Recynor Industrial SpA
Instrumento
- Fecha
- 13 de enero de 2023
- Notario
- PATRICIO ANDRES CANALES HERTRAMPF
- Domicilio
- Interino FERNANDO MAURICIO CANALES HERTRAMPF
Sociedad
- Capital
- $50.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIO ANDRES CANALES HERTRAMPF, Notario Público Suplente del Interino FERNANDO MAURICIO CANALES HERTRAMPF, Iquique, A. Pinto N°555, certifico que, por escritura pública 13/01/2023, otorgada ante Notario Público Interino FERNANDO MAURICIO CANALES HERTRAMPF, doña MAGALY PATRICIA ROCHA QUIROGA, C.I. N°8.154.638-k, y don ÁLVARO NICOLÁS VALENZUELA ROCHA, C.I. N°17.097.098-5, debidamente representado; ambos domiciliados en Salvador Allende N° 2.250, depto N°143, comuna de Iquique, Región de Tarapacá; en su calidad de únicos y actuales accionistas de RECYNOR INDUSTRIAL SpA, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Iquique a fojas 820 vuelta, N° 516 del año 2020, capital $50.000.000, acordaron modificar los estatutos sociales en el siguiente sentido: A) Reducción de capital de pleno derecho. Por vencimiento del plazo establecido en los estatutos para pagar el capital social inicial, el capital de la sociedad ha quedado reducido de pleno derecho a la suma efectivamente suscrita y pagada a la fecha, esto es, a la suma de $21.500.000, dividido en 41 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. B) Como consecuencia de la modificación indicada, los únicos y actuales accionistas de la Sociedad reconocen los efectos de pleno derecho de la reducción de capital, y reemplazan el actual Artículo Quinto Permanente y Primero Transitorio de los estatutos sociales por los siguientes, que dan cuenta de la suscripción y pago íntegro del capital: “ARTICULO QUINTO: El capital social será la suma de veinte millones quinientos mil pesos, dividido en cuarenta y un acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, las cuales podrán pagarse en dinero efectivo o con aporte de otros bienes, ya sean muebles o inmuebles.”. Se modifica el artículo primero transitorio del pacto social de la siguiente manera:“ARTICULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital social es la suma de veinte millones quinientos mil pesos, dividido en cuarenta y un acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, de tal manera que cada acción tendrá derecho a voto; las que se suscriben y pagan de la siguiente forma: UNO) MAGALY PATRICIA ROCHA QUIROGA, suscribe y paga cuarenta acciones, por la suma de veinte millones de pesos, ingresados en la caja social. Y DOS) ÁLVARO NICOLÁS VALENZUELA ROCHA, suscribe y paga una acción, por la suma de quinientos mil pesos, ingresados en la caja social.”. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. El notario certifica haber procedido a la revisión del registro de accionistas de RECYNOR INDUSTRIAL SpA, el cual da fe de la siguiente estructura de accionistas: ÁLVARO NICOLÁS VALENZUELA ROCHA, 1 acción, Fojas 01; y MAGALY PATRICIA ROCHA QUIROGA, 40 acciones, Fojas 03. Que conforma el 100% de los accionistas de RECYNOR INDUSTRIAL SpA al día 10/01/2023. Iquique, 16 de enero de 2023.