Comercial e Inversiones Falcon Limitada
Instrumento
- Fecha
- 11 de enero de 2023
- Repertorio
- 339-23
- Notario
- ELIANA ANDREA MARTINEZ CARDENAS
- Domicilio
- Agrupación de Comunas de Temuco
Personas y entidades (3)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Gustavo Adolfo Becerra Arévalo | socio | 12250425-5 | — | — | |
| Haydee Luisa Alarcón Vidal | socio | 7969656-0 | — | — | |
| José Antonio Solar Monsalves | socio | 7222575-9 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalELIANA ANDREA MARTINEZ CARDENAS, Abogado, Notario Público de la Agrupación de Comunas de Temuco, Padre Las Casas, Melipeuco, Cunco, Vilcún y Freire, suplente de la titular doña Esmirna Vidal Moraga, con domicilio en Antonio Varas 979 Temuco, Certifico: que por escritura pública otorgada ante la Notario Titular doña Esmirna Vidal Moraga, con fecha 11 de enero de 2023, anotada bajo el repertorio N° 339-23, compareció don Gustavo Adolfo Becerra Arévalo, abogado, RUT 12.250.425-5, con domicilio en Aldunate 719, of 801 de Temuco, actuando en representación de doña Haydee Luisa Alarcón Vidal, RUT 7.969.656-0 chilena, comerciante, casado y separado de bienes, y José Antonio Solar Monsalves, RUT 7.222.575-9 chileno, comerciante, casado y separado de bienes, ambos con domicilio en calle Lagos 858, Temuco, procedió a rectificar escritura de transformación de sociedad de responsabilidad limitada “Comercial e inversiones Falcon Limitada” a “Comercial e Inversiones Falcon SpA”, otorgada ante misma notario, con fecha uno de marzo de dos mil veintidós, repertorio número dos mil trescientos setenta y seis, inscrita a fojas 298 bajo el número 132 del Registro de Comercio del Primer Conservador de Temuco del año 2022 y publicada en el diario oficial el 21 de marzo de 2022, edición número 43208. Rectificación recae en cláusula primera, únicamente en la parte de la letra b), se reemplaza la expresión “cuatro millones setecientos mil pesos”, por la expresión “cinco millones de pesos”. Asimismo, se rectifica en la parte referida al aporte de doña Haydee Luisa Alarcón Vidal, se reemplaza la expresión “un millón cuatrocientos diez mil pesos” por la expresión “un millón quinientos mil pesos”. En la parte referida al aporte de don de José Antonio Solar Monsalves, se reemplaza la expresión “tres millones doscientos noventa mil pesos”, por la expresión tres millones quinientos mil pesos”. En la cláusula séptima, del capital, se reemplaza la expresión “cuatro millones setecientos mil pesos” por la expresión “cinco millones de pesos”. Demás estipulaciones constan escritura extractada. DOY FE.- Temuco, 30 de Enero del año 2023.