MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

TLB CHILE SpA

RUT 77438002-7 CVE 2258116
Capital
$20.000 CLP
Fecha instrumento
28 de diciembre de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
28 de diciembre de 2022
Notario
MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
Oficio
38º Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$20.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular, 38º Notaria de Santiago, Miraflores 178, piso 5, certifico: Por escritura de fecha 28 de diciembre de 2022 ante mí fue reducida a escritura pública el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad TLB CHILE SpA, inscrita a fojas 53.852 Número 24.937 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2021, celebrada también ante mí con fecha 19 de diciembre del presente año, en virtud de la cual los únicos y actuales accionistas de la sociedad, esto es EDITORIAL TIRANT LO BLANCH SL y PROA FORMACIÓN SL, acordaron entre otras materias, aumentar el capital social que actualmente asciende a la suma de $20.000.000 dividido en 1.000 acciones, acciones ordinarias, todas de una misma serie y sin valor nominal, a la suma de $361.700.000, dividido en 18.085 acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal, mediante un aumento de $341.700.000 y la emisión de 17.085 acciones ordinarias de pago, las que quedaron íntegramente suscritas y pagadas en el mismo acto, modificando al efecto el Artículo Quinto de sus estatutos, y reemplazando el mismo íntegramente por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: el capital social asciende a la cantidad de trescientos sesenta y un millones setecientos mil pesos, dividido en dieciocho mil ochenta y cinco acciones ordinarias, nominativas, todas de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado. el capital social podrá ser aumentado o disminuido por acuerdo de la junta de accionistas de conformidad a lo prescrito en los estatutos sociales. El plazo para enterar los aumentos de capital será de cinco años contados desde la fecha del acuerdo respectivo. En el caso de aumentos de capital mediante la emisión de acciones de pago, no será necesario hacer oferta preferente de dichas acciones.” Las demás estipulaciones constan en escritura extractada. - Santiago, 12 de enero del 2023.