GROMEROA SERVICIOS PROFESIONALES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 25 de enero de 2023
- Repertorio
- 1352/2023
- Notario
- LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY
- Oficio
- Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Cinco años esta fecha, renovables forma pacto
- Ley aplicable
- Ley 3.918
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto exclusivo la prestación de servicios y asesorías legales directamente o indirectamente por intermedio de sus socios o de una o más sociedades de profesionales compuesta por socios que ejercen profesiones idénticas, similares, afines o complementarias
Administración
Corresponderá a ambos socios actuando individualmente, separada e indistintamente
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, abogado, Notario Público, Titular de la Octava Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos novecientos cuarenta y uno, oficina trescientos dos, Comuna y ciudad de Santiago, certifico: Por Escritura Pública de fecha 25/01/2023, Repertorio 1352/2023, ante mi, don Gonzalo Roberto Romero Astaburuaga, domiciliado en calle Robles 12655, departamento 102, cédula de identidad N° 5.145.609-2; y, don Gonzalo Andrés Romero Arrau, domiciliado en calle Los Trapenses 4949, cédula de identidad N° 9.58.325-4; ambos de la Comuna de Lo Barnechea, constituyeron sociedad responsabilidad limitada, regida estatutos, Ley 3.918, sus modificaciones y las demás disposiciones legales o reglamentarias que resulten aplicables. RAZÓN SOCIAL: “GROMEROA SERVICIOS PROFESIONALES LIMITADA”, pudiendo usar para fines publicitarios, comerciales y bancarios la sigla “GRA LTDA.”. OBJETO: La sociedad tendrá por objeto exclusivo la prestación de servicios y asesorías legales directamente o indirectamente por intermedio de sus socios o de una o más sociedades de profesionales compuesta por socios que ejercen profesiones idénticas, similares, afines o complementarias. CAPITAL SOCIAL: $1.000.000 que los socios aportan e ingresan a las arcas sociales del siguiente modo a) Gonzalo Roberto Romero Astaburuaga aporta la suma de $900.000 que entera en este acto en la caja social en dinero efectivo; y b) Gonzalo Andrés Romero Arrau aporta la suma de $100.000 que entera en este acto en la caja social en dinero efectivo; DOMICILIO: Santiago sin perjuicio de las agencias, sucursales, oficinas o establecimientos que pueda instalar, abrir y operar en cualquier otro lugar del territorio del país y en el extranjero. Socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus aportes. ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: Corresponderá a ambos socios actuando individualmente, separada e indistintamente. DURACIÓN: Cinco años esta fecha, renovables forma pacto. Otras estipulaciones escritura extractada.