ASESORÍA E INVERSIONES SANTA EUGENIA Y COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 29 de diciembre de 2022
- Notario
- MARIA VIRGINIA WIELANT COVARRUBIAS
- Oficio
- Titular de la Quinta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA VIRGINIA WIELANT COVARRUBIAS, Notario Público Suplente del Titular de la Quinta Notaría de Santiago, don Patricio Raby Benavente, ambos domiciliados en Gertrudis Echenique 30, oficina 32, Las Condes, certifico: que por escritura pública de fecha 29 de diciembre de 2022, ante mí, ENRIQUE ANTONIO JUAN BENÍTEZ URRUTIA, cédula de identidad N° 7.011.693-6, domiciliado en Avenida Apoquindo 3885, piso 18, comuna de Las Condes, MARÍA TERESA BRAUN LLONA, cédula de identidad N° 7.221.098-0 y MARÍA DE LOS ÁNGELES CUEVAS BRAUN, cédula de identidad N° 19.636.092-1, ambas domiciliadas en calle María Olavarrieta 11.937, comuna de Lo Barnechea; modificaron la sociedad ASESORÍA E INVERSIONES SANTA EUGENIA Y COMPAÑÍA LIMITADA. Mediante dicha escritura, la socia María de los Ángeles Cuevas Braun vendió, cedió y transfirió el 16% de los derechos sociales, de su propiedad, a don Enrique Antonio Juan Benítez Urrutia, y un 17% de los derechos sociales, de su propiedad, a doña María Teresa Braun Llona. Como consecuencia de dicha cesión de derechos, se modifica el Estatuto Social de la siguiente forma: I) Se modifica el artículo cuarto permanente del Estatuto Social referido al capital social, reemplazándolo por el siguiente nuevo artículo: “ARTÍCULO CUARTO: El capital social es la suma de un millón de pesos chilenos, íntegramente pagados, y que los socios aportan de acuerdo a lo siguiente: a) Don ENRIQUE ANTONIO JUNA BENÍTEZ URRUTIA, la suma de quinientos mil pesos chilenos, que se ingresan en este acto a la caja social; y b) Doña MARÍA TERESA BRAUN LLONA, la suma de quinientos mil pesos chilenos, que se ingresan en este acto a la caja social.”; y II) Se modifica el artículo octavo permanente del Estatuto Social reemplazándolo por el siguiente nuevo artículo: “ARTÍCULO OCTAVO: Las utilidades se distribuirán y las pérdidas se soportarán por los socios en la forma que de común acuerdo determinen y a falta de acuerdo, corresponderá al socio Enrique Antonio Juan Benítez Urrutia el cincuenta por ciento, y a la socia María Teresa Braun Llona el cincuenta por ciento”. En todo lo no modificado por dicho instrumento, se mantiene plenamente vigente el pacto social. Las demás estipulaciones constan en la escritura pública extractada. Santiago, 5 de enero de 2023. M. V. Wielandt C. N. S.