CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Muñoz, Sierra y Compañía Limitada

CVE 2263354
Fecha instrumento
19 de enero de 2023
Notaría
La Serena

Instrumento

Fecha
19 de enero de 2023
Notario
PABLO IGNACIO BUSTOS MOLINA
Oficio
Tercera Notaría de La Serena
Comuna
La Serena

Sociedad

Ley aplicable
Ley 3.918.

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PABLO IGNACIO BUSTOS MOLINA, abogado, Notario Público Titular, Tercera Notaría de La Serena, Los Carrera 225, certifica: Por escritura pública de hoy, ante mí, don Ulises del Carmen Muñoz Ledesma, domiciliado en Avenida Diego de Almagro Nº502, casa Nº5, comuna Diego de Almagro, Región de Atacama, doña Eugenia del Carmen Sierra Carvajal, domiciliada en Avenida Diego de Almagro Nº502, casa Nº5, comuna Diego de Almagro, Región de Atacama, doña Gabriela Fernanda Muñoz Sierra, domiciliada en pasaje Alfilerillo Nº1074, comuna de La Serena, Región de Coquimbo y don Danniel Ulisses Muñoz Sierra, domiciliado en pasaje Alfilerillo Nº1074, comuna de La Serena, Región de Coquimbo, vienen en constituir Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada denominada “Muñoz, Sierra y Compañía Limitada”, pudiendo usar el nombre de fantasía “Muñoz Sierra Ltda.”. Los socios encargados de la administración y del uso de la razón social serán doña Gabriela Fernanda Muñoz Sierra y don Danniel Ulisses Muñoz Sierra. El capital social es la cantidad ascendente a doscientos veinticinco millones de pesos, que los socios aportan y pagan en las siguientes proporciones: a) don ULISES DEL CARMEN MUÑOZ LEDESMA, es dueño de los siguientes inmuebles que pasa a aportar: i) Bien inmueble ubicado en calle Alfilerillo número mil setenta y cuatro, comuna de La Serena, Región de Coquimbo, que corresponde al Sitio Ocho de la manzana H del plano del Loteo Las Tinajas de Cisternas, agregado bajo el número quinientos noventa y cuatro al final del Registro de Propiedad del año mil novecientos noventa y seis. De acuerdo a dicho plano el sitio aludido tiene una superficie aproximada de doscientos treinta y tres coma setenta y cinco metros cuadrados y los siguientes deslindes especiales: AL NORTE: en ocho coma noventa metros con lote uno de la misma manzana H; AL SUR: en cuatro metros en ochoavo y en cinco coma noventa y seis metros con pasaje Alfilerillo; AL ESTE: en veinticinco coma cuarenta y dos metros con lote siete de la misma manzana H; y al OESTE: en veinticuatro coma noventa y cuatro metros con pasaje Las Pataguas. Adquirió dicha propiedad por compraventa realizada a Cooperativa de Financiamiento, Construcción y Servicios Habitacionales de Vivienda Habitacoop Limitada, lo cual consta en la escritura pública de veintiséis de marzo de mil novecientos noventa y seis, otorgada en la Notaría de don Oscar Suarez Álvarez de Coquimbo, repertorio ciento noventa y cuatro. El título de dominio se inscribió a su nombre a fojas dos mil ochocientos ochenta y seis, número dos mil seiscientos ochenta y dos, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de La Serena del año mil novecientos noventa y siete, dejando constancia además que a la fecha de constitución de la presente sociedad a la propiedad no le afectan hipotecas y gravámenes de ningún tipo. El inmueble individualizado se aporta en el estado en que actualmente se encuentra, estado que declaran conocer y estar conformes los socios, con todo lo edificado, plantado y cercado, con sus usos, costumbres, derechos y servidumbres. Declaran los socios que no se adeuda suma alguna por concepto de contribuciones y que, de adeudarse serán de cargo exclusivo de la sociedad. ii) Bien inmueble ubicado en Avenida Diego de Almagro número quinientos dos, casa cinco, comuna Diego de Almagro, Región de Atacama, que corresponde a la Manzana 3 del Sitio número catorce, Lote uno guion a, de la Población Centro Estación, conforme al plano archivado bajo el número veintitrés en el Registro de Documentos de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Diego de Almagro, año dos mil tres, con una superficie total de ciento setenta coma ochenta y nueve metros cuadrados y construido una superficie aproximada de sesenta y siete coma veintiocho metros cuadrados, y los siguientes deslindes: NORTE: en ocho coma setenta y cinco metros con otro propietario; SUR: con ocho coma setenta y cinco metros con lote uno guion b; ORIENTE: en quince metros con otro propietario; PONIENTE: en quince metros con unidad o casa seis del mismo condominio. Adquirió dicha propiedad por compraventa que le hizo a Banco Del Estado De Chile, así consta de la escritura pública de doce de mayo del año dos mil diez, otorgada por notario Rene Benavente Cash, notario titular en la Cuadragésima Quinta Notaría de Santiago, repertorio dieciséis mil cuatrocientos setenta y nueve guion dos mil diez. El título de dominio se inscribió a su nombre a fojas ciento trece, número noventa y tres, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Diego de Almagro Juan José Carvajal Palacios del año dos mil diez, dejando constancia además que a la fecha de constitución de la presente sociedad a la propiedad le afecta la única limitación al dominio correspondiente al “Reglamento De Copropiedad de Condominio Diego de Almagro”, sin afectarle alguna hipoteca o gravamen de otro tipo. El inmueble individualizado se aporta en el estado en que actualmente se encuentra, estado que declaran conocer y estar conformes los socios, con todo lo edificado, plantado y cercado, con sus usos, costumbres, derechos y servidumbres. Declaran los socios que no se adeuda suma alguna por concepto de contribuciones y que, de adeudarse serán de cargo exclusivo de la sociedad. iii) Bien inmueble ubicado en calle Chañaral número quinientos cinco, comuna Diego de Almagro, Región de Atacama, que corresponde al sitio número dieciséis de la manzana número ciento veintidós, de la Población Villanueva de doscientos treinta y siete metros cuadrados, individualizados en el plano número ochenta y cinco mil ochocientos veintitrés y cuyos deslindes particulares son los siguientes: NORTE: sitio número diecisiete en veinte coma diez metros; ESTE: calle Chañaral en doce metros; SUR: sitio número quince en veinte metros; OESTE: parte de los sitios número tres y dos en once coma setenta metros. Adquirió dicha propiedad por compraventa realizada a Carmelita Adriana Avalos Carlos, así consta de la escritura pública de veinte de octubre de dos mil once, otorgada por Notario de Chañaral Miguel Carrasco Choque, repertorio número trescientos cuarenta y nueve guion dos mil once. El título de dominio se inscribió a su nombre a fojas setenta Vuelta, número cincuenta y ocho del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Diego de Almagro Juan José Carvajal Palacios del año dos mil doce, dejando constancia además que a la fecha de constitución de la presente sociedad a la propiedad no le afectan hipotecas y gravámenes de ningún tipo. El inmueble individualizado se aporta en el estado en que actualmente se encuentra, estado que declaran conocer y estar conformes los socios, con todo lo edificado, plantado y cercado, con sus usos, costumbres, derechos y servidumbres. Declaran los socios que no se adeuda suma alguna por concepto de contribuciones y que, de adeudarse serán de cargo exclusivo de la sociedad. Por el presente instrumento don ULISES DEL CARMEN MUÑOZ LEDESMA materializa dicho aporte en capital de los inmuebles individualizados precedentemente. El aportante avalúa su aporte a la sociedad en la suma de ciento cincuenta y tres millones, monto que fue acordado en relación con el valor patrimonial que representa el bien para el aportante en concordancia con la tasación fiscal de los bienes aportados. Dicha cantidad corresponde al sesenta y ocho por ciento del capital social; b) doña EUGENIA DEL CARMEN SIERRA CARVAJAL, es dueña de los siguientes bienes muebles e inmuebles que pasa a aportar: i) Bien inmueble ubicado en calle Colón número ochocientos diez, comuna Diego de Almagro, Región de Atacama, situada en la Población José Miguel Carrera, que corresponde al sitio número seis de la manzana número ciento cincuenta y dos, individualizado en el plano número tres guion uno guion mil trecientos dieciocho C.U., de una superficie total de doscientos uno coma cuarenta y tres metros cuadrados, siendo los deslindes particulares de la propiedad los siguientes: NORTE: con lote cinco en veinte coma cuarenta metros; ESTE: con calle sin nombre en diez metros; SUR: con lote siete en veinte coma cuarenta metros; OESTE: con calle Cristóbal Colón en diez metros. Adquirió dicha propiedad por compraventa realizada a Marcia Andrea Leyton Hidalgo. Así consta de la escritura pública de seis de diciembre de dos mil uno, otorgada por Notario de Chañaral doña Irma Caceres Peña, número de repertorio trescientos cuarenta y nueve guion dos mil uno. El título de dominio se inscribió a su nombre a fojas ochenta y nueve, número ochenta y tres del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Diego de Almagro Juan José Carvajal Palacios del año dos mil dos, dejando constancia además que a la fecha de constitución de la presente sociedad a la propiedad le afecta prohibición y limitaciones al dominio por parte de Serviu Región de Atacama inscrita a fojas treinta y tres, número treinta del año dos mil dieciséis, sin afectarle alguna hipoteca o gravámenes de otro tipo. El inmueble individualizado se aporta en el estado en que actualmente se encuentra, estado que declaran conocer y estar conformes los socios, con todo lo edificado, plantado y cercado, con sus usos, costumbres, derechos y servidumbres. Declaran los socios que no se adeuda suma alguna por concepto de contribuciones y que, de adeudarse serán de cargo exclusivo de la sociedad. ii) Bien inmueble ubicado en calle La Feria número setenta y dos, comuna de Ovalle, Región de Coquimbo, correspondientes al Lote A de los en que se subdividió una casa y sitio de nueve coma cincuenta metros de frente por ochenta y cinco metros de fondo, ubicado en la parte baja de la Población llamada Feria Agrícola, comuna de Ovalle, Provincia de Limarí, Cuarta Región, lote que de acuerdo al plano agregado bajo el número trescientos noventa y ocho, al final del Registro de Propiedad del año mil novecientos noventa y tres, tiene una superficie de cuatrocientos veintisiete coma cincuenta metros cuadrados, cuyas medidas y deslindes son los siguientes: AL NORTE: en nueve coma cincuenta metros con sitio Lote b; AL SUR: en nueve coma cincuenta metros con Avenida La Feria; AL ORIENTE: en cuarenta y cinco metros con propiedad de don Hugo Barrios; AL PONIENTE: en cuarenta y cinco metros con propiedad de Hugo Barrios. Adquirió dicha propiedad por compraventa realizada a Eugenio Del Rosario Sierra Carvajal, así consta de la escritura pública de Cesión de Derechos de fecha veinticinco de enero de mil novecientos noventa y nueve, otorgada por Héctor Manuel Ferrada Escobar, abogado, Notario Público Titular de Agrupación de comunas de Ovalle, Río Hurtado, Monte Patria y Punitaqui, repertorio número ciento setenta y cuatro. El título de dominio se inscribió a su nombre a fojas ciento ochenta y cuatro, número ciento ochenta y ocho, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Ovalle del año mil novecientos noventa y nueve. El inmueble individualizado se aporta en el estado en que actualmente se encuentra, estado que declaran conocer y estar conformes los socios, con todo lo edificado, plantado y cercado, con sus usos, costumbres, derechos y servidumbres. Declaran los socios que no se adeuda suma alguna por concepto de contribuciones y que, de adeudarse serán de cargo exclusivo de la sociedad. iii) Mejoras ubicadas en el Balneario Flamenco N J S número tres, comuna de Chañaral, construidas en terreno fiscal, cuyas dimensiones son ocho metros de frente por quince metros de fondo, y constan de dos piezas de material sólido, y adquiriera por compraventa a don Florentino Ernesto Delso Guzmán, así consta de la escritura pública de veintidós de enero de dos mil uno, otorgada por Irma Cáceres Peña, Notario de Chañaral, repertorio número quince guion dos mil uno. Por el presente instrumento doña EUGENIA DEL CARMEN SIERRA CARVAJAL materializa dicho aporte en capital de los inmuebles y mejoras individualizadas precedente. El aportante avalúa su aporte a la sociedad en sesenta y siete millones quinientos mil pesos, monto que fue acordado en relación con el valor patrimonial que representa el bien para el aportante y en concordancia con la tasación fiscal de los bienes aportados. Dicha cantidad corresponde al treinta por ciento del capital social; c) doña GABRIELA FERNANDA MUÑOZ SIERRA, aporta la cantidad de dos millones doscientos cincuenta mil pesos que corresponde al uno por ciento del capital social, que paga de contado en este acto y en dinero efectivo; y d) DANNIEL ULISSES MUÑOZ SIERRA, aporta la cantidad de dos millones doscientos cincuenta mil pesos que corresponde al uno por ciento del capital social, que paga de contado en este acto y en dinero efectivo. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. El objeto de la sociedad será desarrollar directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: a) Prestar asesorías y servicios de todo tipo de administración y dirección a cualquier tipo de actividades productivas, industriales, comerciales y de servicios, ya sean ejecutadas por personas naturales o jurídicas, b) Efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración, c) Actividades inmobiliarias realizadas con bienes propios o arrendados, d) Cualquier otra actividad que acuerden los socios. La Sociedad comenzará a regir desde la fecha de la presente escritura correspondiente al diecinueve de enero de dos mil veintitrés, y tendrá una duración de cinco años, renovables tácita y sucesivamente por periodos iguales. Extracto redactado por la abogada Camila Orozco Rodríguez de conformidad a lo dispuesto en el artículo 354 del Código de Comercio en concordancia con el artículo 3º de la Ley 3.918.- Demás estipulaciones escritura extractada. La Serena, 19 de Enero de 2023.