ASESORÍAS HD COMPLIANCE SpA
Instrumento
- Fecha
- 19 de enero de 2023
- Repertorio
- 4992-2023
- Comuna
- Santiago don
Sociedad
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- La duración de la sociedad será de cuarenta años, contados desde la fecha de la presente escritura, y se prorrogará en forma automática por períodos iguales y sucesivos de diez años cada uno si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario mediante declaración por escritura pública, de la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción de la Sociedad en el registro de comercio respectivo, a lo menos tres meses antes del vencimiento del período original de vigencia de la misma o de cualquiera de las prórrogas que se encontrare en curso
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto exclusivo la realización y prestación de trabajos y asesorías profesionales en materias legales, de cumplimiento normativo, laborales, penales y en especial investigación y auditoría interna de empresas respecto de cumplimiento de políticas y normas, auditoria normativa, informes en las distintas áreas del compliance, capacitaciones en dichas materias, asesorías a oficiales de cumplimiento encargados de prevención y encargados de gestión de riesgos y control interno en las empresas, siempre enmarcado en los conceptos legales asociados a dichas materias y respecto de las cuales suelen intervenir abogados, asesores legales y profesionales afines al
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Junta Extraordinaria Accionistas de la sociedad ASESORÍAS HD COMPLIANCE SpA | socio | 77528723-3 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalROBERTO PUGA PINO, Notario Suplente del Titular de la 2° Notaría de Santiago don Francisco Javier Leiva Carvajal, con oficio en calle Alcántara N°107, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, certifico que: Por escritura pública de fecha 19 de Enero de 2023, Repertorio Nº4.992-2023, ante Notario Titular, se redujo a escritura pública el Acta de Junta Extraordinaria Accionistas de la sociedad ASESORÍAS HD COMPLIANCE SpA, RUT N°77.528.723-3, en adelante la “Sociedad”, inscrita a fojas 2495, Nº1144 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2022, celebrada en la ciudad de Santiago con fecha 23 de diciembre de 2022, en la que comparecieron los accionistas i) Carlos Rodrigo Frías Tapia, ii) Rebeca Zamora Picciani, iii) Gonzalo Javier Delaveau Swett, vi) José Luis Honorato San Román, v) Jorge Sebasti{an Delpiano Torrealba, vi) Juan Ignacio Peña Lacámara y vii) Matías Pablo Langevin Correa, los cuales conforman la totalidad de las acciones emitidas por la Sociedad, de las cuale el Notario que autoriza certifica que son los únicos y exclusivos accionistas de la Sociedad según el Registro de Accionistas que ha tenido a la vista, en la cual se acordó, entre otras modificaciones que no son objeto de extracto, modificar el objeto social, la razón social, la forma de ejercer la administración de la Sociedad y su transformación en una sociedad de responsabilidad limitada, todo lo anterior quedando en los términos que a continuación se indican: Socios: don Carlos Rodrigo Frías Tapia, doña Rebeca Concepción Zamora Picciani, don Gonzalo Javier Delaveau Swett, don José Luis Honorato San Román, don Jorge Sebastián Delpiano Torrealba, don Juan Ignacio Peña Lacámara, y don Matías Langevin Correa, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Vitacura Nº 2939, piso 8, comuna de Las Condes, Santiago. Nombre: “ASESORÍAS HD COMPLIANCE LIMITADA”, pudiendo funcionar y actuar, inclusive ante los bancos u otras instituciones, con el nombre de fantasía de “HD COMPLIANCE Ltda.”. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto exclusivo la realización y prestación de trabajos y asesorías profesionales en materias legales, de cumplimiento normativo, laborales, penales y en especial investigación y auditoría interna de empresas respecto de cumplimiento de políticas y normas, auditoria normativa, informes en las distintas áreas del compliance, capacitaciones en dichas materias, asesorías a oficiales de cumplimiento encargados de prevención y encargados de gestión de riesgos y control interno en las empresas, siempre enmarcado en los conceptos legales asociados a dichas materias y respecto de las cuales suelen intervenir abogados, asesores legales y profesionales afines al objeto social. Dichas prestaciones profesionales serán realizadas por la Sociedad por medio de sus socios, asociados, dependientes y, en general, terceros subcontratados que tengan un giro afín con estas prestaciones, sean estos relacionados o no con la Sociedad. Esta Sociedad actuará como sociedad de profesionales para todos los efectos legales a que haya lugar. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezca en otros lugares del país o del extranjero Duración: La duración de la sociedad será de cuarenta años, contados desde la fecha de la presente escritura, y se prorrogará en forma automática por períodos iguales y sucesivos de diez años cada uno si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario mediante declaración por escritura pública, de la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción de la Sociedad en el registro de comercio respectivo, a lo menos tres meses antes del vencimiento del período original de vigencia de la misma o de cualquiera de las prórrogas que se encontrare en curso. Capital: El capital social es la suma de un millón de pesos, que los socios han suscrito y pagado en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, en la siguiente proporción: /a/ Gonzalo Javier Delaveau Swett, ha aportado y pagado la suma de ciento sesenta y dos mil pesos, equivalentes a un dieciséis coma dos por ciento del capital e interés social, ya ingresado en caja social; /b/ José Luis Honorato San Román, ha aportado y pagado la suma de ciento sesenta y dos mil pesos, equivalentes a un dieciséis coma dos por ciento del capital e interés social, ya ingresado en caja social; c) Jorge Sebastián Delpiano Torrealba, ha aportado y pagado la suma de ciento cincuenta y seis mil pesos, equivalentes a un quince coma seis por ciento del capital e interés social, ya ingresado en caja social; d) Juan Ignacio Peña Lacámara, ha aportado y pagado la suma de noventa mil pesos, equivalentes a un nueve por ciento del capital e interés social, ya ingresado en caja social; /e/ Matías Langevin Correa, ha aportado y pagado la suma de treinta mil pesos, equivalentes a un tres por ciento del capital e interés social, ya ingresado en caja social; /f/ Carlos Rodrigo Frías Tapia, ha aportado y pagado la suma de doscientos mil pesos, equivalentes a un veinte por ciento del capital e interés social, ya ingresado en caja social; y /g/ Rebeca Zamora Picciani, ha aportado y pagado la suma de doscientos mil pesos, equivalentes a un veinte por ciento del capital e interés social, ya ingresado en caja social. Administración y uso razón social: 1) La Sociedad será administrada por un Comité de Socios (en adelante, el “Comité”). El Comité estará compuesto por miembros cuyo número de integrantes será variable en función del número de socios personas naturales que tenga la Sociedad de manera que, habrá tantos miembros del Comité como socios personas naturales mantenga la Sociedad. 2) Sólo podrán ser miembros del Comité las personas naturales que sean socias de la Sociedad. 3) Se considerará miembro del Comité a la persona que, por esa sola circunstancia, se incorpore a la Sociedad como socio(a) de ésta, sin que sea necesario efectuar trámite o gestión posterior alguna, debiendo dejarse constancia de ello en la próxima sesión ordinaria del Comité que se lleve a cabo. 4) Los socios y miembros del Comité señores José Luis Honorato San Román, Gonzalo Javier Delaveau Swett, Jorge Sebastián Delpiano Torrealba, Juan Ignacio Peña Lacámara, Matías Langevin Correa, Carlos Rodrigo Frías Tapia y Rebeca Zamora Picciani, en todo caso tendrán la calidad de “miembros fundadores” del Comité para los efectos de estos estatutos. La forma de funcionar del Comité y sus facultades se encuentran indicadas en la escritura extractada.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de este extracto para su legalización.- Santiago, 27 de Enero de 2023.