionista como parte de la administración social. Un extracto de dicha escritura se encuentra inscrito a Fj. 68.844, Nro.31.902 del Registro de Comercio del año 2021 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago y publicado en el $1.000.000.- dividido en 100 acciones nominativas. d) El rol único tributario de la sociedad es el 77.213.829-6. 2º Transformación. Don Pierino Andrés Deramond Díaz y don Sergio Israel Vega Aballay, en calidad de únicos accionistas de la sociedad Deramond Consulting SpA vienen en transformar dicha sociedad en una sociedad de responsabilidad limitada, de conformidad con lo que se extracta de los estatutos: RAZON SOCIAL: “ASESORÍAS CONTABLES DERAMOND & VEGA LIMITADA”; pudiendo también abreviarse la expresión LIMITADA por LTDA. y Nombre de Fantasía “DERAMOND Y VEGA LTDA”. DOMICILIO: La ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias, sucursales o filiales que se establezcan en otros lugares del país o en el extranjero. OBJETO: Prestación de servicios profesionales en asesorías contables, tributarias, financieras y administrativas, auditorías operativas y de gestión; diseño e implementación de sistemas de control interno; organizar y dictar cursos de adiestramiento y de capacitación; efectuar selección de personal para terceros; efectuar consultorías y tomar la representación de otras empresas de auditoría nacionales o extranjeras. ADMINISTRACION: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a ambos socios, quienes podrán actuar de separada e indistintamente. Contarán con amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de gestiones, actos o contratos, dentro y fuera del giro ordinario de la misma, ante cualquier persona, autoridad, institución, fundación o corporación y ante toda persona natural o jurídica. Facultades en artículo OCTAVO de Estatuto Social. CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000.-, el que se encuentra conformado de la siguiente manera: A) El socio don Pierino Andrés Deramond Díaz, aporta la suma de $500.000.-, equivalente a un 50% de la participación social. Suma que ya se encuentra ingresada a caja social; B) El socio don Sergio Israel Vega Aballay, aporta la suma de $500.000.-, equivalente a un 50% de la participación social. Suma que ya se encuentra ingresada a caja social. Plazo: La sociedad regirá por el plazo de cinco años contados desde la fecha de esta escritura, entendiéndose renovada, en forma automática y sucesiva, por períodos de dos años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de ponerle término a la expiración del plazo original o de cualquiera de sus renovaciones, lo que se expresará por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio con a lo menos seis meses de anticipación al vencimiento del período correspondiente. Responsabilidad: La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. 3º Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 27 de enero de 2023. Humberto Quezada Moreno. Notario Público.