Sociedad de Profesionales Arquitectos S.S. Limitada
Instrumento
- Fecha
- 28 de diciembre de 2022
- Notario
- Antonieta Rojas Pontigo
- Oficio
- 48° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- La duración de la Sociedad será de cinco años a contar de la fecha de la presente escritura. Este plazo se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de poner término a la Sociedad, mediante escritura pública de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago al margen de la inscripción de la Sociedad, con seis meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del período original o al de la prórroga que estuviese vigente. 5
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto desarrollar dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, las siguientes actividades: (a) la prestación de servicios, asesorías y consultorías de carácter profesional en las áreas de la arquitectura y construcción; (b) organizar eventos, seminarios, conferencias o congresos vinculados a la arquitectura o construcción; (c) participar y adjudicar proyectos, concursos, licitaciones, nacionales o extranjeros, públicos o privados, en el área de la arquitectura y construcción; (d) invertir sus excedentes de caja en diversos tipos de instrumentos financieros, tales como depósitos a plazo fijos o renovables, en pesos, unidades de fomento o moneda extranjera, fondos mutuos, cuotas en fondos de inversión, instrumentos derivados o cualquier otro tipo de instrumento de inversión de renta fija o variable; y e) en general, la celebración de cualquier acto o contrato y el desarrollo de cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con los objetivos anteriores y realizar todas las actividades conexas o conducentes a los rubros señalados. 3
Administración
La administración de la Sociedad y el uso de su razón social, corresponderá a doña Carolina Alejandra Schwencke Saint-Jean y a don Juan Roberto Misael Sierralta Andrade, para que, actuando separada e individualmente, representen a la Sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición pudiendo ejercer la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad, en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos, contratos, etcétera que digan relación con el objeto social de la Sociedad o sean necesarios o conducentes a los fines de esta última
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalAntonieta Rojas Pontigo, abogada, Notario Público Interino de la 48° Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo número 3076, oficina 601, comuna de Las Condes, certifico que: por escritura pública de fecha 28 de diciembre de 2022, repertorio número 16.311-2022, ante mí; doña Carolina Alejandra Schwencke Saint-Jean; y don Juan Roberto Misael Sierralta Andrade, ambos domiciliados, para estos efectos, en Avenida Las Condes número 9460, oficina 901, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, constituyeron la sociedad de responsabilidad limitada “Sociedad de Profesionales Arquitectos S.S. Limitada” (la “Sociedad”), de cuyos estatutos se extracta: 1. Razón Social: El nombre o razón social de la Sociedad es “Sociedad de Profesionales Arquitectos S.S. Limitada”. 2. Objeto Social: La Sociedad tendrá por objeto desarrollar dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, las siguientes actividades: (a) la prestación de servicios, asesorías y consultorías de carácter profesional en las áreas de la arquitectura y construcción; (b) organizar eventos, seminarios, conferencias o congresos vinculados a la arquitectura o construcción; (c) participar y adjudicar proyectos, concursos, licitaciones, nacionales o extranjeros, públicos o privados, en el área de la arquitectura y construcción; (d) invertir sus excedentes de caja en diversos tipos de instrumentos financieros, tales como depósitos a plazo fijos o renovables, en pesos, unidades de fomento o moneda extranjera, fondos mutuos, cuotas en fondos de inversión, instrumentos derivados o cualquier otro tipo de instrumento de inversión de renta fija o variable; y e) en general, la celebración de cualquier acto o contrato y el desarrollo de cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con los objetivos anteriores y realizar todas las actividades conexas o conducentes a los rubros señalados. 3. Domicilio: El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero. 4. Duración: La duración de la Sociedad será de cinco años a contar de la fecha de la presente escritura. Este plazo se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de poner término a la Sociedad, mediante escritura pública de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago al margen de la inscripción de la Sociedad, con seis meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del período original o al de la prórroga que estuviese vigente. 5. Capital: El capital de la Sociedad es la cantidad de un millón de pesos, que los socios se obligan a aportar y pagar en las proporciones y de la forma siguiente: a) Carolina Alejandra Schwencke Saint-Jean la cantidad de trescientos mil pesos, equivalente al treinta por ciento de los derechos sociales; y b) Juan Roberto Misael Sierralta Andrade la cantidad de setecientos mil pesos, equivalente al setenta por ciento de los derechos sociales. Los aportes de capital de cada socio se enteran y pagan íntegramente en dinero efectivo en las arcas sociales en este acto. 6. Administración: La administración de la Sociedad y el uso de su razón social, corresponderá a doña Carolina Alejandra Schwencke Saint-Jean y a don Juan Roberto Misael Sierralta Andrade, para que, actuando separada e individualmente, representen a la Sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición pudiendo ejercer la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad, en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos, contratos, etcétera que digan relación con el objeto social de la Sociedad o sean necesarios o conducentes a los fines de esta última. Demás estipulaciones en escritura extractada. Se facultó al portador de este extracto para su legalización. Santiago, 24 de enero de 2023.