MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

GEO CONSULTAS MÉDICAS LIMITADA

RUT 76251571-7 CVE 2262789
Capital
$2.000 CLP
Fecha instrumento
13 de enero de 2023
Notaría
Pública de Santiago

Instrumento

Fecha
13 de enero de 2023
Comuna
Pública de Santiago

Sociedad

Capital
$2.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

NANCY DE LA FUENTE HERNÁNDEZ, Abogada, Notaria Titular de la 37ª Notaría Pública de Santiago, con oficio en Huérfanos N°1117, oficina 1014, comuna de Santiago, certifico: que por escritura pública de 13 de enero de 2023, ante mí, MARÍA ALEJANDRA ORELLANA GONZÁLEZ, MARÍA ROSARIO GONZÁLEZ SILVA, y JAVIER HUMBERTO GÁRATE SAGREDO, todos domiciliados en Alonso de Ercilla 3.055, departamento 1312, Ñuñoa, modificaron sociedad GEO CONSULTAS MÉDICAS LIMITADA, inscrita a fojas 8.002 N° 5.704, del Registro de Comercio del CBR de Santiago, año 2013, en el siguiente sentido: 1) Con el consentimiento de sus socios, MARÍA ROSARIO GONZÁLEZ SILVA vendió, cedió y transfirió el 10% de los derechos sociales a JAVIER HUMBERTO GÁRATE SAGREDO, en la suma $200.000, pagados en dinero en efectivo; 2) Realizada la cesión antes mencionada, los socios acuerdan un aumento de capital de la suma de $2.000.000 a la suma de $4.666.667, es decir, en la suma de 2.666.667, cantidad que será suscrita y pagada totalmente por parte del socio JAVIER HUMBERTO GÁRATE SAGREDO; 3) Como consecuencia de la cesión de derechos y del aumento de capital, se modifica el artículo quinto del pacto social por el siguiente: “QUINTO: El capital social es la suma de $4.666.667, pagados, según siguiente proporción: A) MARÍA ALEJANDRA ORELLANA GONZÁLEZ, aporta $1.400.000, equivalentes al 30% de los derechos sociales; B) JAVIER HUMBERTO GÁRATE SAGREDO aporta $3.266.667, equivalentes al 70% de los derechos sociales; 6) Del mismo modo, acordaron modificar la cláusula cuarta del pacto social, relativo a la administración, incorporando la facultad de avalar obligaciones de terceros, por el siguiente: “CUARTO: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a ambos socios. Todo ello en las condiciones y facultades de escritura extractada. En todo lo no modificado, se mantiene plenamente vigente el estatuto social, en especial respecto a limitación de responsabilidad de los socios al monto de sus aportes. Demás estipulaciones escritura extractada.- Santiago, 25 de enero de 2023.