Instrumento
- Fecha
- 20 de enero de 2023
- Notario
- JUAN ANTONIO LOYOLA OPAZO
- Domicilio
- Temuco
Sociedad
- Domicilio
- Gorbea
- Duración
- Indefinida
- Ley aplicable
- Ley N°20.119
Objeto social
El objeto de la sociedad serán las siguientes prestaciones: A).- Construcción de todo tipo de viviendas; B).- Construcción de bodegas, galpones, estructuras metálicas, y diversas infraestructuras; C).- Prestación de servicios de diversos tipos de construcción a terceros
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN ANTONIO LOYOLA OPAZO, Abogado, Notario Público, Temuco, con domicilio en calle Arturo Prat 770, Certifica: Por escritura pública de fecha 20 de enero de 2023, Rep.272, ante mí, don EFRAIN ALFREDO SOTO COFRÉ, chileno, comerciante, casado, domiciliados en calle Los Copihues N°375, Lastarria, Comuna de Gorbea, Región de La Araucanía; constituye Sociedad por Acciones, que se regirá conforme a lo establecido en los artículos 424 y siguientes del Código de Comercio, modificada por la Ley N°20.119 de 2017.- Razón Social: “EFRAIN ALFREDO SOTO COFRE SpA”.- Pudiendo usar el nombre de fantasía “CONSTRUCTORA BETEL SpA" Objeto: El objeto de la sociedad serán las siguientes prestaciones: A).- Construcción de todo tipo de viviendas; B).- Construcción de bodegas, galpones, estructuras metálicas, y diversas infraestructuras; C).- Prestación de servicios de diversos tipos de construcción a terceros.- Domicilio: Gorbea, sin perjuicio sucursales, agencias, representaciones u oficinas resto país o extranjero.- Administración y Uso Razón Social: La sociedad será administrada por el único socio y constituyente don EFRAIN ALFREDO SOTO COFRE, quien actuará como Gerente de ésta.- Capital: El capital de la sociedad es la cantidad de DIEZ MILLONES DE PESOS, dividido en cien mil acciones, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal las cuales serán emitidas sin imprimir láminas físicas de dichos títulos.- En caso de que sean emitidas en forma física, la forma de los títulos de las acciones, su emisión, entrega, reemplazo, extravío, hurto o robo, inutilización, canje y demás operaciones pertinentes, se observarán las normas legales y reglamentarias de las sociedades anónimas.- El capital se suscribe y paga en la forma indicada en el artículo segundo transitorio de estos estatutos.- Duración: Indefinida.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Temuco, 25 de enero de 2023.