MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

MENA Y GUIJON COMPAÑÍA LIMITADA

RUT 76019969-9 CVE 2259018
Capital
$16.826.492 CLP
Fecha instrumento
27 de diciembre de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
27 de diciembre de 2022
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$16.826.492 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Humberto Quezada Moreno, Titular de la Vigésimo Sexta Notaría de Santiago, Avenida Apoquindo N° 3.196, Las Condes, certifica: por escritura pública de fecha 27 de Diciembre de 2022, ante mí, señores Xavier Andrés Guijón Errázuriz; Ricardo Mena Sánchez; y Arturo Andrés Gotschlich Sajne, todos para estos efectos, Los Militares N° 5.885, oficina 805, Las Condes, Santiago, modificaron sociedad “MENA Y GUIJON COMPAÑÍA LIMITADA”, inscrita a fs. 20.154 N° 13.784 Registro Comercio Santiago, año 2008. Modificaciones consistieron en que Ricardo Mena Sánchez y Xavier Andrés Guijón Errázuriz cedieron y transfirieron cada uno un 5% del total de los derechos sociales, a Arturo Andrés Gotschlich Sajne, quien los compró y adquirió para sí, ingresando el cesionario como nuevo socio. Como consecuencia de estas cesiones, quedaron como únicos socios, Ricardo Mena Sánchez, Xavier Andrés Guijón Errázuriz y Arturo Andrés Gotschlich Sajne, quienes además acordaron: 1) Sustituir artículo cuarto, relativo al capital, por siguiente: “CUARTO: CAPITAL DE LA SOCIEDAD. El capital de la sociedad es la suma de $16.826.492, que socios los aportaron, pagaron y enteraron en caja social, con anterioridad a esta fecha, como se pasa a señalar: a) el socio don Ricardo Mena Sánchez aportó la suma de $7.571.921, equivalentes a un 45% del capital y derechos sociales; b) Xavier Andrés Guijón Errázuriz aportó la suma de $7.571.921, equivalentes a un 45% del capital y los derechos sociales; y, c) Arturo Andrés Gotschlich Sajne aportó la suma de $1.682.650, equivalentes a un 10% del capital y derechos sociales.”; 2) Se estableció que administración, representación y uso razón social corresponderá a los socios, quienes deberán actuar conjuntamente dos cualesquiera de ellos; 3) Sustituyeron cláusula undécima que no es materia de extracto. Socios reiteraron limitación de su responsabilidad al monto respectivos aportes. En todo lo no modificado se mantiene vigente pacto social. Santiago, 18 de Enero de 2023. Humberto Quezada Moreno. Notario Público.