Inversiones Panqueco Limitada
Instrumento
- Fecha
- 31 de diciembre de 2022
- Repertorio
- 34391
- Notario
- Félix Jara Cadot
- Oficio
- Cuadragésima Primera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Personas y entidades (3)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Rentas e Inversiones Las Puntas Limitada | socio | 76061813-6 | — | — | |
| Inversiones Fagasi S.A | socio | 76409931-1 | — | — | |
| Inversiones Panqueco Limitada | socio | 77861410-3 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFélix Jara Cadot, Notario Público de la Cuadragésima Primera Notaría de Santiago, domiciliado Huérfanos 1160, subsuelo, comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifico: A) Que por escritura 31 diciembre 2022, repertorio 34.391, ante mí, Rentas e Inversiones Las Puntas Limitada, RUT 76.061.813-6; e Inversiones Fagasi S.A., RUT 76.409.931-1; todos con domicilio en Santiago, Avenida El Golf 99, oficina 801, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, República de Chile, expusieron: Que por escritura otorgada 16 diciembre 2002 en Notaría Santiago Félix Jara Cadot, se constituyó sociedad hoy denominada Inversiones Panqueco Limitada, RUT 77.861.410-3, en adelante también “LA ABSORBIDA”. Un extracto escritura recién dicha se inscribió fojas 34.541 número 27.856 en Registro Comercio Santiago año 2002. Sociedad ha sido varias veces modificada siendo última estas modificaciones la que consta escritura 11 junio 2015 Notaría Santiago de Félix Jara Cadot. Por escritura que extracto Inversiones Fagasi S.A. y Rentas e Inversiones Las Puntas Limitada, acordaron modificar sociedad como extracto a continuación: Rentas e Inversiones Las Puntas Limitada, vende, cede y transfiere a Inversiones Fagasi S.A. en adelante también LA ABSORBENTE, quien compra, acepta y adquiere totalidad derechos de socio que a Inversiones Las Puntas Limitada corresponden en Inversiones Panqueco Limitada, en precio indicado escritura que extracto, pagado contado y dinero efectivo. Con motivo venta, sesión y transferencia recién dicha, capital de Inversiones Panqueco Limitada queda en 100% en manos de Inversiones Fagasi S.A., quedando LA ABSORBIDA disuelta en consideración a la falta un requisito esencial para que contrato social subsista, esto es la existencia de dos o más socios en sociedad, todo esto conforme lo establecido en artículo 2.053 Código Civil, no siendo necesario la liquidación de LA ABSORBIDA, quedando esta última fusionada en fusión impropia con Inversiones Fagasi S.A., absorbiendo esta última a la recién señalada Inversiones Panqueco Limitada, pasando Inversiones Fagasi S.A. a ser la sucesora y continuadora legal de Inversiones Panqueco Limitada, pasando todos sus activos, pasivos, patrimonio, permisos, autorizaciones y derechos de cualquier naturaleza que sean, a serlo de LA ABSORBENTE, esto es de Inversiones Fagasi S.A., declarando su representante compareciente, en el carácter en que comparece, que su representada se constituya solidariamente responsable de pagar todos los impuestos que adeudare o pudiere llegar a adeudar Inversiones Panqueco Limitada, declaración esta que formula y obligación que contrae para los efectos de lo establecido en artículo 69, inciso cuarto, del Código Tributario. B) Demás cláusulas, constan escritura que extracto. Santiago, enero 6 de 2023.