INMOBILIARIA ALTA FE SpA
Instrumento
- Fecha
- 29 de diciembre de 2022
- Repertorio
- 34075-2022
- Notario
- FELIX JARA CADOT
- Oficio
- 41ª Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $28.069.945 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFELIX JARA CADOT, Notario Público Titular 41ª Notaria de Santiago, con domicilio en Huérfanos N° 1160, subsuelo, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 29 de Diciembre de 2022, Repertorio N° 34. 075-2022, ante mí, INMOBILIARIA E INVERSIONES BOBALLÉN SpA, GASTRONOMÍA E INVERSIONES ACOL LIMITADA, ASESORÍAS E INVERSIONES ABUNDIA SpA y don SERGIO MARDONES BASCUÑÁN, todos domiciliados en Raúl Labbé 12.613, oficina 428, Lo Barnechea, Región Metropolitana, en su calidad de únicos y actuales accionistas de la sociedad INMOBILIARIA ALTA FE SpA, conforme a Registro de Accionistas que he tenido a la vista, inscrita a fojas 43.630 número 30.583 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2012, acordaron: Uno) Dividir la sociedad dando origen a una nueva compañía denominada SPICA SpA, con efectos a partir de la fecha de la escritura pública y cuyos términos se indica en extracto separado, todo ello con efecto a partir de la fecha de la escritura pública; Dos) Como consecuencia del acuerdo anterior, el capital social de INMOBILIARIA ALTA FE SpA se disminuye en la suma de $28.069.945.- mismo monto asignado a capital de la sociedad naciente de la división, esto es, de la suma de $54.018.470.- dividido en 1.000 acciones nominativas, de una única serie y sin valor nominal íntegramente suscrito y pagado a la suma de $25.948.525.- dividido en 1.000 acciones nominativas, de una única serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado; y Tres) Modificar el estatuto social de INMOBILIARIA ALTA FE SpA, introduciendo las siguientes modificaciones: i) Sustituir el artículo referido al Capital Social por el siguiente: "El capital de la Sociedad es la suma de veinticinco millones novecientos cuarenta y ocho mil quinientos veinticinco pesos, dividido en mil acciones nominativas, de una única serie y sin valor nominal. Las acciones podrán ser pagadas en dinero efectivo o en otros bienes. El capital social se suscribe, entera y paga en la forma que se indica en el Artículo Primero Transitorio de los estatutos sociales”, y ii) Sustituir el texto del Artículo Primero Transitorio por el siguiente: "Artículo Primero Transitorio: El capital social, ascendente a la suma de veinticinco millones novecientos cuarenta y ocho mil quinientos veinticinco pesos, dividido en mil acciones, todas nominativas, de una misma serie e igual valor y sin valor nominal, el cual se entera y paga en la proporción y de la siguiente forma: (a) Actual capital escriturado, íntegramente suscrito y pagado, ascendente a la suma de cincuenta y cuatro millones dieciocho mil cuatrocientos setenta pesos, dividido en mil acciones nominativas de una misma serie y sin valor nominal; y b) Mediante acuerdo adoptado en esta escritura pública, se disminuyó el capital social a la suma de veinticinco millones novecientos cuarenta y ocho mil quinientos veinticinco pesos, dividido en mil acciones nominativas de una misma serie y sin valor nominal, con el objeto de enterar el capital de la sociedad SPICA SpA, que se constituye producto de la división de INMOBILIARIA ALTA FE SpA, es decir, se disminuyó el capital en la suma de veintiocho millones sesenta y nueve mil novecientos cuarenta y cinco pesos, producto de lo cual, las acciones quedaron suscritas de la siguiente manera: i) La sociedad INMOBILIARIA E INVERSIONES BOBALLÉN SPA, ha suscrito cuatrocientas sesenta acciones; b) La sociedad GASTRONOMÍA E INVERSIONES ACOL LIMITADA, ha suscrito doscientas setenta acciones; c) La sociedad ASESORÍAS E INVERSIONES ABUNDIA SpA, ha suscrito doscientas veinte acciones, y; d) don SERGIO MARDONES BASCUÑÁN ha suscrito cincuenta acciones. En consecuencia el capital se encuentra íntegramente suscrito y pagado. En todo lo no modificado rigen plenamente los estatutos de la sociedad INMOBILIARIA ALTA FE SpA, y sus respectivas modificaciones.”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 29 de Diciembre de 2022. Félix Jara Cadot. N.P.