IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES SERGIO ANTONIO PINO DÍAZ EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 25 de enero de 2023
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- N. fantasía
- “IMPERIO SPD E.I.R.L.”
- Capital
- $3.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- 5 años, prorrogándose sucesivamente por periodos iguales si el constituyente nada dice dentro de un plazo de 60 días con anterioridad al cumplimiento del plazo ya señalado
Objeto social
la importación, exportación, comercialización, distribución y servicio técnico de automóviles, navieras, maquinarias, repuestos, equipos y herramientas industriales en general, compra y venta al mayor y al detalle de repuestos, accesorios para la minería, agricultura, excedentes industriales, carbón vegetal, madera en bruto y productos primarios de la elaboración de madera y productos primarios de metales preciosos y otros metales no ferrosos y todo lo inherente o relacionado con sus reparaciones, equipamiento, transformación y diseño. Podrá también ejercer representaciones, recibir consignaciones extranjeras o nacionales de los bienes señalados precedentemente, adquirir, registrar, ceder o explotar patentes de invenciones y marcas de fábricas o de comercio. Podrá realizar actividades de transporte nacional o internacional, de todo tipo de mercaderías, ya sea por vías terrestres, aéreas, marítimas, sea por medios o vehículos propios o de terceros. De igual modo podrá realizar todo los actos industriales, comerciales y de servicios que digan relación con su objeto principal, que permitan la realización de todas las actividades ya enunciadas y en general, podrá desarrollar cualquier actividad que esté o no directa o indirectamente relacionadas
Administración
Le corresponde a su titular y constituyente, don SERGIO ANTONIO PINO DÍAZ, con las más amplias facultades de administración y disposición
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalOCTAVIO FRANCISCO GUTIERREZ LÓPEZ, Titular 30° Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Libertador Bernardo O’Higgins Nº 980, Oficinas 134 y 135, Santiago, certifica: Por escritura pública, fecha de hoy ante mí, don SERGIO ANTONIO PINO DÍAZ, chileno, soltero, contador auditor, ced. ident. N° 18.408.352-3, 29 años de edad, Carmen N° 77, departamento 801, Santiago, constituye empresa individual de responsabilidad limitada: “IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES SERGIO ANTONIO PINO DÍAZ EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”.- Nombre de fantasía: “IMPERIO SPD E.I.R.L.”.- Objeto: la importación, exportación, comercialización, distribución y servicio técnico de automóviles, navieras, maquinarias, repuestos, equipos y herramientas industriales en general, compra y venta al mayor y al detalle de repuestos, accesorios para la minería, agricultura, excedentes industriales, carbón vegetal, madera en bruto y productos primarios de la elaboración de madera y productos primarios de metales preciosos y otros metales no ferrosos y todo lo inherente o relacionado con sus reparaciones, equipamiento, transformación y diseño. Podrá también ejercer representaciones, recibir consignaciones extranjeras o nacionales de los bienes señalados precedentemente, adquirir, registrar, ceder o explotar patentes de invenciones y marcas de fábricas o de comercio. Podrá realizar actividades de transporte nacional o internacional, de todo tipo de mercaderías, ya sea por vías terrestres, aéreas, marítimas, sea por medios o vehículos propios o de terceros. De igual modo podrá realizar todo los actos industriales, comerciales y de servicios que digan relación con su objeto principal, que permitan la realización de todas las actividades ya enunciadas y en general, podrá desarrollar cualquier actividad que esté o no directa o indirectamente relacionadas.- Administración: Le corresponde a su titular y constituyente, don SERGIO ANTONIO PINO DÍAZ, con las más amplias facultades de administración y disposición.- Domicilio: Santiago, sin perjuicio de abrir sucursales en cualquier lugar del país o en el extranjero.- Capital: $3.000.000, que se enteran en este mismo acto en las arcas de la empresa.- Duración: 5 años, prorrogándose sucesivamente por periodos iguales si el constituyente nada dice dentro de un plazo de 60 días con anterioridad al cumplimiento del plazo ya señalado.- Demás Estipulaciones en escritura extractada.– Santiago, 25 de Enero de 2023.