MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

ISLA QUIRIQUINA SpA

RUT 77166801-1 CVE 2259902
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
30 de diciembre de 2022
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
30 de diciembre de 2022
Repertorio
76081-2022
Notario
MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
Oficio
38ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000 CLP
Duración
10 años contados desde la escritura extractada, renovable tácita, automática y sucesivamente por periodos iguales, salvo que alguno de los socios comunique a los demás socios su decisión de ponerle término con a lo menos 6 meses de anticipación al vencimiento del plazo o de cualquiera de sus prórrogas, en la forma indicada en los estatutos sociales

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero: /a) invertir con el propósito de obtener rentas de toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales y la explotación a cualquier título de dichos bienes y la percepción de los frutos y productos que de ellos provengan. Queda expresamente comprendido el arrendamiento, subarrendamiento, usufructo o cualquier otra forma de cesión del uso o goce temporal de bienes corporales muebles o inmuebles, se encuentren o no amoblados, inmuebles con instalaciones o maquinarias que permitan el ejercicio de alguna actividad comercial o industrial y de todo tipo de establecimientos de comercio; /b) la prestación de asesorías relacionadas con el área inmobiliaria; c) la compraventa, arriendo y explotación de inmuebles en general, por cuenta propia o ajena; y d) toda otra actividad relacionada en forma directa o indirecta con el objeto indicado que los socios acuerden

Administración

La administración, representación y uso del nombre o razón social de la Sociedad, corresponderá a don Cristián Felipe Menichetti Pilasi y don Álvaro Ignacio Jalaff Sanz, pudiendo actuar uno cualquiera de ellos, individual e indistintamente, con todas las facultades señaladas en la escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular de la 38ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Miraflores 178, piso 5, comuna de Santiago, certifica que: INVERSIONES LAS VEGAS SpA, debidamente representado por don Ignacio Bolelli Álvarez y Marcelo Medina del Gatto; INVERSIONES SANTA CRISTINA LIMITADA, debidamente representada por don Cristián Menichetti Pilasi; INVERSIONES SAN ANTONIO LIMITADA, debidamente representada por don Antonio Jalaff Sanz; INVERSIONES SANTA MÓNICA LIMITADA, debidamente representada por don Ignacio Bolelli Álvarez; SOCIEDAD DE ASESORÍAS FINANCIERAS, ADMINISTRATIVAS DE INVERSIONES Y ARQUITECTURA MB LIMITADA, debidamente representada por don Gonzalo Menichetti Tassara; e INVERSIONES DOMONT LIMITADA, debidamente representado por don Cristián Onetto Larraín, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Alonso de Córdova 3788, oficina 21-B, comuna de Vitacura, Región Metropolitana en Junta Extraordinaria de Accionistas de ISLA QUIRIQUINA SpA (la “Sociedad”), sociedad inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 31.876, número 15.774 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2020, reducida a escritura pública ante mí con fecha 30 de diciembre de 2022, repertorio 76.081-2022, acordaron, entre otras materias: i) transformar la Sociedad en una sociedad de responsabilidad limitada; y, ii) aprobar el nuevo pacto social de la Sociedad, de los cuales se extracta lo siguiente: Razón social. “Asesorías e Inversiones Isla Quiriquina Limitada”. Administración, representación y uso de la razón social. La administración, representación y uso del nombre o razón social de la Sociedad, corresponderá a don Cristián Felipe Menichetti Pilasi y don Álvaro Ignacio Jalaff Sanz, pudiendo actuar uno cualquiera de ellos, individual e indistintamente, con todas las facultades señaladas en la escritura extractada. Capital. El capital de la Sociedad es la suma de $1.000.000 que los socios aportaron y pagaron de la siguiente forma: /a/ INVERSIONES LAS VEGAS SpA, aportó la cantidad de $406.400, equivalente al 40,64% del capital social de la Sociedad; /b/ INVERSIONES SANTA CRISTINA LIMITADA, aportó la cantidad de $271.200, equivalente al 27,12% del capital social de la Sociedad; c) INVERSIONES SAN ANTONIO LIMITADA, aportó la cantidad de $212.800, equivalente al 21,28% del capital social de la Sociedad; d) INVERSIONES SANTA MÓNICA LIMITADA, aportó la cantidad de $84.800, equivalente al 8,48% del capital social de la Sociedad; /e/ SOCIEDAD DE ASESORIAS FINANCIERAS, ADMINISTRATIVAS, DE INVERSIONES Y ARQUITECTURA MB LIMITADA, aportó la cantidad de $20.000, equivalente al 2% del capital social de la Sociedad; y /f/ INVERSIONES DOMONT LIMITADA, aportó la cantidad de $4.800, equivalente al 0,48% del capital social de la Sociedad. Objeto: La sociedad tendrá por objeto, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero: /a/ invertir con el propósito de obtener rentas de toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales y la explotación a cualquier título de dichos bienes y la percepción de los frutos y productos que de ellos provengan. Queda expresamente comprendido el arrendamiento, subarrendamiento, usufructo o cualquier otra forma de cesión del uso o goce temporal de bienes corporales muebles o inmuebles, se encuentren o no amoblados, inmuebles con instalaciones o maquinarias que permitan el ejercicio de alguna actividad comercial o industrial y de todo tipo de establecimientos de comercio; /b/ la prestación de asesorías relacionadas con el área inmobiliaria; c) la compraventa, arriendo y explotación de inmuebles en general, por cuenta propia o ajena; y d) toda otra actividad relacionada en forma directa o indirecta con el objeto indicado que los socios acuerden. Duración: 10 años contados desde la escritura extractada, renovable tácita, automática y sucesivamente por periodos iguales, salvo que alguno de los socios comunique a los demás socios su decisión de ponerle término con a lo menos 6 meses de anticipación al vencimiento del plazo o de cualquiera de sus prórrogas, en la forma indicada en los estatutos sociales. Demás estipulaciones no son materia de extracto y constan en escritura extractada. Santiago, 17 de enero de 2023.