INMOBILIARIA E INVERSIONES SAN ENRIQUE SpA
Instrumento
- Fecha
- 28 de diciembre de 2022
- Notario
- RODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP
- Oficio
- 40° Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $3.814.803 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| INMOBILIARIA E INVERSIONES SAN ENRIQUE SpA | socio | 76066456-1 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP, Notario Público de la 40° Notaría Santiago, Suplente del Titular Alberto Mozo Aguilar, con oficio en calle Teatinos 332, comuna de Santiago, Certifico: Que por escritura de hoy, ante mí, don MARCO ANTONIO ENRIQUE JOFRÉ MARÍN cédula nacional de identidad número 7.502.352-9, por sí y en representación de las sociedades INVERSIONES ATLANTIS DOS SpA, RUT en trámite e INVERSIONES ATLANTIS 21 SpA, RUT 76.863.423-8; únicos y actuales accionistas acordaron modificar la sociedad INMOBILIARIA E INVERSIONES SAN ENRIQUE SpA, RUT 76.066.456-1, cuya constitución consta inscrita a fojas 32.681, número 22.370, en el Registro de Comercio Santiago correspondiente al año 2009. Modificación: Aumentar el capital social, que actualmente asciende a la suma de $3.814.803 pesos, a la suma de $166.151.557 pesos, dividido en 4.210.398.442 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal y sin privilegios de ninguna especie, mediante la emisión de 4.113.728.625 acciones de pago, ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal y sin privilegios de ninguna especie, por un valor total de $162.336.754 pesos. La totalidad de las acciones emitidas fueron suscritas y pagadas en la forma que se detalla en la escritura extractada. En consecuencia acordaron reemplazar los artículos Quinto y Primero Transitorio de los estatutos sociales, por los siguientes: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de ciento sesenta y seis millones ciento cincuenta y un mil quinientos cincuenta y siete pesos, dividido en cuatro mil doscientas diez millones trescientas noventa y ocho mil cuatrocientas cuarenta y dos acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal y sin privilegios de ninguna especie, las cuales se suscriben y pagan en la forma consignada en las disposiciones transitorias del presente estatuto.- Cada accionista dispondrá de un voto por cada acción que posea o represente, pudiendo, en las votaciones que se realicen en la Juntas de Accionistas, acumular sus votos en favor de una misma persona, o distribuirlos en la forma que estime conveniente.- Las acciones podrán pagarse en dinero o en otros bienes.” y “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la sociedad es la suma de ciento sesenta y seis millones ciento cincuenta y un mil quinientos cincuenta y siete pesos, dividido en cuatro mil doscientas diez millones trescientas noventa y ocho mil cuatrocientas cuarenta y dos acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal y sin privilegios de ninguna especie ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, a que se refiere el Artículo QUINTO de estos Estatutos Sociales, se suscribe y paga por los accionistas comparecientes de la siguiente manera: a) Con la suma de tres millones ochocientos catorce mil ochocientos tres pesos, correspondientes a la suscripción de noventa y seis millones seiscientas sesenta y nueve mil ochocientas diecisiete acciones en que se dividía en capital social antes de su aumento de fecha por escritura pública de fecha veintisiete de diciembre del año dos mil veintidós; y b) con la suma de ciento sesenta y dos millones trescientos treinta y seis mil setecientos cincuenta y cuatro pesos que corresponden al pago de la suscripción de cuatro mil ciento trece millones setecientas veintiocho mil seiscientas veinticinco acciones, enterados mediante los aportes singularizados en escritura pública de fecha veintiocho de diciembre del año dos mil veintidós, otorgada en la Cuadragésima Notaría de Santiago de Alberto Mozo Aguilar.” En todo lo no modificado, permanecen vigentes las demás estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 28 de diciembre de 2022.