HERMANOS ARAYA ROJAS Y COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 2 de diciembre de 2022
- Repertorio
- 4407-2022
- Notario
- ARIEL HENRÍQUEZ ACHURRA
- Domicilio
- suplemente del titular don Jenson Aaron Kriman Núñez
- Comuna
- San Antonio don
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalARIEL HENRÍQUEZ ACHURRA, abogado, Notario Público suplemente del titular don Jenson Aaron Kriman Núñez, con Oficio en Avenida Lauro Barros 96, San Antonio, Certifica: Por escritura de fecha 2 de diciembre 2022, Repertorio N° 4407-2022,don SERGIO HERNÁN ARAYA ROJAS, Rut: 6.459.217-3, por si y en representación de INVERSIONES SAN MARCOS LIMITADA, rol único tributario número 76.507.995-0; y SANDRA DEL PILAR ARAYA ROJAS, Rut: 8.294.772-8, por sí y en representación de INVERSIONES SANDRA ARAYA E HIJOS LIMITADA, Rut: 76.507.994-2, todos con domicilio Avda. San Marcos 771, Comuna de El Tabo, Región de Valparaíso, modificaron sociedad HERMANOS ARAYA ROJAS Y COMPAÑÍA LIMITADA, rol único tributario número 77.163.060-k constituida por escritura pública de 11 marzo 1998, otorgada en notaría San Antonio, doña Ximena Ricci Díaz, cuyo extracto se inscribió a Fs. 51 N° 53 Registro Comercio Conservador de Bienes Raíces San Antonio del año 1998, y publicado Diario Oficial N° 36035 de 7 abril 1998; que fue modificada por escritura pública de 22 abril 2016, otorgada en notaría de Santiago, Olimpia Schneider Moenne-Loccoz, Extracto se inscribió a fs. 199 N° 139 Registro Comercio Conservador Bienes Raíces San Antonio Del año 2016, Y publicado Diario Oficial N° 41485 el 16 de junio 2016, en el siguiente sentido: Uno. Dejan constancia del fallecimiento de PEDRO ALFONSO ARAYA VICHUNANTE, según inscripción especial de herencia de fs 379 vuelta N° 204 Registro Comercio Conservador Bienes Raíces San Antonio del 2021. Quedaron como socios doña SANDRA DEL PILAR ARAYA ROJAS, don SERGIO HERNÁN ARAYA ROJAS; La sociedad INVERSIONES SANDRA ARAYA E HIJOS LIMITADA, y la sociedad INVERSIONES SAN MARCOS LIMITADA, con el 2 por ciento del capital y derechos sociales; Dos. Por escritura pública 22 junio 2018, otorgada en Notaria de San Antonio don Jenson Aaron Kriman Núñez, complementada por escritura pública de 7 de enero de 2022, otorgada en la misma notaría, don SERGIO HERNÁN ARAYA ROJAS, vendió, cedió y transfirió a doña SANDRA DEL PILAR ARAYA ROJAS, quien compró, aceptó y adquirió para sí, el 50% de los derechos hereditarios que a don SERGIO HERNÁN ARAYA ROJAS, le correspondía en la herencia quedada al fallecimiento de don PEDRO ALFONSO ARAYA VICHUNANTE; y que recibió a título de cuarta de mejoras y a título de libre disposición. Precio de la cesión fue la suma de $1.000.000 pagados de contado. Dicha cesión de derechos hereditarios, comprende los derechos que don Pedro Alfonso Araya Vichunante poseía en la sociedad, equivalentes al 46% del capital y derechos sociales. Conforme a la cesión quedan como socios a) SANDRA DEL PILAR ARAYA ROJAS, con el 48 % del capital y derechos sociales; b) Don SERGIO HERNÁN ARAYA ROJAS, con el 48 % del capital y derechos sociales; c) La sociedad INVERSIONES SANDRA ARAYA E HIJOS LIMITADA, con el 2% del capital y derechos sociales; y d) la sociedad INVERSIONES SAN MARCOS LIMITADA, con el 2% del capital y derechos sociales. Tres. Conforme a lo anterior, modifican cláusula del estatuto social relativa al capital, cuyo tenor es el siguiente: “Capital. El capital es la suma de 10.000.000.-, que se aporta y paga de la siguiente forma: a) doña SANDRA DEL PILAR ARAYA ROJAS, aporta, entera y paga la cantidad de $4.800.000 que corresponden al 48 por ciento de los derechos sociales que se pagan de contado y en efectivo, ingresando al capital social; b) Don SERGIO HERNÁN ARAYA ROJAS, aporta, entera y paga la cantidad de $4.800.000 que corresponden al 48 por ciento de los derechos sociales que se pagan de contado y en efectivo, ingresando al capital social; c) La sociedad INVERSIONES SANDRA ARAYA E HIJOS LIMITADA, aporta, entera y paga la cantidad de $200.000 que corresponden al dos por ciento de los derechos sociales que se pagan de contado y en efectivo, ingresando al capital social; y d) la sociedad INVERSIONES SAN MARCOS LIMITADA, aporta, entera y paga la la cantidad de $200.000 que corresponden al dos por ciento de los derechos sociales que se pagan de contado y en efectivo, ingresando al capital social; En todo lo no modificado, quedan plenamente vigentes estatuto social; Demás estipulaciones constan en escritura extractada. San Antonio, 24 de enero 2023.