MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Sensacional SpA

RUT 76461062-8 CVE 2263860
Capital
$1.444.596.616 CLP
Fecha instrumento
24 de enero de 2023
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
24 de enero de 2023
Notario
Luis Ignacio Manquehual Mery
Oficio
8° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.444.596.616 CLP
Domicilio
comuna de Vitacura
Duración
Indefinida

Objeto social

1) La provisión de todo tipo de servicios de intermediación y corredurería, pudiendo al efecto efectuar todo tipo de actos y contratos por cuenta y nombre de terceros, incluyendo pero sin limitarse a, la compra, venta, arriendo, permuta, depósito, donación, leasing y cualquier otro acto o contrato sin importar su naturaleza por a nombre y cuenta de terceros; 2) la provisión de todo tipo de servicios digitales incluyendo cuentas de internet o de cualquier otro medio tecnológico y la oferta de plataformas digitales para fines comerciales o de cualquier otra índole, pudiendo ser utilizados por la sociedad o por terceros; 3) la inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales incluyendo valores mobiliarios, pudiendo al efecto comprar, vender, permutar, arrendar, donar y celebrar todo tipo de actos y contratos; 4) constituir y participar en toda clase de sociedades sean comerciales o civiles, incluyendo sociedades colectivas, sociedades en comandita por acciones, sociedades de responsabilidad limitada, sociedades por acciones y sociedades anónimas, como asimismo en toda clase de personas jurídicas sin fines de lucro incluyendo toda clase de asociaciones, fundaciones y corporaciones; 5) transportar bienes muebles desde un lugar a otro; y 6) almacenar bienes muebles en depósitos o bodegas designadas para tal efecto

Administración

La Sociedad será administrada por un Directorio compuesto de seis miembros que durarán un período de tres años en sus funciones, al término del cual se renovarán totalmente, pudiendo ser reelegidos. Sin perjuicio de lo anterior, la Junta de Accionistas podrá revocar su nombramiento antes, lo que podrá ocurrir en cualquier tiempo y podrá afectar a todos los directores o solo a uno o más de ellos. Los directores podrán ser o no accionistas de la Sociedad. El Directorio designará entre sus miembros un Presidente, cuyo voto no dirimirá los empates.”

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Luis Ignacio Manquehual Mery, abogado, Notario Público Titular de la 8° Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos 941, local 302, comuna de Santiago, certifica: Que por escritura pública de fecha 24 de enero de 2023, otorgada ante mí, bajo Repertorio número 1223-2023, se redujo el acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad Sensacional SpA, sociedad inscrita a fojas 61.854 número 27.309 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2022 (en adelante, la “Sociedad”) celebrada el día 10 de noviembre del año 2021, en la que se acordó, entre otras cosas: (A) Modificar los estatutos de la Sociedad a fin de ajustarlos a todas las modificaciones que se incorporan, y aprobar un nuevo estatuto refundido, del cual se extracta: “Nombre: Sensacional SpA. Domicilio: comuna de Vitacura, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero. Duración: Indefinida. Objeto: 1) La provisión de todo tipo de servicios de intermediación y corredurería, pudiendo al efecto efectuar todo tipo de actos y contratos por cuenta y nombre de terceros, incluyendo pero sin limitarse a, la compra, venta, arriendo, permuta, depósito, donación, leasing y cualquier otro acto o contrato sin importar su naturaleza por a nombre y cuenta de terceros; 2) la provisión de todo tipo de servicios digitales incluyendo cuentas de internet o de cualquier otro medio tecnológico y la oferta de plataformas digitales para fines comerciales o de cualquier otra índole, pudiendo ser utilizados por la sociedad o por terceros; 3) la inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales incluyendo valores mobiliarios, pudiendo al efecto comprar, vender, permutar, arrendar, donar y celebrar todo tipo de actos y contratos; 4) constituir y participar en toda clase de sociedades sean comerciales o civiles, incluyendo sociedades colectivas, sociedades en comandita por acciones, sociedades de responsabilidad limitada, sociedades por acciones y sociedades anónimas, como asimismo en toda clase de personas jurídicas sin fines de lucro incluyendo toda clase de asociaciones, fundaciones y corporaciones; 5) transportar bienes muebles desde un lugar a otro; y 6) almacenar bienes muebles en depósitos o bodegas designadas para tal efecto. Capital: El capital de la Sociedad asciende a la suma de $1.444.596.616,47, dividido en 18.784.829 acciones ordinarias, y 3.811.744 acciones preferentes Serie A, cuyas preferencias se señalan en el artículo Quinto Bis de los estatutos; todas las cuales se suscriben y pagan en la forma indicada en el artículo primero transitorio. Se deja constancia que tanto el capital inicial, como los eventuales aumentos de capital podrán pagarse en dinero efectivo, bienes o aportes de trabajo. La valorización de los aportes en bienes o trabajo se hará por los accionistas. En silencio o a falta de acuerdo, los aportes deberán pagarse en dinero efectivo. El capital deberá ser aumentado o disminuido mediante acuerdo de la Junta de Accionistas. El plazo para enterar los aumentos de capital será de 12 meses contados desde la fecha del acuerdo respectivo, salvo que la Junta acuerde algo distinto. En el caso de aumentos de capital mediante la emisión de acciones de pago, será necesario hacer oferta preferente de dichas acciones a los accionistas de la Sociedad. Administración: La Sociedad será administrada por un Directorio compuesto de seis miembros que durarán un período de tres años en sus funciones, al término del cual se renovarán totalmente, pudiendo ser reelegidos. Sin perjuicio de lo anterior, la Junta de Accionistas podrá revocar su nombramiento antes, lo que podrá ocurrir en cualquier tiempo y podrá afectar a todos los directores o solo a uno o más de ellos. Los directores podrán ser o no accionistas de la Sociedad. El Directorio designará entre sus miembros un Presidente, cuyo voto no dirimirá los empates.” Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 25 de enero de 2023.