MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

COMERCIAL E INDUSTRIAL ASEMET SpA

RUT 77324826-5 CVE 2261848
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
24 de enero de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
24 de enero de 2023
Repertorio
5534
Notario
WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LÓPEZ
Oficio
49° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Extraordinaria de Accionistas de la sociedad COMERCIAL E INDUSTRIAL ASEMET SpA socio 77324826-5

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LÓPEZ, abogado, Notario Público Titular de la 49° Notaría de Santiago, con domicilio en calle Hnos. Amunátegui N°73, comuna de Santiago, Región Metropolitana: Certifica: Por escritura pública de fecha 24 de enero de 2023, bajo el repertorio N°5.534, ante mí, don CLAUDIO MANUEL VARGAS AGUILAR, chileno, viudo, factor de comercio, C.I. N°9.364.576-6, domiciliado para estos efectos en calle Santa Teresa de Tango, Parcela 14 A, comuna de San Bernardo, Región Metropolitana, de paso en ésta; debidamente facultado redujo a escritura pública acta Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad COMERCIAL E INDUSTRIAL ASEMET SpA, RUT N°77.324.826-5, capital estatutario $2.000.000.- constituida por escritura pública de fecha 26 de febrero de 2021, otorgada en la 45° Notaría de Santiago ante notario Público Interino don Gino Beneventi Alfaro, inscrita en el Registro de Comercio a fojas 16.641 N°7.954 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, año 2021. Dicha Junta fue celebrada el 20 de enero de 2023, a las 13.00 horas, en el domicilio ubicado en calle Amunátegui N°73, comuna de Santiago, con la asistencia de los únicos accionistas, RENTAS E INVERSIONES SOCOMET SpA, Rut N°77.316.277-8, representada por don Claudio Manuel Vargas Aguilar, por 700 acciones; y doña Katherine Fernanda Morales Zamora, por 300 acciones, según libro de accionistas tenido a la vista, quienes acordaron, lo siguiente: Modificar y reemplazar el Artículo Séptimo del Estatuto Social: quedando de la siguiente forma: “ARTÍCULO SÉPTIMO: Dos) La sociedad será única y exclusivamente administrada por Claudio Manuel Vargas Aguilar, quien anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos, incluso las de autocontratar.”.- Demás facultades constan en reducción a escritura pública que se extracta. En todo lo no modificado, queda vigente escritura constitución. Se facultó al portador de copia autorizada de este extracto para su legalización. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 25 de enero de 2023.-