MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ARQUITECTURA, ASESORÍAS E INMOBILIARIA SECURED BY DESIGN CHILE LIMITADA

RUT 76268133-1 CVE 2259773
Fecha instrumento
28 de diciembre de 2022
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
28 de diciembre de 2022
Repertorio
42548-2022
Comuna
Santiago

Sociedad

Duración
El plazo de duración de la Sociedad será hasta el día treinta y uno de diciembre del año dos mil veintiocho, plazo que se entenderá prorrogado tácita, automática y sucesivamente por nuevos períodos de tres años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifieste su intención de poner término a la sociedad a la expiración de cualquiera de esos períodos, manifestación que deberá constar por escritura pública anotada al margen de la inscripción social con una anticipación no inferior a seis meses al término del período correspondiente

Objeto social

El objeto de la Sociedad será la prestación de todo tipo de servicios y asesorías profesionales en el área de la arquitectura, ingeniería en construcción, diseño, y cualesquiera otros servicios profesionales relacionados, directa o indirectamente, a la arquitectura; La sociedad podrá realizar inversiones ocasionales tomando depósitos a plazo, fondos mutuos u otros instrumentos de corto plazo, siempre cumpliendo con las condiciones establecidas para las sociedades profesionales por la circular número cincuenta del año dos mil veintidós del Servicio de Impuestos Internos

Administración

La administración y representación de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderán a don Allan Edwin Clark Sommer, quien, anteponiendo su firma a la razón social, la representará y administrará con las más amplias facultades de administración y disposición

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MAURICIO REINOSO CIFUENTES, Abogado, Notario Suplente, del Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, de don JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, según Decreto Judicial que se protocoliza en esta Notaría, con oficio en calle Huérfanos número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 28 de diciembre de 2022, bajo el Repertorio N°42.548-2022 comparecieron: /A/ don ALLAN EDWIN CLARK SOMMER, cédula nacional de identidad N°13.766.693-0; y /B/ don DENNIS GEORGE CLARK REYES, cédula de identidad N°4.515.965-5, ambos domiciliados en calle Colina Miravalle 9650, comuna de Las Condes, Región Metropolitana. Los comparecientes, en sus calidades de únicos accionistas de la sociedad “ARQUITECTURA, ASESORÍAS E INMOBILIARIA SECURED BY DESIGN CHILE SpA” (en adelante la “Sociedad”), cuya constitución como “ARQUITECTURA, ASESORÍAS E INMOBILIARIA SECURED BY DESIGN CHILE LIMITADA” se encuentra inscrita a fojas 39.168 número 26.208 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2013 y de acuerdo con el registro de accionistas tenido a la vista, acordaron:1) Modificar, producto de una compraventa de acciones celebrada entre los comparecientes, el artículo Primero Transitorio de la Sociedad por el siguiente: “Artículo Primero Transitorio: El capital social de dos millones de pesos, dividido en dos mil acciones nominativas, ordinarias y sin valor nominal, a que se refiere el artículo quinto de estos estatutos, ha quedado íntegramente suscrito y pagado por lo accionistas, con anterioridad a este acto y en la proporción y valores que se indican a continuación: a) ALLAN EDWIN CLARK SOMMER, titular de mil novecientas ochenta acciones, por un valor total de un millón novecientos ochenta mil pesos, íntegramente suscritas y pagadas; y b) DENNIS GEORGE SOMMER REYES, titular de veinte acciones, por un valor total de veinte mil pesos, íntegramente suscritas y pagadas. En consecuencia, queda íntegramente suscrito y pagado el capital social”. 2) Transformar, con posterioridad, la Sociedad, pasando de una sociedad por acciones a una sociedad de responsabilidad limitada denominada “ARQUITECTURA, ASESORÍAS E INMOBILIARIA SECURED BY DESIGN CHILE LIMITADA”, que se regirá por los estatutos que se extractan a continuación: Razón Social ARQUITECTURA, ASESORÍAS E INMOBILIARIA SECURED BY DESIGN CHILE LIMITADA. Administración: La administración y representación de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderán a don Allan Edwin Clark Sommer, quien, anteponiendo su firma a la razón social, la representará y administrará con las más amplias facultades de administración y disposición. Capital: El capital social asciende a la suma de dos millones de pesos, el cual se aporta de la siguiente manera: /A/ don Allan Edwin Clark Sommer, aporta la suma de un millón novecientos ochenta mil pesos, la cual ha sido pagada en dinero efectivo y con anterioridad a este acto y que equivale al noventa y nueve por ciento de los derechos sociales; y /B/ don Dennis George Clark Reyes, aporta la suma de veinte mil pesos, la cual ha sido pagada en dinero efectivo y con anterioridad a este acto y que equivale al uno por ciento de los derechos sociales. Objeto: El objeto de la Sociedad será la prestación de todo tipo de servicios y asesorías profesionales en el área de la arquitectura, ingeniería en construcción, diseño, y cualesquiera otros servicios profesionales relacionados, directa o indirectamente, a la arquitectura; La sociedad podrá realizar inversiones ocasionales tomando depósitos a plazo, fondos mutuos u otros instrumentos de corto plazo, siempre cumpliendo con las condiciones establecidas para las sociedades profesionales por la circular número cincuenta del año dos mil veintidós del Servicio de Impuestos Internos. Duración: El plazo de duración de la Sociedad será hasta el día treinta y uno de diciembre del año dos mil veintiocho, plazo que se entenderá prorrogado tácita, automática y sucesivamente por nuevos períodos de tres años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifieste su intención de poner término a la sociedad a la expiración de cualquiera de esos períodos, manifestación que deberá constar por escritura pública anotada al margen de la inscripción social con una anticipación no inferior a seis meses al término del período correspondiente. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 23 de enero de 2023.