LGTO PROPIEDADES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 28 de diciembre de 2022
- Repertorio
- 9715
- Notario
- PEDRO ENRIQUE HIDALGO SARZOSA
- Oficio
- primera notaría de Concepción
Sociedad
- N. fantasía
- “LGTO PROPIEDADES"; 2) en la referencia al capital de la sociedad debe decir: “Capital: $2.000.000, que los socios aportan en el acto de firma escritura constitución sociedad, al contado según siguiente detalle: a) Tirso Hernán Ortiz Garay $1.800.000 con participación social de 90%, y b) Ana Lilian Garay Rebolledo $200.000, con participación social de 10%
- Capital
- $2.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPEDRO ENRIQUE HIDALGO SARZOSA, Notario Público Interino, de la primera notaría de Concepción, con oficio en Barros Arana 989, de la misma comuna, rectifico extracto de escritura pública otorgada el 28 de diciembre de 2022, repertorio Nº9.715, ATE MÍ, en que se constituyó la sociedad LGTO PROPIEDADES LIMITADA, en el siguiente sentido: 1) respecto a la razón social debe decir: “LGTO PROPIEDADES LIMITADA". Nombre de fantasía: “LGTO PROPIEDADES"; 2) en la referencia al capital de la sociedad debe decir: “Capital: $2.000.000, que los socios aportan en el acto de firma escritura constitución sociedad, al contado según siguiente detalle: a) Tirso Hernán Ortiz Garay $1.800.000 con participación social de 90%, y b) Ana Lilian Garay Rebolledo $200.000, con participación social de 10%. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes.”; 3) Complementa duración de la sociedad: “En caso de fallecimiento de algún socio la sociedad continuará con el sobreviviente y los herederos del fallecido.” Extracto rectificado se encuentra inscrito a fojas 80, N°66 del Registro de Comercio de Concepción de 2023. CONCEPCIÓN, 25 de enero de 2023.