RAYCIMEK SOCIEDAD MEDICA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 5 de enero de 2023
- Notario
- LUIS ANDRES AREVALO LARA
- Oficio
- 6ª Notaría de Rancagua
- Comuna
- Rancagua
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
- Domicilio
- Rancagua
Objeto social
El objeto de la sociedad será el desarrollo de la actividad médica en todas sus formas, la comercialización y representación de producto y servicios relacionados; explotación de inmuebles; importación y exportación de productos relacionados con la medicina y cualquier otro negocio que los socios acuerden
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS ANDRES AREVALO LARA, Notario Público Interino de la 6ª Notaría de Rancagua, con asiento en Machali, con domicilio en Las Rosas 5, Local 6, Machali, certifico: Por escritura de fecha 05-01-2023, Rep. N° 8-2023, ante mí don PABLO ALFREDO BERWART TUDELA, en representación de don RAUL EDGARDO GUIÑEZ MARTINEZ, y de sociedad INMOBILIARIA E INVERSIONES GOFRA SpA.; 2.- doña KARIN ALEJANDRA ROBERTSON GRUNHEID; don SERGIO ANTONIO LOBOS MORAGA; y, don RICARDO EDUARDO BERMÚDEZ SCHMIED, en representación de los herederos de don ANTONIO FELIX DONGHI PALADINO, don ANTONIO CARLOS DONGHI THOMAS, doña ANDREA MARGARITA DONGHI THOMAS, doña EVA MARGARETHA THOMAS DOPLER y don CRISTIAN ANDRES DONGHI THOMAS, todos calle Astorga 56, Rancagua, acordaron modificar “RAYCIMEK SOCIEDAD MEDICA LIMITADA", inscrita a fojas 47 número 51 año 1991 Registro de Comercio Conservador de Bienes Raíces de Rancagua D. O. número 33.919, 15 marzo 1991., RUT: 78.084.570-8, Capital Social $5.000.000., en el siguiente sentido: se retiran de sociedad a) KARIN ALEJANDRA ROBERTSON GRUNHEID, quien vende cede y transfiere total de sus derechos y que equivalen al 10% a INMOBILIARIA E INVERSIONES GOFRA SpA, quien pagó $10.000.000. al contado, entera satisfacción doña KARIN ALEJANDRA ROBERTSON GRUNHEID; b) SERGIO ANTONIO LOBOS MORAGA, quien vende cede y transfiere total sus derechos y que equivalen al 5% a INMOBILIARIA E INVERSIONES GOFRA SpA., quien pago $5.000.000, al contado, más entera satisfacción don SERGIO ANTONIO LOBOS MORAGA; y, c) La sucesión don ANTONIO FÉLIX DONGHI PALADINO, compuesta por CRISTIAN ANDRES DONGHI THOMAS, ANTONIO CARLOS DONGHI THOMAS, ANDREA MARGARITA DONGHI THOMAS y EVA MARGARETHA THOMAS DOPLER, vende cede y transfiere total de sus derechos y que equivalen al 12% don RAUL EDGARDO GUIÑEZ MARTINEZ, quien pagó $5.000.000. con anterioridad a este acto, más entera satisfacción de la sucesión de don ANTONIO FÉLIX DONGHI PALADINO. Únicos socios RAUL EDGARDO GUIÑEZ MARTINEZ e INMOBILIARIA E INVERSIONES GOFRA SpA, mismo acto, transformaron naturaleza jurídica de sociedad de “responsabilidad limitada” a “sociedad por acciones”, que se regirá por el Párrafo Octavo del Título VII del Libro II del Código de Comercio, actuando bajo razón social de “RAYCIMEK SOCIEDAD MEDICA S p A, , fijando siguientes estatutos: NOMBRE DE LA SOCIEDAD: “RAYCIMEK SOCIEDAD MEDICA SpA”; ACCIONISTAS CONCURRENTES AL ACTO DE LA TRANSFORMACIÓN: RAUL EDGARDO GUIÑEZ MARTINEZ e INMOBILIARIA E INVERSIONES GOFRA SpA; OBJETO SOCIAL: El objeto de la sociedad será el desarrollo de la actividad médica en todas sus formas, la comercialización y representación de producto y servicios relacionados; explotación de inmuebles; importación y exportación de productos relacionados con la medicina y cualquier otro negocio que los socios acuerden. CAPITAL SOCIAL: El capital de la sociedad es la suma de $5.000.000. divididos 5.000 acciones sin valor nominal. que se suscribe y paga íntegramente de la siguiente manera a) RAUL EDGARDO GUIÑEZ MARTINEZ, suscribe y paga 4.250 acciones por un valor total de $4.250.000; b) INMOBILIARIA E INVERSIONES GOFRA SpA, suscribe y paga 750 acciones por un valor total de $750.000. El pago de todas las acciones suscritas se hace con cargo a derechos que los socios tenían en la sociedad de responsabilidad limitada que se ha transformado, dándose por íntegramente pagadas. DOMICILIO: Rancagua, sin perjuicio de agencias, sucursales o representaciones otras ciudades o países. Demás antecedentes y estipulaciones en escritura extractada. Machalí, 25 de enero de 2023.