MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Inversiones USD Alsacia SpA

RUT 77684335-0 CVE 2260856
Fecha instrumento
18 de enero de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
18 de enero de 2023
Repertorio
1545
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MAURICIO HUMBERTO REINOSO CIFUENTES, Abogado, Notario Suplente, del Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, de don JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, con oficio en calle Huérfanos número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, certifico: por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 18 de enero de 2023, repertorio N°1.545, comparece Martín Hudson Correa, en representación de la sociedad Rentas Alsacia SpA, su calidad de única y actual accionista de la sociedad Inversiones USD Alsacia SpA, según registro de accionistas que he tenido a la vista, inscrita a fojas 98.699 número 43.341 del Registro de Comercio de Santiago del año 2022, en adelante la “Sociedad”, quien rectificó el error en que se incurrió en el Artículo Quinto y el Artículo Primero Transitorio de los estatutos de la Sociedad, contenidos en la escritura pública otorgada con fecha 14 de noviembre del año 2022, en la Notaría de Juan Ricardo San Martin Urrejola, bajo repertorio número 37.189-2022. Como consecuencia de lo anterior, se acordó reemplazar el Artículo Quinto de los estatutos de Inversiones USD Alsacia SpA relativo al capital social, por el siguiente: “Artículo Quinto: Capital y acciones. El capital de la Sociedad es la suma de dos millones trescientos once mil trescientos cuarenta coma ochenta y dos dólares de los Estados Unidos de América, dividido en mil acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, que se pagan y enteran en la forma indicada en el Artículo Primero Transitorio de estos estatutos. Los accionistas solo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes.”; y se sustituyó el texto del Artículo Primero Transitorio de los estatutos sociales, que no se extracta por no ser materia de este. En todo lo no modificado, rigen íntegramente los estatutos sociales de la sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura pública extractada. Santiago, 19 de enero del año 2023.-