INVERSIONES E INMOBILIARIA PORTUGAL LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 28 de diciembre de 2022
- Repertorio
- 6519-2022
- Notario
- ANDRES CARLOS ZAVALA COURRIOL
- Oficio
- Notaría número veintinueve de Santiago
Sociedad
- Capital
- $102.100.019 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRES CARLOS ZAVALA COURRIOL, abogado y Notario Público Interino de la Notaría número veintinueve de Santiago, de este domicilio, calle Mac-Iver número doscientos veinticinco, oficina trescientos dos, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 28/12/2022, Repertorio N° 6519-2022, ante mí, INVERSIONES Y ASESORÍAS EL HUINGANAL LIMITADA, INVERSIONES E INMOBILIARIA KORCAM LIMITADA, INVERSIONES E INMOBILIARIA PATISH LIMITADA, INVERSIONES ATID LIMITADA, INMOBILIARIA E INVERSIONES DATIM LIMITADA, SOCIEDAD INVERSIONES E INMOBILIARIA EL PORVENIR LIMITADA y VIVIANA CATALINA CAMHI FELSENSTEIN, todas domiciliados en calle San José de la Sierra No039, Lo Barnechea, Santiago, únicas y actuales socias de INVERSIONES E INMOBILIARIA PORTUGAL LIMITADA, inscrita a fs. 21.369 nro 12.063 del Registro de Comercio Santiago año 1982 (“la Sociedad”), acordaron lo siguiente: i) Dividir la Sociedad en dos sociedades de responsabilidad limitada. La primera sociedad, que será la continuadora legal de la existente, conservará el nombre o razón social de INVERSIONES E INMOBILIARIA PORTUGAL LIMITADA, su rol único tributario, su objeto específico y sus actuales estatutos. La otra sociedad que nace producto de la división, cuyos estatutos se extractan de forma separada, tendrá por nombre o razón social INVERSIONES E INMOBILIARIA PORTUGAL II LIMITADA a la que le fue asignado todos los activos, pasivo y patrimonio de la sociedad dividida que se indican en escritura extractada. ii) Como consecuencia de la división antedicha, las socias acuerdan disminuir el capital de la Sociedad en la suma de $102.100.019, reduciéndose en consecuencia el actual capital social de la suma de $103.000.000 a la cantidad de $899.981 pesos, el que se encuentra íntegramente pagado. iii) Como consecuencia de la disminución de capital de la Sociedad, acuerdan modificar y sustituir la cláusula quinta de los estatutos de la Sociedad por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: El capital social es la suma de ochocientos noventa y nueve mil novecientos ochenta y un pesos el cual es aportado y enterado por las socias de la siguiente manera: a) INVERSIONES Y ASESORÍAS EL HUINGANAL LIMITADA, aportó ocho mil setecientos veintinueve coma ocho uno seis pesos, que se encuentran pagados con anterioridad a este acto, y que corresponden al cero coma nueve siete por ciento de los derechos sociales; b) INVERSIONES E INMOBILIARIA KORCAM LIMITADA, aportó veintiséis mil ciento ochenta y nueve coma cuatro cuatro siete pesos, que se encuentran pagados con anterioridad a este acto, y que corresponden al dos coma nueve uno por ciento de los derechos sociales; c) INVERSIONES E INMOBILIARIA PATISH LIMITADA, aportó veintiséis mil ciento ochenta y nueve coma cuatro cuatro siete pesos, que se encuentran pagados con anterioridad a este acto, y que corresponden al dos coma nueve uno por ciento de los derechos sociales; d) INVERSIONES ATID LIMITADA, aportó veintiséis mil ciento ochenta y nueve coma cuatro cuatro siete pesos, que se encuentran pagados con anterioridad a este acto, y que corresponden al dos coma nueve uno por ciento de los derechos sociales; e) INMOBILIARIA E INVERSIONES DATIM LIMITADA, aportó veintiséis mil ciento ochenta y nueve coma cuatro cuatro siete pesos, que se encuentran pagados con anterioridad a este acto, y que corresponden al dos coma nueve uno por ciento de los derechos sociales; f) SOCIEDAD INVERSIONES E INMOBILIARIA EL PORVENIR LIMITADA, aportó setecientos sesenta y nueve mil treinta y tres coma siete seis cinco pesos, que se encuentran pagados con anterioridad a este acto, y que corresponden al ochenta y cinco coma cuatro cinco por ciento de los derechos sociales.- g) VIVIANA CATALINA CAMHI FELSENSTEIN, como empresaria unipersonal, aportó diecisiete mil cuatrocientos cincuenta y nueve coma seis tres uno pesos, que se encuentran pagados con anterioridad a este acto, y que corresponden al uno coma noventa y cuatro por ciento de los derechos sociales.- Las socias limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes”.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 25 de enero de 2023.