AUTRAN & HERMOSILLA ASOCIADOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 3 de noviembre de 2022
- Repertorio
- 28777-2022
- Notario
- FELIX JARA CADOT
- Oficio
- 41ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- N. fantasía
- “FOCUS ASESORIAS LTDA.”; b) En el artículo QUINTO, El capital será la suma $2.000.000, que socios aportan de la siguiente forma y proporción: Cada uno aporta $1.000.000, equivalentes a cada uno 50%, que pagan en este acto, en dinero efectivo. Responsabilidad limitada hasta el monto de sus
- Capital
- $2.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFELIX JARA CADOT, Notario Público, Titular 41ª Notaría de Santiago, Huérfanos 1160, subsuelo, certifica: por escritura pública de fecha 3 Noviembre 2022, Repertorio Nº 28.777-2022, ante mí: don ANDRE ANTOINE AUTRAN ORELLANA, Río Maule 3018, casa 25, Valle Grande, Lampa, Santiago, Región Metropolitana; don ISACAR LEVI HERMOSILLA PARDO, y doña KARLA YANINA CONTRERAS PARDO, ambos Av. Rukán 214, casa 179, Colina, Santiago, Región Metropolitana; modificaron la Sociedad de Responsabilidad Limitada AUTRAN & HERMOSILLA ASOCIADOS LIMITADA, constituida escritura pública de fecha 30 junio 2022, en esta misma notaría, bajo el repertorio 15970-2022, cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 53048, número 23633, año 2022, publicado en el Diario Oficial con fecha 6 julio 2022, en los siguientes términos: Por el presente acto y con la comparecencia de sus socios, don ANDRE ANTOINE AUTRAN ORELLANA, cede y transfiere el 50% de sus derechos sociales adquiridos sobre la sociedad, a doña KARLA YANINA CONTRERAS PARDO, quien lo adquiere y acepta para sí en este acto. El precio de la cesión es la suma $1.000.000 que el cedente declara haber recibido en este acto, al contado en dinero en efectivo y a su completa satisfacción. Consecuencia cesión anterior don ISACAR LEVI HERMOSILLA PARDO y doña KARLA YANINA CONTRERAS PARDO, quedan como únicos socios en la referida sociedad con un 50% de participación social respectivamente, debiendo los socios que se quedan hacerse cargo del total del activo y pasivo de la misma. Por este instrumento, los únicos socios, acuerdan modificar la sociedad referida en sus estatutos en las condiciones siguientes: a) En el Artículo SEGUNDO, la razón social será “HERMOSILLA & CONTRERAS LIMITADA”, nombre de fantasía: “FOCUS ASESORIAS LTDA.”; b) En el artículo QUINTO, El capital será la suma $2.000.000, que socios aportan de la siguiente forma y proporción: Cada uno aporta $1.000.000, equivalentes a cada uno 50%, que pagan en este acto, en dinero efectivo. Responsabilidad limitada hasta el monto de sus aportes. c) En el Artículo OCTAVO, Representación, administración y uso de la razón social corresponderá a don ISACAR LEVI HERMOSILLA PARDO y a doña KARLA YANINA CONTRERAS PARDO, quienes actuarán de manera conjunta e indistinta, con todas las más amplias facultades. En todo lo que no se modifica por este instrumento, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. FJC, Not. Publ.