CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SUSHI SUN LIMITADA

CVE 2258537
Capital
$5.500.000 CLP
Fecha instrumento
20 de enero de 2023
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
20 de enero de 2023
Notario
ISMENIA CATALINA BRAVO AEDO
Domicilio
Temuco

Sociedad

Capital
$5.500.000 CLP
Domicilio
será pasaje Los Arrayanes numero cero ochenta y cuatro, comuna de Cunco, región de La Araucanía
Duración
será a contar de fecha escritura y se disolverá con la muerte de algún

Objeto social

La VENTA Y PREPARACIÓN DE ALIMENTOS. La sociedad podrá desarrollar y explotar comercialmente las actividades que complementan el giro principal de la sociedad, incluida la venta minorista de insumos alimenticios

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ISMENIA CATALINA BRAVO AEDO, Notario Público de Temuco, con oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, Suplente del titular don JORGE ELIAS TADRES HALES, certifico: Que por escritura pública otorgada ante el Notario titular don JORGE ELIAS TADRES HALES, de fecha trece de Enero de dos mil veintitrés, ante mí, MARIA TERESA ESPINOZA CASTRO, de nacionalidad Chilena, Soltera, Psicopedagoga, cedula de identidad numero diecinueve millones ochocientos nueve mil ochocientos cincuenta y seis guion seis, domiciliada en Pasaje Los Arrayanes numero cero ochenta y cuatro, comuna de Cunco, y don HUGO OMAR CORONADO ACUÑA, de nacionalidad Chilena, Soltero, Enfermero Militar, cedula nacional de identidad numero diecisiete millones quinientos cuarenta seis mil ochocientos dos guion uno, domiciliado en Pasaje Los Arrayanes numero cero ochenta y cuatro, comuna de Cunco. Constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada. RAZON SOCIAL: es "SUSHI SUN LIMITADA", pudiendo funcionar y actuar, inclusive ante Bancos y Entidades Financieras con el nombre de fantasía de “SUSHI SUN LTDA”. ADMINISTRACION, REPRESENTACION Y USO RAZON SOCIAL: corresponderá a doña MARIA TERESA ESPINOZA CASTRO.- CAPITAL: es la cantidad de $5.500.000.- que los socios se obligan a aportar y pagar en las proporciones y de la forma siguiente: A) HUGO OMAR CORONADO ACUÑA se obliga a enterar el equivalente al cincuenta por ciento del capital social, mediante el aporte de un Carro de arrastre “food truck”, placa patente “YAR setecientos cincuenta y nueve”, marca: One Food Truck, modelo tres coma quince x dos, hexágono, color negro, año dos mil, valorado en dos millones setecientos cincuenta mil pesos, que se entera en acto escritura/ B) MARIA TERESA ESPINOZA CASTRO se obliga a enterar los bienes ahora individualizados; una Freidora “Maigas” doble, doce litros, número de serie dos uno cero tres dos ocho uno cero dos, valorada en ciento cuarenta mil pesos chilenos, una Vitrina salsera sobremesa “Bozzo”, seis depósitos, valorada en quinientos setenta mil pesos chilenos, un Congelador vertical ”NEX”, ciento sesenta litros, número de serie dos uno cero cuatro cero uno tres siete, valorado en doscientos treinta mil pesos chilenos, un Visicooler “Maigas”, doscientos sesenta y ocho litros, número de serie MEG dos cero uno uno uno cero, valorada en cuatrocientos treinta mil pesos chilenos, un millón trescientos ochenta mil pesos chilenos, los cuales se entera en acto escritura. OBJETO: La VENTA Y PREPARACIÓN DE ALIMENTOS. La sociedad podrá desarrollar y explotar comercialmente las actividades que complementan el giro principal de la sociedad, incluida la venta minorista de insumos alimenticios. DURACION: será a contar de fecha escritura y se disolverá con la muerte de algún socio. DOMICILIO: será pasaje Los Arrayanes numero cero ochenta y cuatro, comuna de Cunco, región de La Araucanía, sin perjuicio de que pueda establecer sucursales o establecimientos transitorios en el resto del país. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 20 de Enero de 2023.-