MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Agrícola e Inmobiliaria B Limitada

RUT 77288059-6 CVE 2263733
Fecha instrumento
13 de enero de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
13 de enero de 2023
Repertorio
352-2023
Notario
ANDRÉS CARLOS ZAVALA COURRIOUL
Oficio
29° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Objeto social

La Sociedad tiene por objeto la explotación de predios agrícolas, propios o que la sociedad tenga a cualquier título, sea directamente o por terceros y en cualquier forma, especialmente mediante el cultivo y venta de sus productos, así como la realización de cualquier otra actividad conexa y que los socios acuerden.”. En todo lo no modificado, se mantiene el pacto social primitivo

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS CARLOS ZAVALA COURRIOUL, abogado, Notario Público Titular de la 29° Notaría de Santiago, con domicilio en calle Mac-Iver Nº 225, oficina 302, Santiago, certifico: Que, por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 13 de enero de 2023, número de repertorio 352-2023, doña Laura Ann Bennett Nicholls y don Julio Greene Zúñiga, ambos domiciliados en calle Aurelio González Nº 3450, departamento 602, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago, modificaron la sociedad “Agrícola e Inmobiliaria B Limitada”, RUT Nº 77.288.059-6, la que se encuentra inscrita a fojas 46 número 18 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Río Bueno correspondiente al año 2019. Se modificaron y reemplazaron íntegramente los siguientes artículos permanentes de los estatutos de la Sociedad: i) el Artículo Primero de los estatutos de la Sociedad se reemplaza íntegramente por el siguiente texto: “PRIMERO: Razón Social. Por este acto e instrumento se constituye una sociedad civil de responsabilidad limitada que girará bajo la razón social de “AGRÍCOLA B LIMITADA”; y ii) el Artículo Cuarto de los estatutos de la Sociedad se reemplaza íntegramente por el siguiente texto: “CUARTO: Objeto. La Sociedad tiene por objeto la explotación de predios agrícolas, propios o que la sociedad tenga a cualquier título, sea directamente o por terceros y en cualquier forma, especialmente mediante el cultivo y venta de sus productos, así como la realización de cualquier otra actividad conexa y que los socios acuerden.”. En todo lo no modificado, se mantiene el pacto social primitivo. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 17 de enero de 2023.