CARPENTER MARSH FAC CHILE CORREDORES DE REASEGUROS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 18 de enero de 2023
- Notario
- Luis Ignacio Manquehual Mery
- Oficio
- Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Duración
- 3 años a contar de la fecha de la escritura extractada y se renovará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 3 años cada uno, a menos que uno de los socios manifieste su voluntad de disolverla en el tiempo y forma señalada en la escritura extractada
Objeto social
La intermediación de toda clase de reaseguros, y la prestación de toda clase de servicios a la industria aseguradora y reaseguradora, incluyendo la elaboración de proyectos, asesorías, consultorías, así como cualquier otra actividad o servicio que acuerden los socios o que se relacionen con lo anterior
Administración
La administración de la Sociedad, su representación y el uso de la razón social corresponderá a un directorio compuesto de 3 miembros, elegidos por los socios, quienes podrán ser reelegidos indefinidamente. El directorio representará a la Sociedad judicial y extrajudicialmente, y para el cumplimiento del objeto social, y estará investido de todas las facultades de administración y disposición que la ley o los estatutos no establezcan como privativas de los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Ignacio Manquehual Mery, Abogado, Notario Público Titular de la Octava Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 941, local 302, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública otorgada ante mí con fecha 18 de enero de 2023, JLT Chile Holdings SpA, domiciliada en Miraflores 222, departamento 28, piso 28, comuna de Santiago, y Marsh S.A. Corredores de Seguros, domiciliada en Costanera Sur 2730, oficina 1801, comuna de Las Condes, acordaron modificaron los estatutos de CARPENTER MARSH FAC CHILE CORREDORES DE REASEGUROS LIMITADA (la “Sociedad”), en los términos siguientes: (1) Establecer las actuales participaciones de los socios en la Sociedad, reformando al efecto el Artículo Quinto de los estatutos por el siguiente: “Artículo Quinto. Capital. El capital de la Sociedad es la suma de $1.000.000, que los socios aportan y pagan de la siguiente forma: a) JLT Chile Holdings SpA, aporta la cantidad de $999.000, equivalente al 99,9% de los derechos sociales; y b) Marsh S.A. Corredores de Seguros, aporta la cantidad de $1.000, equivalente al 0,1% de los derechos sociales, que son pagados al contado y en dinero efectivo ya ingresados a la caja social”; (2) Establecer que la Sociedad será administrada por un directorio compuesto de 3 miembros, designados por los socios, quienes podrán ser reelegidos indefinidamente; y (3) Pactar y otorgar el texto refundido de los estatutos de la Sociedad, de los cuales se extracta: Socios: JLT Chile Holdings SpA, con domicilio en Miraflores 222, departamento 28, piso 28, Santiago, y Marsh S.A. Corredores de Seguros, con domicilio en Costanera Sur 2730, oficina 1801, Las Condes. Razón social: “Carpenter Marsh Fac Chile Corredores de Reaseguros Limitada”. Su nombre de fantasía será “Carpenter Marsh Ltda.”, el cual podrá ser usado para todo tipo de fines publicitarios, tributarios, comerciales, bancarios, financieros y legales. Administración: La administración de la Sociedad, su representación y el uso de la razón social corresponderá a un directorio compuesto de 3 miembros, elegidos por los socios, quienes podrán ser reelegidos indefinidamente. El directorio representará a la Sociedad judicial y extrajudicialmente, y para el cumplimiento del objeto social, y estará investido de todas las facultades de administración y disposición que la ley o los estatutos no establezcan como privativas de los socios. Capital. La suma de $1.000.000, que los socios aportan y pagan de la siguiente forma: a) JLT Chile Holdings SpA, aporta la cantidad de $999.000, equivalente al 99,9% de los derechos sociales; y b) Marsh S.A. Corredores de Seguros, aporta la cantidad de $1.000, equivalente al 0,1% de los derechos sociales, que son pagados al contado y en dinero efectivo ya ingresados a la caja social. Objeto: La intermediación de toda clase de reaseguros, y la prestación de toda clase de servicios a la industria aseguradora y reaseguradora, incluyendo la elaboración de proyectos, asesorías, consultorías, así como cualquier otra actividad o servicio que acuerden los socios o que se relacionen con lo anterior. Duración: 3 años a contar de la fecha de la escritura extractada y se renovará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 3 años cada uno, a menos que uno de los socios manifieste su voluntad de disolverla en el tiempo y forma señalada en la escritura extractada. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Se facultó portador de extracto para su legalización. Santiago, 20 de enero de 2023.