MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

CENTRO MÉDICO MAS SALUD Y BELLEZA SpA

RUT 77579445-3 CVE 2261637
Fecha instrumento
23 de enero de 2023
Notaría
Público de Licantén

Instrumento

Fecha
23 de enero de 2023
Repertorio
66-2022
Comuna
Público de Licantén

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

VILMA NAVARRO REYES, Notaria Público de Licantén, Orsodeli 108-E, Licantén, certifica: Por escritura pública de fecha 23 de enero de 2023, ante mí, Repertorio 66-2022, MARILUZ DEL ROSARIO PACHECO AVENDAÑO, cédula de identidad número 17.627.116-7, PATRICIO ULISES LOBOS RIVERA, cédula de identidad número 17.144.834-4 y GONZALO ANDRÉS ARAYA NEIRA, cédula de identidad número 16.765.656-0, únicos accionistas de «CENTRO MÉDICO MAS SALUD Y BELLEZA SpA», RUT 77.579.445-3, inscrita a fojas dieciocho (18) número trece (13) del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Licantén del año dos mil veintidós (2022), aumentar el capital social en la suma de cincuenta y cinco millones de pesos, esto es, desde la suma de quince millones de pesos, que correspondía al capital original, dividido en treinta acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, a la suma de setenta millones de pesos, dividido en ciento cuarenta acciones de las mismas características, mediante la emisión de ciento diez acciones nominativas, ordinarias de una misma serie y sin valor nominal las que deberán quedar totalmente suscritas y pagadas dentro del plazo de dos años a contar de esa fecha, en dinero efectivo. Como consecuencia, modificaron los estatutos sociales de la misma en el siguiente sentido: i) Modificar y reemplazar el Artículo quinto de los estatutos sociales por el siguiente: “Artículo Quinto. El capital de la Sociedad es la suma de setenta millones pesos dividido en ciento cuarenta acciones ordinarias, nominativas, de única serie y sin valor nominal, que se suscriben, enteran y pagan en la forma establecida en las disposiciones transitorias”, y ii) Modificar y reemplazar el Artículo Segundo Transitorio de los estatutos por el siguiente: “Artículo Segundo Transitorio: En conformidad al artículo quinto de estos Estatutos, el capital de la Sociedad es la suma de setenta millones de pesos dividido en ciento cuarenta acciones ordinarias, nominativas, de única serie y sin valor nominal, de tal manera que cada acción tendrá derecho a voto. Las acciones en las que se encuentra dividido el capital se suscriben, enteran y pagan por los accionistas de la siguiente manera: A) MARILUZ DEL ROSARIO PACHECO AVENDAÑO suscribe: cincuenta y seis acciones ordinarias de la serie única, equivalentes a la suma de veintiocho millones de pesos del capital social, que se pagan en la siguiente forma: a) con la suma de cinco millones de pesos en dinero efectivo ya pagados con anterioridad e ingresados a la caja social; y b) con la suma de veintitrés millones de pesos, en dinero efectivo, que pagará en el plazo de veinticuatro meses, mediante igual número de cuotas mensuales. B) PATRICIO ULISES LOBOS RIVERA suscribe: veintiocho acciones ordinarias de la Serie única, equivalentes a la suma de catorce millones de pesos del capital social, que se pagan en la siguiente forma: a) con la suma de cinco millones de pesos en dinero efectivo ya pagados con anterioridad e ingresados a la caja social; y b) con la suma de nueve millones de pesos, en dinero efectivo, que pagará en el plazo de veinticuatro meses, mediante igual número de cuotas mensuales. C) GONZALO ANDRÉS ARAYA NEIRA suscribe: cincuenta y seis acciones ordinarias de la serie única, equivalentes a la suma de veintiocho millones de pesos del capital social, que se pagan en la siguiente forma: a) con la suma de cinco millones de pesos en dinero efectivo ya pagados con anterioridad e ingresados a la caja social; y b) con la suma de veintitrés millones de pesos, en dinero efectivo, que pagará en el plazo de veinticuatro meses, mediante igual número de cuotas mensuales. Demás estipulaciones en escritura extractada. Licantén, 25 de enero de 2023. Vilma Navarro Reyes. N.P.