CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

TOPFIELD SpA

RUT 25590595-3 CVE 2263549
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
19 de enero de 2023
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
19 de enero de 2023
Repertorio
417
Notario
R. ALFREDO MARTIN ILLANES
Oficio
15ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la Sociedad es, ya sea por cuenta propia o ajena, de forma directa o indirecta, y a todo título: La organización de toda clase de espectáculos, públicos, semi públicos o privados, de teatro, de cine, de turismo, televisión, circo, musicales, de video, cintas magnetofónicas o digitales y la grabación y edición de éstas; Organización y producción de eventos y actividades de entretenimiento, deportivas, turismo y otras actividades de esparcimiento, actividades inmobiliarias realizadas con bienes propios o arrendados, hoteles, campamentos y otros tipos de hospedaje temporal, publicidad, restaurantes, bares y cantinas; La filmación y grabación de toda clase de eventos, discos, películas, recitales, obras teatrales, programas de cine y televisión como su distribución; Comprar, vender, tomar y dar en arriendo salas de espectáculos u otros locales al efecto; La inversión en todo tipo de bienes, tanto muebles como inmuebles, corporales e incorporales, pudiendo invertir en acciones, bonos y otros valores, y en sociedades de toda clase, ya sea constituyéndolas, asociándose, o incorporándose a ellas; Importar y exportar material discográfico y audiovisual y en general, todo lo que esté, en forma alguna relacionado con actuaciones de personas, grupos y)o espectáculos, en vivo o grabados y en general, operaciones o negocios que acuerden los socios, y que tengan directa relación con su objeto u otros que los socios determinen de común acuerdo; Corretaje de propiedades, compra y venta de inmuebles, compra, venta, arriendo y administración de propiedades. En general, la empresa podrá llevar a cabo todos los actos, contratos y negocios que se relacionen directa o indirectamente con los fines ya expresados

Administración

La representación, administración y el uso de la razón social corresponderá a un administrador

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

R. ALFREDO MARTIN ILLANES, abogado, Notario Público Titular de la 15ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Mardoqueo Fernández N° 201, locales 101 y 102, Providencia, certifico: por escritura privada de fecha 19 de enero de 2023, protocolizada con fecha 24 de enero de 2023 ante mí, repertorio 417 – 2023, JONY JAVIER DE LA HOZ KOEPKE, colombiano, soltero, ingeniero de sistemas, Cédula de Identidad de Extranjeros Nº 25.590.595-3, domiciliado en Av. El Guanaco Norte 1191, comuna de Huechuraba, Región Metropolitana y ALFREDO SEBASTIÁN ROSADILLA RIBEIRO, uruguayo, soltero, programador, cédula de identidad de Extranjeros Nº 27.357.918-4, domiciliado en Avenida Sucre 1687, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, constituyen Sociedad por Acciones. RAZÓN SOCIAL. El nombre o razón social será el nombre de la empresa será “TOPFIELD SpA”.- OBJETO. El objeto de la Sociedad es, ya sea por cuenta propia o ajena, de forma directa o indirecta, y a todo título: La organización de toda clase de espectáculos, públicos, semi públicos o privados, de teatro, de cine, de turismo, televisión, circo, musicales, de video, cintas magnetofónicas o digitales y la grabación y edición de éstas; Organización y producción de eventos y actividades de entretenimiento, deportivas, turismo y otras actividades de esparcimiento, actividades inmobiliarias realizadas con bienes propios o arrendados, hoteles, campamentos y otros tipos de hospedaje temporal, publicidad, restaurantes, bares y cantinas; La filmación y grabación de toda clase de eventos, discos, películas, recitales, obras teatrales, programas de cine y televisión como su distribución; Comprar, vender, tomar y dar en arriendo salas de espectáculos u otros locales al efecto; La inversión en todo tipo de bienes, tanto muebles como inmuebles, corporales e incorporales, pudiendo invertir en acciones, bonos y otros valores, y en sociedades de toda clase, ya sea constituyéndolas, asociándose, o incorporándose a ellas; Importar y exportar material discográfico y audiovisual y en general, todo lo que esté, en forma alguna relacionado con actuaciones de personas, grupos y/o espectáculos, en vivo o grabados y en general, operaciones o negocios que acuerden los socios, y que tengan directa relación con su objeto u otros que los socios determinen de común acuerdo; Corretaje de propiedades, compra y venta de inmuebles, compra, venta, arriendo y administración de propiedades. En general, la empresa podrá llevar a cabo todos los actos, contratos y negocios que se relacionen directa o indirectamente con los fines ya expresados. CAPITAL. El capital de la sociedad será la suma de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, todas de una misma serie, de igual valor y sin valor nominal, que se entera y paga de la siguiente forma: don JONY JAVIER DE LA HOZ KOEPKE, cincuenta por ciento del capital social, esto es la suma total de quinientos mil pesos, ingresando todo en este acto en arcas sociales al contado y en dinero efectivo; don ALFREDO SEBASTIÁN ROSADILLA RIBEIRO, cincuenta por ciento del capital social, esto es la suma total de quinientos mil pesos, ingresando todo en este acto en arcas sociales al contado y en dinero efectivo. En consecuencia, queda totalmente pagado y enterado el capital de la sociedad. ADMINISTRACIÓN. La representación, administración y el uso de la razón social corresponderá a un administrador. DURACIÓN. Indefinida. DOMICILIO El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, Chile, sin perjuicio de poder establecer agencias o sucursales que pudieren ser establecidas tanto en Chile como en el extranjero. ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO: La administración recaerá en don JONY JAVIER DE LA HOZ KOEPKE, y se mantendrá vigente en tanto no sea modificada en la forma establecida en el Artículo Octavo de estos estatutos. RESPONSABILIDAD: Limitada monto de aporte. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 25 de enero de 2023.