SALVADOR DI GENOVA Y COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 23 de enero de 2023
- Repertorio
- 1180/2023
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Administración
La administración y uso de la razón social corresponderá al socio María Carolina Canessa Díaz, quien anteponiendo su firma a la razón social representará a la sociedad con los más amplios poderes y facultades establecidas en la escritura extractada; y, c)
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Ignacio Manquehual Mery, Notario Titular de la Octava Notaría de Santiago, domiciliado en calle Huérfanos 941, local 302, Santiago, certifico: por escritura pública de fecha 23 de enero de 2023, Repertorio N° 1180/2023, ante mí, doña María Carolina Canessa Díaz y don Álvaro Ignacio Di Genova Canessa, ambos domiciliados para estos efectos en Burgos N°80, oficina N°201, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en sus calidades de únicos y actuales socios de "SALVADOR DI GENOVA Y COMPAÑÍA LIMITADA" (la "Sociedad"), inscrita fojas 13 número 17 del Registro de Comercio de Rancagua correspondiente al año 2002, acordaron modificar los estatutos de la Sociedad, en el sentido de adecuar los mismos al ingreso del socio don Álvaro Ignacio Di Genova Canessa, en razón de la adjudicación de los derechos sociales pertenecientes a don Salvador Patricio Di Genova Céspedes. En virtud de lo anterior, modificaron los estatutos sociales en el siguiente sentido: a) Razón Social: "DGC y Compañía Limitada"; pudiendo la Sociedad funcionar y actuar inclusive en sus relaciones con los Bancos, Servicio de Impuestos Internos, Tesorería General de la República, Contraloría General de la República, y otras instituciones, con el nombre de fantasía o comercial de "DGC y Compañía Ltda."; b) Administración: La administración y uso de la razón social corresponderá al socio María Carolina Canessa Díaz, quien anteponiendo su firma a la razón social representará a la sociedad con los más amplios poderes y facultades establecidas en la escritura extractada; y, c) Capital: $1.000.000, íntegramente pagado y enterado de la siguiente manera: i) María Carolina Canessa Díaz, $800.000 equivalentes a un 80% del capital social; y ii/ Álvaro Ignacio Di Genova Canessa, $200.000 equivalentes a un 20% del capital social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Se facultó al portador de copia autorizada de este extracto para su legalización. Santiago, 23 de enero de 2023.- Luis Ignacio Manquehual Mery, Notario Titular.-