Agrícola California Limitada
Instrumento
- Fecha
- 6 de diciembre de 2022
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular, 36° Notaría de Santiago, La Concepción N° 65, piso 2, comuna de Providencia, certifica: Por escritura pública de fecha 6 de diciembre de 2022, otorgada ante mí, INVERSIONES MANGLARES SpA, INVERSIONES DENALI SpA, INVERSIONES CHUCAO SpA, la SUCESIÓN DE DON ARTURO LUIS PALMA LE-BLANC compuesta por don Arturo Luis Palma Matetic y doña María Teresa Palma Matetic, e INVERSIONES LOS CANELOS LIMITADA, todos domiciliados para estos efectos en Charles Hamilton 9.409, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, modificaron AGRÍCOLA CALIFORNIA LIMITADA. Las modificaciones consisten en: 1) INVERSIONES CHUCAO SpA vende, cede y transfiere la totalidad de los derechos de que es titular en AGRÍCOLA CALIFORNIA LIMITADA a la sociedad INVERSIONES MANGLARES SpA, ascendentes al 45,1382% del interés social, que los socios de común acuerdo avalúan en la suma de $922.228.960, por quien compra y adquiere su representante legal por dicha suma. 2) INVERSIONES DENALI SpA vende, cede y transfiere la totalidad de los derechos de que es titular en AGRÍCOLA CALIFORNIA LIMITADA a la sociedad INVERSIONES MANGLARES SpA, ascendentes al 45,1307% del interés social, que los socios de común acuerdo avalúan en la suma de $922.075.805, por quien compra y adquiere su representante legal por dicha suma. 3) Como consecuencia de las cesiones, y con el expreso consentimiento de todos y cada uno de los socios, se retiran de AGRÍCOLA CALIFORNIA LIMITADA los socios INVERSIONES DENALI SpA e INVERSIONES CHUCAO SpA; y, a su vez, ingresa a la sociedad el socio INVERSIONES MANGLARES SpA, con una participación equivalente a un 90,2689% del interés social, ascendente a $1.844.304.765. 4) Por tanto, los únicos y actuales socios de AGRÍCOLA CALIFORNIA LIMITADA acuerdan modificar su pacto social, sustituyendo los artículos primero y séptimo por los siguientes: “ARTÍCULO PRIMERO: Son únicos socios de la sociedad Agrícola California Limitada, la Sucesión de don Arturo Luis Palma Le-Blanc, las sociedades Inversiones Los Canelos Limitada e Inversiones Manglares SpA.” “ARTÍCULO SÉPTIMO: El capital de la sociedad es la suma única de dos mil cuarenta y tres millones ciento veintidós mil setecientos treinta y un pesos, que los socios han aportado y enterado en caja social en las siguientes proporciones: a) La Sucesión de don Arturo Palma Le Blanc la suma de ciento noventa y ocho millones setecientos mil ochocientos treinta y cinco pesos, equivalente al nueve coma siete dos cinco cuatro por ciento de los derechos sociales; b) Inversiones Los Canelos Limitada, la suma de ciento diecisiete mil ciento treinta y un pesos, equivalente al cero coma cero cero cinco siete por ciento de los derechos sociales; y c) Inversiones Manglares SpA, la suma de mil ochocientos cuarenta y cuatro millones trescientos cuatro mil setecientos sesenta y cinco pesos, equivalente al noventa coma dos seis ocho nueve por ciento de los derechos sociales. Todos los aportes del capital se encuentran íntegramente pagados y enterados en arcas sociales por los respectivos socios con anterioridad a esta fecha. Se deja expresa constancia que la indicación del porcentaje de participación de cada socio en el capital social es aproximada y se consigna a título meramente ilustrativo, primando por sobre dichos porcentajes la proporción que representa el aporte efectivo de cada socio.” Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 30 de enero de 2023.