DISOLUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDADCOMERCIAL ARATUS LIMITADA

RUT 79760950-1 CVE 2258305
Fecha instrumento
26 de diciembre de 2022
Notaría
Santiago de don Enrique Morgan Torres

Instrumento

Fecha
26 de diciembre de 2022
Notario
CRISTIAN ANDRÉS GARCÍA MECHSNER
Oficio
Segunda Notaría de Quintero-Puchuncaví
Comuna
Santiago de don Enrique Morgan Torres

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CRISTIAN ANDRÉS GARCÍA MECHSNER, Abogado, Notario público de la Segunda Notaría de Quintero-Puchuncaví, con asiento en la comuna de Puchuncaví, con oficio en Santiago Torres número ciento setenta y uno, local tres certifico: Que por escritura de fecha 26 de diciembre de 2022, ante mí, don HUGO EDUARDO VARGAS ANGUITA, Rut 8.086.080-3, domiciliado para estos efectos en calle Don Carlos número 2.939, oficina 407, comuna de Las Condes, Región Metropolitana y doña HEIDY DETTWILER ARGANDOÑA, Rut 7.108.926-6, domiciliada para estos efectos en Lo Muñoz sin número Quilimarí, comuna de Los Vilos, Región de Coquimbo, como únicos y actuales socios de la “SOCIEDADCOMERCIAL ARATUS LIMITADA”, RUT Nº 79.760.950-1, constituida por escritura pública de fecha 06 de noviembre de 1987, Notaría de Santiago de don Enrique Morgan Torres, extracto inscrito a Fojas 23.582, número 13.640 del Registro de Comercio correspondiente al año 1987 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, declaran: A) DISOLUCIÓN: Don HUGO EDUARDO VARGAS ANGUITA y doña HEIDY DETTWILER ARGANDOÑA como únicos socios de la sociedad de común acuerdo y conforme a lo previsto en el artículo 2107 del Código Civil y a lo dispuesto en los Estatutos de la sociedad dan cuenta de la disolución de la Sociedad con el certificado de Término de Giro con fecha 31 de diciembre de 2020. B) LIQUIDACIÓN: Los comuneros manifiestan en este acto que es su voluntad liquidar de común acuerdo los bienes de la sociedad, expresando que no existen cuestiones previas que resolver y estando de acuerdo en la forma de hacer la liquidación, de acuerdo a los antecedentes de escritura extractada, todo ello de conformidad a lo dispuesto en el artículo 1.325 del Código Civil. C) ADJUDICACIONES: Los únicos socios enteran las hijuelas de la siguiente forma: I) Hijuela de doña HEIDY DETTWILER ARGANDOÑA se entera adjudicándole el 80% del inmueble inscrito a Fojas 152 número 196 del Registro de Propiedad del año 2004 del Conservador de Bienes Raíces de Los Vilos. Se le adjudica además el usufructo del referido inmueble, sólo hasta la fecha que se materialice la venta del inmueble. II) Hijuela de don HUGO EDUARDO VARGAS ANGUITA se entera adjudicándole: a) El 20% del inmueble inscrito a Fojas 152 número 196 del Registro de Propiedad del año 2004 del Conservador de Bienes Raíces de Los Vilos b) La camioneta marca TOYOTA año 2018 modelo HILUX SRV motor 1GD0313905 placa patente JXFF-73. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Puchuncaví, 30 de diciembre de 2022.