COMERCIALIZADORA EL CEIBO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 1 de diciembre de 2022
- Repertorio
- 17886-2022
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.189.939.827 CLP
- Duración
- Indefinida
Administración
La administración y representación de la sociedad, y el uso de la razón social corresponderá a cualquiera de los socios GIGLIA FABIOLA PATRICIA LANCELLOTTI GONZÁLEZ y RAIMUNDO JAVIER PEÑAFIEL SALAS quienes conjunta o indistintamente y anteponiendo a sus nombres y firmas de la razón social, representarán a la sociedad con las más amplias facultades. d
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA PILAR GUTIÉRREZ RIVERA, Notario Titular de la 18° Notaria de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N°669, piso 8, certifica: Por escritura pública de fecha 01 de diciembre del año 2022, Repertorio Nº17886-2022, ante mí, GIGLIA FABIOLA PATRICIA LANCELLOTTI GONZÁLEZ, RAIMUNDO JAVIER PEÑAFIEL SALAS, y la SOCIEDAD INMOBILIARIA Y DE INVERSIONES RÍO LIMARÍ LIMITADA, debidamente representada por RAIMUNDO JAVIER PEÑAFIEL SALAS, todos domiciliados en Calle Vicuña Mackenna número ochocientos ochenta y cinco de Ovalle, en su calidad de únicos y actuales socios de CONSTRUCTORA RÍO LIMARÍ LIMITADA inscrita a fojas 153 número 54 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Ovalle correspondiente al año 1973 , la modificaron en el siguiente sentido: 1) Acordaron dividir CONSTRUCTORA RÍO LIMARÍ LIMITADA, con efecto a contar fecha escritura extractada, en dos sociedades, una nueva sociedad cuya razón social será COMERCIALIZADORA EL CEIBO LIMITADA y la segunda será CONSTRUCTORA RÍO LIMARÍ LIMITADA , la que subsiste como continuadora legal. 2) Se aprobó el estatuto de COMERCIALIZADORA EL CEIBO LIMITADA, el cual se extracta a continuación: a. Socios: i. GIGLIA FABIOLA PATRICIA LANCELLOTTI GONZÁLEZ; ii. RAIMUNDO JAVIER PEÑAFIEL SALAS; iii. SOCIEDAD INMOBILIARIA Y DE INVERSIONES RÍO LIMARÍ LIMITADA. b. Razón Social: COMERCIALIZADORA EL CEIBO LIMITADA. c. Administración: La administración y representación de la sociedad, y el uso de la razón social corresponderá a cualquiera de los socios GIGLIA FABIOLA PATRICIA LANCELLOTTI GONZÁLEZ y RAIMUNDO JAVIER PEÑAFIEL SALAS quienes conjunta o indistintamente y anteponiendo a sus nombres y firmas de la razón social, representarán a la sociedad con las más amplias facultades. d. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $1.189.939.827, íntegramente suscrito y pagado de la siguiente forma: Doña GIGLIA FABIOLA PATRICIA LANCELLOTTI GONZÁLEZ aporta la cantidad de cuatro millones ciento ochenta y cinco mil novecientos cincuenta y cuatro pesos, correspondiente al cero coma trescientos cincuenta y dos por ciento de los derechos sociales, con cargo al capital que le correspondía en la sociedad CONSTRUCTORA RÍO LIMARÍ LIMITADA; Don RAIMUNDO JAVIER PEÑAFIEL SALAS aporta la cantidad de setenta y nueve millones quinientos treinta y tres mil ciento dieciséis pesos, correspondiente al seis coma seiscientos ochenta y cuatro por ciento de los derechos sociales, con cargo al capital que le correspondía en la sociedad CONSTRUCTORA RÍO LIMARÍ LIMITADA; y la SOCIEDAD INMOBILIARIA Y DE INVERSIONES RÍO LIMARÍ LIMITADA aporta la cantidad de mil ciento seis millones doscientos veinte mil setecientos cincuenta y siete pesos, correspondiente al noventa y dos coma novecientos sesenta y cuatro por ciento de los derechos sociales, con cargo al capital que le correspondía en la sociedad CONSTRUCTORA RÍO LIMARÍ LIMITADA. Objeto I) La venta al por mayor y al por menor de materiales de construcción, artículos de ferretería, gasfitería, muebles, calefacción, residuos, desechos, madera, metales, y toda clase de productos de construcción; II) El Alquiler de todo tipo de maquinarias, herramientas, equipos, vehículos y otros; III) Actividades de venta al por menor en comercios no especializados; y IV) En general, toda actividad que se relacione directa o indirectamente con las actividades mencionadas anteriormente que los socios acuerden realizar. f) Duración: La sociedad se constituye a partir de la fecha de la escritura extractada y tiene duración indefinida. Demás estipulaciones en escritura extractada.- M. P. Gutierrez Rivera. Notario Titular.- Santiago, 11 de Enero de 2023.