SCK ABOGADOS Y CONSULTORES SpA
Instrumento
- Fecha
- 30 de diciembre de 2022
- Repertorio
- 56116/2022
- Notario
- ÁLVARO GONZALEZ SALINAS
- Oficio
- 42 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $18.000.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Santiago
- Duración
- La duración de la sociedad será de cinco años a contar de la fecha de suscripción de la escritura extractada, plazo que se prorrogará automática, tácita y sucesivamente por períodos iguales de cinco años, si ninguno de los socios expresa su voluntad de ponerle término mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de seis meses de anticipación al vencimiento del respectivo periodo. El Notario certifica que tuvo a la vista el Registro de Accionistas de la Sociedad y que, a la fecha de la escritura, los comparecientes eran los únicos y actuales accionistas de ésta
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto exclusivo la prestación de servicios o asesorías profesionales especialmente en las áreas del derecho, impuestos, precios de transferencia, contabilidad y finanzas, así como otras materias profesionales similares, afines o complementarias
Administración
La administración y el uso de la razón social de la sociedad corresponderán a dos administradores designados por la unanimidad de los socios, por medio de escritura pública a la que comparecerán directamente los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalÁLVARO GONZALEZ SALINAS, Notario Público, Titular de la 42 Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas número 1.070, piso 2, de la comuna de Santiago, certifico: por escritura pública de fecha 30 de diciembre de 2022, otorgada ante mí, bajo el repertorio N°56.116/2022, doña MARÍA CRISTINA CARRASCO ESPINOZA, domiciliada en Camino Lo Pinto sin número, Condominio Los Ciruelos, parcela 89, Colina; doña MÓNICA PEÑA CABRERA, domiciliada en calle Las Hortensias 2489, Providencia; don EDMUNDO EDGARDO SOTO NAVARRO, domiciliado en Camino Lo Pinto sin número, Condominio Los Ciruelos, parcela 89, Colina, por sí y en representación de la sociedad INVERSIONES Y SERVICIOS PROFESIONALES LOS EVANGELISTAS SpA, domiciliada en calle Los Militares 5001, Las Condes; y don JUAN IGNACIO CORNEJO RODRÍGUEZ, domiciliado en calle Las Hortensias 2489, Providencia, por sí y en representación de la sociedad INVERSIONES ENSENADA SpA, domiciliada en calle Los Militares 5001, Las Condes, en su calidad de únicos y actuales accionistas de la sociedad SCK ABOGADOS Y CONSULTORES SpA, inscrita a fojas 52.795 N°36.779 del Registro de Comercio de Santiago del año 2010, la transformaron en una sociedad de responsabilidad limitada, de cuyos estatutos extracto: Razón Social: SCK ABOGADOS Y CONSULTORES LIMITADA. Domicilio: Ciudad de Santiago. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto exclusivo la prestación de servicios o asesorías profesionales especialmente en las áreas del derecho, impuestos, precios de transferencia, contabilidad y finanzas, así como otras materias profesionales similares, afines o complementarias. Capital: El capital de la sociedad corresponde a la suma de $18.000.000, íntegramente aportado y enterado por los socios de la siguiente manera: (a) doña María Cristina Carrasco Espinoza, $1.500.000, equivalente a un doceavo del capital social; (b) doña Mónica Peña Cabrera, $1.500.000, equivalente a un doceavo del capital social; (c) don Edmundo Edgardo Soto Navarro, $1.500.000, equivalente a un doceavo del capital social; (d) don Juan Ignacio Cornejo Rodríguez, $1.500.000, equivalente a un doceavo del capital social; (e) la Sociedad Inversiones y Servicios Profesionales Los Evangelistas SpA, $6.000.000, equivalente a un tercio del capital social; y (f) la sociedad Inversiones Ensenada SpA, $6.000.000, equivalente a un tercio del capital social. Los socios don Edmundo Edgardo Soto Navarro y don Juan Ignacio Cornejo Rodríguez, aportan su trabajo personal, servicio e industria en su especialidad profesional, aporte que se prestará en forma continua y permanente. Administración: La administración y el uso de la razón social de la sociedad corresponderán a dos administradores designados por la unanimidad de los socios, por medio de escritura pública a la que comparecerán directamente los socios. Los administradores podrán actuar individual e indistintamente, salvo respecto de facultades señaladas en la letra B del artículo séptimo, las que deberán ser ejercidas de forma conjunta. En el artículo primero transitorio los socios designaron como administradores a don Edmundo Edgardo Soto Navarro y don Juan Ignacio Cornejo Rodríguez, quienes actuarán según lo dispuesto en el artículo séptimo de los estatutos sociales. Duración: La duración de la sociedad será de cinco años a contar de la fecha de suscripción de la escritura extractada, plazo que se prorrogará automática, tácita y sucesivamente por períodos iguales de cinco años, si ninguno de los socios expresa su voluntad de ponerle término mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de seis meses de anticipación al vencimiento del respectivo periodo. El Notario certifica que tuvo a la vista el Registro de Accionistas de la Sociedad y que, a la fecha de la escritura, los comparecientes eran los únicos y actuales accionistas de ésta. Demás estipulaciones en la escritura extractada. Santiago, 27 de enero de 2023.