DMAS ARQUITECTOS SpA
Instrumento
- Fecha
- 19 de enero de 2023
- Repertorio
- 631-2023
- Notario
- OLAYA FERRADA GARRIDO
- Oficio
- Notaría de Concepción de don Ramón García Carrasco
- Comuna
- Concepción de don Ramón García Carrasco
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Concepción
- Duración
- 5 años desde la fecha de escritura, prorrogables por períodos iguales y sucesivos, salvo aviso en contrario dado en forma indicada en los estatutos
Objeto social
a) La prestación de todo tipo de servicios y asesorías relacionadas con la arquitectura, planificación y diseño de proyectos de arquitectura; b) La inversión en toda clase de bienes, muebles e inmuebles, corporales o incorporales, títulos de crédito, valores mobiliarios, valores de oferta pública, efectos de comercio, marcas, y explotación de ellos, así como cuotas en comunidades y derechos en sociedades de personas y acciones y bonos de sociedades anónimas y en comandita por acciones, y participaciones en asociaciones o cuentas en participación; c) La prestación de servicios y asesorías profesionales relacionadas con la arquitectura, planificación y diseño, sea a través de sus propios socios o por medio de profesionales contratados al efecto; y d) Las actividades y negocios que fueren complementarias o anexas a los giros ya indicados, que acuerden los
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| DMAS ARQUITECTOS SpA | socio | 78361680-7 | — | — |
Referencias (1)
- do publicacion DO N° 41099 del 5 de marzo de 2015
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalOLAYA FERRADA GARRIDO, abogado, Notario Público Suplente de la Notaría de Concepción de don Ramón García Carrasco, con oficio en dicha comuna, ubicado en calle Rengo número 444, certifico: Por escritura pública de fecha 19 de enero de 2023, Repertorio N°631-2023, ante don JOSE AGUSTIN DONOSO MUSIATE, Notario Suplente de este Oficio, compareció doña ALEJANDRO ANDRES DURAN ASTORGA, chileno, arquitecto, c.i. 10.029.750-7; ANDREA PAZ CANTILLANO ARCOS, chilena, arquitecto, c.i. 12.489.101-9; y PATRICIA VERONICA DURAN ASTORGA, chilena, arquitecto, c.i. 10.037.405-6, con domicilio en Chacabuco N°485, oficina 801, comuna de Concepción; chilenos y mayores de edad, son los únicos y actuales accionistas de la sociedad DMAS ARQUITECTOS SpA, RUT: 78.361.680-7, constituida por escritura pública de transformación de sociedad de 2 de marzo de 2015, otorgada ante el Notario Público de Concepción José Gerardo Bambach Echazarreta, Repertorio 493-15, extracto se publicó en el Diario Oficial 41.099 de fecha 5 de marzo de 2015, inscrito a fojas 644v, número 481 Registro de Comercio del Conservador de Concepción año 2015. La sociedad fue objeto de un saneamiento por escritura pública de saneamiento, rectificación y administración de fecha 27 de noviembre de 2020, otorgada ante el Notario Público de Concepción Olaya Ferrada Garrido, suplente del Titular don Ramón García Carrasco, Repertorio 12.579-2020, extracto se publicó en el Diario Oficial 42.826, de fecha 10 de diciembre de 2020, se inscribió a fojas 2033v, número 1551 Registro de Comercio del Conservador de Concepción del año 2020. La sociedad a la fecha no ha sido objeto de modificación alguna; Su capital es de $1.000.000.-, divididos en 100 acciones de una sola serie, sin valor nominal, Alejandro Andrés Durán Astorga, titular de 45 acciones; Andrea Paz Cantillano Arcos, titular de 10 acciones; y Patricia Verónica Durán Astorga, titular de 45 acciones, todas pagadas en dinero, teniendo entonces la calidad de únicos accionistas. De acuerdo a lo establecido en el artículo 427 del Código de Comercio, puede obviarse la celebración de la Junta de Accionistas, cualquiera sea la materia, si la totalidad de los accionistas suscriben una escritura pública o un instrumento privado a protocolizar, en términos del artículo. Los accionistas, por unanimidad, y en este acto, han acordado transformar la sociedad por acciones referida, en una sociedad de responsabilidad limitada, otorgando el correspondiente estatuto bajo la nueva forma societaria , que extracto: Razón social: DMAS ARQUITECTOS LIMITADA, pudiendo usar, para todo efecto y ante cualquier persona, el nombre de fantasía D+ ARQUITECTOS LIMITADA, pudiendo abreviar en ambos casos la palabra LIMITADA por LTDA. Objeto social: a) La prestación de todo tipo de servicios y asesorías relacionadas con la arquitectura, planificación y diseño de proyectos de arquitectura; b) La inversión en toda clase de bienes, muebles e inmuebles, corporales o incorporales, títulos de crédito, valores mobiliarios, valores de oferta pública, efectos de comercio, marcas, y explotación de ellos, así como cuotas en comunidades y derechos en sociedades de personas y acciones y bonos de sociedades anónimas y en comandita por acciones, y participaciones en asociaciones o cuentas en participación; c) La prestación de servicios y asesorías profesionales relacionadas con la arquitectura, planificación y diseño, sea a través de sus propios socios o por medio de profesionales contratados al efecto; y d) Las actividades y negocios que fueren complementarias o anexas a los giros ya indicados, que acuerden los socios. Administración corresponderá a los socios ALEJANDRO ANDRES DURAN ASTORGA, y PATRICIA VERONICA DURAN ASTORGA, quienes actuaran en forma separada e indistintamente, con las más amplias facultades, quienes anteponiendo a su firma la razón social podrá obligar a la compañía en todo tipo de actos y contratos.- Capital: $1.000.000.- que se encuentra íntegramente pagado y enterado en arcas sociales, en dinero efectivo, por los socios en la siguiente participación: Alejandro Andrés Durán Astorga, $450.000.- equivalente al 45% del capital social; Andrea Paz Cantillano Arcos, $100.000.- equivalente al 10% del capital social; y Patricia Verónica Durán Astorga $450.000.- equivalente al 45% del capital social. Domicilio: Concepción sin perjuicio sucursales o agencias. Duración: 5 años desde la fecha de escritura, prorrogables por períodos iguales y sucesivos, salvo aviso en contrario dado en forma indicada en los estatutos. Demás estipulaciones, escritura que extracto. Concepción enero 23 de 2023.