INVERSIONES DOSNORTE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 25 de abril de 2003
- Notario
- Javiera Mistral Barrera Madariaga
- Domicilio
- Antofagasta Suplente del Titular don Nicolás Fernando Arrieta Concha
Sociedad
- Capital
- $12.000.000 CLP
- Domicilio
- La ciudad de Antofagasta
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad es la realización de todo tipo de inversiones, mobiliarias o inmobiliarias; el desarrollo de negocios y proyectos inmobiliarios; la explotación de los bienes que adquiera o detente a cualquier título, o que goce o use en cualquier forma; la formación de sociedades de cualquier tipo y objeto, pudiendo incorporarse a otras ya establecidas; y en general, la realización de cualquier negocio, operación, acto o contrato relacionado, conexo o complementario del
Administración
La administración de la sociedad será ejercida por un Gerente que será designado mediante una escritura pública de nombramiento que deberá ser otorgada por accionistas que representen a lo menos el 70% de las acciones suscritas y pagadas de la sociedad;
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJaviera Mistral Barrera Madariaga, Notario Público de Antofagasta Suplente del Titular don Nicolás Fernando Arrieta Concha, con oficio en paseo Prat N° 470, Local 3 interior, Antofagasta, Certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 26 de Enero del 2023, don Juan Carlos Miranda Aránguiz y doña Fresia del Carmen Moreno Villafaña, ésta en representación de la Sociedad de Inversiones de Miranda SpA, todos domiciliados en Antofagasta, para estos efectos en Avenida O’Higgins N° 1338, oficina 601; únicos y actuales socios de la sociedad INVERSIONES DOSNORTE LIMITADA, persona jurídica de derecho privado de su giro, rol único tributario Nº 77.927.080-7, constituida por escritura pública de 25 de abril de 2003, otorgada ante la Notario Público de Antofagasta, doña Elvira Brady Roche; inscrita en extracto a fojas 294 vuelta, Nº 220 del Registro de Comercio del año 2003, Conservador de Comercio de Antofagasta; y publicada en Diario Oficial edición Nº 37.551, del 6 de mayo de 2003; adoptaron siguientes acuerdos: I. Transformación: transformar la sociedad Inversiones Dosnorte Limitada, en sociedad por acciones cuyo estatuto, en lo esencial, es el siguiente: Estatuto de la sociedad Inversiones Dosnorte SpA: Nombre “INVERSIONES DOSNORTE SpA” pudiendo la sociedad actuar, además, incluso con el Estado, el Fisco, Municipalidades, bancos y otras instituciones, con el nombre de fantasía “Dosnorte SpA”; Objeto: El objeto de la sociedad es la realización de todo tipo de inversiones, mobiliarias o inmobiliarias; el desarrollo de negocios y proyectos inmobiliarios; la explotación de los bienes que adquiera o detente a cualquier título, o que goce o use en cualquier forma; la formación de sociedades de cualquier tipo y objeto, pudiendo incorporarse a otras ya establecidas; y en general, la realización de cualquier negocio, operación, acto o contrato relacionado, conexo o complementario del objeto social. Capital: la suma de $12.000.000.- dividido en 12.000 acciones nominativas, de una misma y única serie, sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado por los accionistas: Sociedad de Inversiones De Miranda SpA, suscribe 11.880 acciones, representativas de los derechos por el 99% del capital, que le corresponden en la sociedad que se transforma; y Juan Carlos Miranda Aránguiz, suscribe 120 acciones, representativas de los derechos por el 1% del capital, que le corresponden en la sociedad que se transforma; Administración. La administración de la sociedad será ejercida por un Gerente que será designado mediante una escritura pública de nombramiento que deberá ser otorgada por accionistas que representen a lo menos el 70% de las acciones suscritas y pagadas de la sociedad; Duración. indefinida; Responsabilidad. Los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes; Domicilio. La ciudad de Antofagasta, sin perjuicio que pueda establecer sucursales en otras ciudades o países. II. Nombramiento de Gerente: Waldo Arturo Ríos Salvo, cédula de identidad N° 9.239.974-5, amplias facultades, única limitación requerirá el acuerdo unánime de la Junta de Accionistas para: i) Proceder a la enajenación de los bienes o activos de la compañía, sea que incluya o no su pasivo; o ii) Para la contratación de créditos por cantidades superiores al monto del capital social; o iii) Para el otorgamiento de garantías reales o personales para caucionar obligaciones de terceros, o para el pago o cumplimiento de obligaciones de terceros. Demás estipulaciones y Estatuto completo en escritura extractada. Antofagasta, 27 de enero de 2023.