MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

BROOKFIELD INVERSIONES CHILE LIMITADA

RUT 76060273-6 CVE 2259142
Fecha instrumento
1 de diciembre de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
1 de diciembre de 2022
Notario
FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL
Oficio
2ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Administración

La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente al socio BROOKFIELD INFRASTRUCTURE GROUP LIMITED, quien la ejercerá a través de uno o más apoderados designados y removidos por medio de escritura pública, quienes anteponiendo a su nombre la razón social, obligarán y representarán válidamente a la sociedad, en toda clase de actos y contratos que fueren necesarios para el cumplimiento de los fines sociales. (…)”. En todo lo no modificado expresamente por la escritura extractada se mantienen plenamente vigentes los estatutos de la Sociedad, en especial la limitación de la

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Notario Público Titular de la 2ª Notaría de Santiago, con domicilio en Alcántara N°107, comuna de Las Condes, Santiago, certifico: que por escritura pública de fecha 1 de diciembre de 2022, ante mí, Brookfield Infrastructure Group Limited /“Brookfield Infrastructure”/ y Brookfield Asset Management Inc. /“BAM Inc.”/ (en su calidad de continuadora legal de BAM Infrastructure Group L.P. y de BIG Holdings L.P.), ambas domiciliadas para estos efectos en Miraflores 222, piso 28, comuna y ciudad de Santiago, en su calidad de únicos y actuales socios de BROOKFIELD INVERSIONES CHILE LIMITADA /la “Sociedad”/, acordaron modificar los estatutos de la Sociedad en el siguiente sentido: /a/ Modificar el capital de la Sociedad para dejar constancia de que, por medio de instrumentos privados otorgados en el extranjero en idioma inglés: i) BAM Infrastructure Group L.P. cedió y transfirió derechos sociales que representan el 1% del capital de la Sociedad, a Brookfield Infrastructure, quien con motivo de lo anterior ingresó a la Sociedad como socio; y ii) las sociedades BAM Infrastructure Group L.P. y BIG Holdings L.P. se disolvieron, sin liquidación, por la reunión de sus derechos sociales en un solo socio en virtud de ciertos traspasos efectuados por sus dueños en el extranjero, transfiriéndose, consecuencialmente, el patrimonio de ambas compañías, incluyendo la participación en la Sociedad, a BAM Inc., quien ingresó a la Sociedad como socio. Con motivo de lo anterior, Brookfield Infrastructure y BAM Inc. pasaron a ser titulares de los derechos sociales de la Sociedad que eran originalmente de propiedad de BAM Infrastructure Group L.P. y BIG Holdings L.P. /b/ Como consecuencia de lo anterior, se modificó el artículo Sexto de los estatutos sociales con el objeto de reflejar el ingreso de Brookfield Infrastructure y BAM Inc. como socios de la Sociedad y las modificaciones en las participaciones sociales de acuerdo a lo indicado en la letra /a/ anterior, quedando el texto definitivo de la siguiente manera: “ARTÍCULO SEXTO: CAPITAL. El capital de la sociedad asciende a la cantidad de mil cuatrocientos setenta y cuatro millones setenta y cinco mil doscientos noventa y seis pesos, íntegramente pagado, que los socios han aportado y enterado en la siguiente manera: a) BROOKFIELD INFRASTRUCTURE GROUP LIMITED, la suma de catorce millones setecientos cuarenta mil setecientos cincuenta y tres pesos, equivalente aproximadamente al uno por ciento del capital social; y b) BROOKFIELD ASSET MANAGEMENT INC. aporta la suma de mil cuatrocientos cincuenta y nueve millones trescientos treinta y cuatro mil quinientos cuarenta y tres pesos, equivalente aproximadamente al noventa y nueve por ciento del capital social.” c) Modificar la primera parte del artículo Quinto de los estatutos sociales referido a la administración social para dejar constancia que la administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá al socio Brookfield Infrastructure Group Limited, de la siguiente manera: “ARTÍCULO QUINTO: ADMINISTRACIÓN. La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente al socio BROOKFIELD INFRASTRUCTURE GROUP LIMITED, quien la ejercerá a través de uno o más apoderados designados y removidos por medio de escritura pública, quienes anteponiendo a su nombre la razón social, obligarán y representarán válidamente a la sociedad, en toda clase de actos y contratos que fueren necesarios para el cumplimiento de los fines sociales. (…)”. En todo lo no modificado expresamente por la escritura extractada se mantienen plenamente vigentes los estatutos de la Sociedad, en especial la limitación de la responsabilidad de los socios al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 16 de enero de 2023. Francisco Javier Leiva Carvajal. Notario Público.