MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

International Fruit Trading SpA

RUT 76173954-9 CVE 2262856
Capital
$55.000.000 CLP
Fecha instrumento
30 de diciembre de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
30 de diciembre de 2022
Repertorio
26971-2022
Notario
IVAN TORREALBA ACEVEDO
Oficio
Trigésima Tercera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$55.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

IVAN TORREALBA ACEVEDO, Abogado y Notario Público de la Trigésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 979, oficina 501, de la comuna de Santiago, certifico: que por escritura pública de fecha 30 de diciembre de 2022, otorgada ante mi Suplente doña Verónica Torrealba Costabal, repertorio N°26.971-2022, se redujo el Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de “International Fruit Trading SpA”, Rol Único Tributario número 76.173.954-9, inscrita a fojas 58.591 número 43.007 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2011 (la “Sociedad”), en la que se acordó lo siguiente: (i) Aumentar el capital de la Sociedad de $55.000.000, dividido en 110 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, a la cantidad de $485.000.000, dividido en 970 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. (ii) Modificar los estatutos sociales reemplazando el Artículo Quinto y la Disposición Complementaria Uno, por los siguientes: “ARTÍCULO QUINTO.- El capital de la Sociedad es la cantidad de cuatrocientos ochenta y cinco millones de pesos, dividido en novecientas setenta acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal.”. “UNO.- Las novecientas setenta acciones en que se divide el capital social, cuyo valor total asciende a cuatrocientos ochenta y cinco millones de pesos, son suscritas por el accionista Gestión de Exportaciones Frutícolas S.A., quien las paga como sigue: i) ciento diez acciones, cuyo valor total asciende a cincuenta y cinco millones, en dinero efectivo, con anterioridad a esta fecha; y ii) ochocientas sesenta acciones, cuyo valor asciende a cuatrocientos treinta millones, mediante la cesión de uno o más créditos en contra de terceros, dentro de los treinta días siguientes al treinta de diciembre de dos mil veintidós.”. Demás estipulaciones constan de la escritura extractada y no son materia de extracto. Santiago, 25 de enero de 2023.