MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inversiones Santo Tomás Limitada

RUT 76535400-5 CVE 2261857
Fecha instrumento
28 de diciembre de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
28 de diciembre de 2022
Notario
MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO
Oficio
38° Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, abogado, Notario Público Titular de la 38° Notaria de Santiago, con oficio en Miraflores N°178, piso 5, comuna de Santiago, certifica que: Por escritura pública de fecha 28/12/2022, ante mí, Magdalena Marinovic Vial, domiciliada para efectos de escritura extractada en avenida El Tranque N° 10.510, casa 16, comuna de Lo Barnechea, Santiago, y Enrique Carlos Bollmann Schele, por sí y en representación de Importadora y Comercializadora EBM Limitada, ambos domiciliados para efectos de escritura extractada en avenida Del Valle N° 928, oficina 301, comuna de Huechuraba, Región Metropolitana, acordaron cesión de derechos y modificación de “INVERSIONES SANTO TOMÁS LIMITADA”, cuyo extracto está inscrito a fs. 14.520, N°9.999, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2006 (en adelante, la “Sociedad”), de acuerdo a lo siguiente: /A/ Cesiones de Derechos: Magdalena Marinovic Vial, vendió, cedió y transfirió el 20% de los derechos sociales de la Sociedad a Importadora y Comercializadora EBM Limitada. Como consecuencia de las cesiones de derechos, se retira como socia de la Sociedad Magdalena Marinovic Vial. /B/ Modificación: Los socios acuerdan modificar el Artículo Sexto por el que sigue: “SEXTO: El capital de la Sociedad es la suma de dos millones de pesos, que los socios han aportado, pagado y enterado de la siguiente forma: a) ENRIQUE BOLLMANN SCHELE, aporta la suma de un millón seiscientos mil pesos, en dinero efectivo, correspondiente al ochenta por ciento del capital social y b) IMPORTADORA Y COMERCIALIZADORA EBM LIMITADA, aporta la suma de cuatrocientos mil pesos, en dinero efectivo, correspondiente al veinte por ciento del capital social”. Demás estipulaciones no son materia de extracto y constan en escritura extractada. Santiago, 17 de enero de 2023.