RECYNOR SpA
Instrumento
- Fecha
- 13 de enero de 2023
- Notario
- PATRICIO ANDRES CANALES HERTRAMPF
- Domicilio
- Interino FERNANDO MAURICIO CANALES HERTRAMPF
Sociedad
- Capital
- $200.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIO ANDRES CANALES HERTRAMPF, Notario Público Suplente del Interino FERNANDO MAURICIO CANALES HERTRAMPF, Iquique, A. Pinto N°555, certifico que, por escritura pública 13/01/2023, otorgada ante Notario Público Interino FERNANDO MAURICIO CANALES HERTRAMPF, don ÁLVARO NICOLÁS VALENZUELA ROCHA, C.I. N°17.097.098-5; debidamente representado; domiciliado en Salvador Allende N° 2.250, depto N°143, comuna de Iquique, Región de Tarapacá; en su calidad de único y actual accionista de RECYNOR SpA, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Iquique a fojas 599 vuelta, N° 485 del año 2017, acordó modificar los estatutos sociales en el siguiente sentido: A) Reducción de capital de pleno derecho. Por vencimiento del plazo establecido en los estatutos para pagar el capital social inicial, el capital ha quedado reducido de pleno derecho a la suma efectivamente suscrita y pagada a la fecha, esto es, a la suma de $200.000, dividido en 2 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. B) Aumento de N° de acciones en que se divide el capital social sin aumento efectivo de capital. Se acordó aumentar, sin realizar un aumento efectivo de capital, el número de acciones en que se divide el capital social, desde la suma de $200.000 dividido en 2 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, a la suma de $200.000 dividido en 100 acciones nominativas, sin valor nominal, todas de una misma y única serie. C) Como consecuencia de las modificaciones indicadas, el único y actual accionista de la Sociedad reconoce los efectos de pleno derecho de la reducción de capital, aumento en el número de acciones y reemplaza el actual Artículo Quinto Permanente y Primero Transitorio de los estatutos sociales por los siguientes: “ARTICULO QUINTO: El capital social será la suma de doscientos mil pesos, divididos en cien acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, las cuales podrán pagarse en dinero efectivo o con aporte de otros bienes, ya sean muebles o inmuebles.”Se modifica el artículo primero transitorio del pacto social de la siguiente manera: “ARTICULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital social es la suma de doscientos mil pesos, dividido en cien acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, de tal manera que cada acción tendrá derecho a voto; las que se suscriben y pagan íntegramente de la siguiente forma: don ÁLVARO NICOLÁS VALENZUELA ROCHA, suscribe y paga íntegramente cien acciones, por la suma de doscientos mil pesos, ingresados en la caja social.” Demás estipulaciones constan de escritura extractada. El notario certifica haber procedido a la revisión del registro de accionistas de RECYNOR SpA, el cual da fe de la siguiente estructura de accionistas: ÁLVARO NICOLÁS VALENZUELA ROCHA, 100 acciones, Fojas 03; Que conforma el 100% de los accionistas de RECYNOR SpA al día 10/01/2023. Iquique, 16 de enero de 2023.